ADSCRIPCIÓN ALUMNADO 6º CEIP RASPEIG A IES SAN VICENTE

Resolución admisión 2025/26

Calendario de admisión

Carta familias

Ayuda secretaria digital

Vídeo tutorial

1. El alumnado procedente de un centro adscrito, para hacer efectivo el derecho de continuidad en el centro al que figura adscrito (IES SAN VICENTE), deberá formalizar la confirmación de plaza escolar a través de sus representantes legales de forma telemática a través de la «Secretaría Digital», a la que se accederá desde la página web de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo, habilitada para la admisión del alumnado. La confirmación de plaza escolar se realizará desde el módulo de «Encuestas y Consultas», en el plazo establecido en los anexos de esta resolución.

ENLACE PARA CONFIRMAR PLAZA (20 A 27 DE MARZO)

2. Para poder realizar la confirmación será necesario obtener la «clave de acceso» desde la «Secretaría Digital», previa verificación de la identidad del solicitante. La clave de acceso estará compuesta por un identificador personal y una contraseña que deberá ser conservada para presentar reclamación, si fuera necesario. 

4. Una vez acabado el plazo de confirmación de plaza escolar y de acuerdo con los plazos establecidos en los anexos I, II y VII de esta resolución, los centros que están adscritos a otro publicarán en el tablón de anuncios las listas provisionales de alumnado adscrito y no adscrito con la finalidad de que los interesados puedan realizar alegaciones si lo estiman oportuno. Una vez resueltas éstas, se publicarán las listas definitivas. 

5. La confirmación de plaza escolar implica la imposibilidad de participar en el procedimiento de admisión. La participación en los dos procedimientos se considerará duplicidad, tal como se establece en el artículo 41 de la Orden 8/2024. 

CONSULTA ELECCIÓN LENGUA BASE

LEY 1, 2024, de 27 junio, de la Generalitat, por la que se regula la libertad educativa.

Orden 2/2025, de 7 de febrero, de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo, por la que se regula y convoca el procedimiento de consulta a los representantes legales del alumnado para elegir la lengua bases aplicable a partir del curso escolar 2025-2026.

Manual de ayuda para las familias.

Desde el día 25 de febrero de 2025, a las 9:00 horas, hasta el día 4 de marzo de 2025, a las 14:00 horas, Vd. podrá participar en la consulta para elegir la lengua base, valenciano o castellano, para cada uno de sus hijos/as matriculados en el centro. Será suficiente con que vote un representante legal por cada hijo/a. La lengua base será la lengua que tendrá un mayor peso y una mayor presencia en la enseñanza, y en su caso, la que se utilizará para que el alumnado aprenda a leer y escribir.
Para poder participar en la consulta, se adjunta con esta hoja informativa, copia de la ficha de los datos de su hijo/a. Por favor, compruebe que los datos son correctos. Si hay algún error, deberá ponerse en contacto con el centro educativo para la modificación de dichos datos.


Para votar, deberá acceder a la web de la Secretaría Digital: https://consulta.gva.es

Una vez acceda, deberá seleccionar a su hijo/a, e introducir el Número de Identificación del Alumnado (NIA), que podrá encontrar en la ficha de los datos de su hijo/a. En caso de no participar en la consulta, el centro en virtud de su autonomía asignará al alumno/a una u otra lengua base según el resultado obtenido.


Resumen del calendario:
Publicación del censo provisional. 17/02/2025
Reclamaciones al censo provisional. Hasta el 21/02/2025
Publicación del censo definitivo. Hasta el 24/02/2025
Participación en la consulta. Desde las 9 horas del 25/02/2025 hasta las 14 horas del 04/03/2025

ELECCIONES A CONSEJO ESCOLAR

 

 

El próximo 23 de noviembre se celebrarán las elecciones correspondientes a la renovación parcial del Consejo Escolar del colegio. 

Recordad que para poder votar debéis figurar inscritos en el CENSO de representantes legales del alumnado expuesto en el tablón de anuncios del porche delantero, el cual podéis reclamar en caso de error o que no figuréis en el mismo, comunicándolo a Secretaría para corregirlo. 

Si deseáis presentar la CANTIDATURA, deberéis rellenar la solicitud, publicada en nuestra página web  https://portal.edu.gva.es/ceipraspeig/ )  o recogerla en Conserjería. 

El plazo de presentación de las mismas será hasta el 7 de noviembre acompañada de DNI o NIE

El voto será directo, secreto y no delegable. Los electores acreditarán su identidad mediante DNI, NIE, pasaporte… 

Se podrá votar por correo. Los sobres se remitirán a la mesa electoral por correo o depositados en Secretaría, firmados en la solapa y con una fotocopia del DNI o NIE y otro sobre con el voto emitido en su interior desde el 16 de noviembre hasta las 15:30 horas del día 23 de noviembre. 

El horario de la votación presencial el día 23 de noviembre será de 8:30 a 10:30 y de 13:30 a 15:30 en la mesa electoral situada en la entrada del centro. 

Presentación y admisión de candidaturas: del 19 de octubre al 7 de noviembre. 

