Plan Director de Análisis, Anticipación y Reacción ante Catástrofes Naturales

https://planendavant.gva.es/documents/393406936/396173237/Guia_informativa_para_la_ciudadania_CAST.pdf/b19df7af-3a13-51e9-4710-476625217aea?t=1757499129360

Les hacemos llegar la versión actualizada de la Guía Ciudadana de Recomendaciones ante Catástrofes Naturales, anexa al Plan Director de Análisis, Anticipación y Reacción ante Catástrofes Naturales, impulsado por esta Vicepresidencia Segunda y Conselleria para la Recuperación Económica y Social de la Comunitat Valenciana.

Esta actualización incorpora nuevos números de teléfono y enlaces de contacto relativos a las fuentes de información oficial, así como la actualización de algunos elementos gráficos del documento, con el fin de mejorar su claridad y utilidad.

Podrán descárgala o consultarla en formato digital a través del siguiente enlace: b19df7af-3a13-51e9-