Publicación de la lista provisional de candidatos: el 8 de noviembre, reclamaciones a esta lista hasta el 10 de noviembre. 

Publicación de la lista definitiva: 14 de noviembre. 

ELECCIONES: 23 de noviembre 

Proclamación de candidatos el día 30 de noviembre. 

Sesión constitutiva del renovado consejo escolar el día 14 de diciembre. 

OS ANIMAMOS A PRESENTAROS Y PARTICIPAR EN ESTE PROCESO 

San Vicente del Raspeig, a 18 de octubre de 2023 

Antonio García Galvañ 

Presidente de la Junta Electoral 

Anexo Candidatura de la AMPA

Anexo Candidatura independiente de las familias

Anexo Candidatura del profesorado

ADMISIÓN CURSO 2023/24 CEIP RASPEIG

En el siguiente enlace se puede acceder al documento con los pasos a seguir en el proceso de admisión y matriculación en el CEIP Raspeig. En el número 3 se puede solicitar cita presencial para realizar la solicitud telemática.

AYUDAS DE COMEDOR ESCOLAR Y TRANSPORTE curso 2022-23

Se ha publicado en el DOGV la Resolución de 1 de junio de 2022 por la que se convoca la concesión de ayudas de comedor escolar en los centros educativos no universitarios públicos y privados concertados, para el curso escolar 2022-2023, y la Resolución de 1 de junio de 2022, por la que se convocan ayudas individuales para el servicio de transporte escolar para el curso 2022-2023.


El plazo de presentación de solicitudes y borradores (para aquellas personas que solicitaron las
ayudas en el curso 21-22) será desde el día siguiente a la publicación en el DOGV, hasta el 6 de
julio.
El horario de entrega de solicitudes nuevas o borradores será hasta el día 20 de junio de lunes a
viernes de 9 a 9:50h y de 13:00 a 14:00 h.


Confirmación de borradores:
Las familias con acceso a Web familia deberán revisar el borrador a través de esta plataforma, imprimir, firmar y entregar el borrador en el centro escolar.
Las familias que no tengan acceso a Web familia podrán pedir en el centro escolar el borrador de
solicitud, firmarlo y presentarlo.
Si los datos de algún/a alumno/a no son conformes, se procederá a señalar la circunstancia que cambia en el apartado G del borrador, presentando éste en el centro educativo junto con la documentación justificativa.


Solicitudes nuevas de comedor:
La solicitud de ayuda se realizará presentando la solicitud, y adjuntando
la documentación acreditativa que se requiere en esta convocatoria en el centro donde
estará matriculado el alumnado durante el curso 2022/2023. Las solicitudes deberán ir
acompañadas de la siguiente documentación:
•Fotocopia del DNI/NIF/NIE/Pasaporte de las personas solicitantes.
• La documentación que sea necesaria para acreditar la composición de la unidad
familiar y aquellos datos sociofamiliares que son considerados en la
convocatoria para la concesión o, en su caso, la baremación de la solicitud.
Circunstancias Familiares Especiales:
 Condición de refugiado político.
 Orfandad absoluta.
 Hijo/a de familias monoparentales. Se podrá justificar de dos formas:

  1. TIENEN TÍTULO DE FAMILIA MONOPARENTAL. Con este documento no hay que
    presentar nada más.
  2. NO TIENEN TÍTULO DE FAMILIA MONOPARENTAL.
    SEPARACIÓN O DIVORCIO. Hay que presentar tres documentos:
  • Libro de familia.
  • Sentencia judicial firme (o convenio regulador en caso de parejas de hecho).
  • Certificado de convivencia o certificado de empadronamiento colectivo.
    VIUDEDAD. Hay que presentar tres documentos:
  • Libro de familia.
  • Certificado de defunción.
  • Certificado de convivencia o certificado de empadronamiento colectivo.
    PADRE O MADRE SOLTEROS. Hay que presentar dos documentos:
  • Libro de familia.
  • Certificado de convivencia o certificado de empadronamiento colectivo.
     Padres y/o tutores desempleados sin subsidio. (La realizará de oficio la Administración, no hay que
    aportar ningún documento).
     Familia numerosa. Título de familia numerosa o la solicitud de renovación en caso de que esté
    caducado.
     Discapacidad física o psíquica de algún miembro de la unidad familiar igual o superior al 33%
     Toxicomanía. Alcoholismo o recluso en centro penitenciario. Etc.
    La documentación deberá ser el original y una copia compulsada por el personal receptor.
    Las fotocopias deberán entregarse sin recortar.
    Solicitudes nuevas de transporte:
    Habrá que justificar el domicilio de la siguiente manera:
    Si la dirección es la que aparece en los DNI/NIE de cualquiera de los solicitantes habrá que
    presentar último recibo de luz y/o agua.
    Cuando exista discrepancia habrá que presentar certificado de empadronamiento colectivo.

RESOLUCIÓN COMEDOR

RESOLUCIÓN TRANSPORTE COLECTIVO

RESOLUCIÓN TRANSPORTE AYUDAS INDIVIDUALES

ANEXO I (PARA SOLICITUDES NUEVAS)

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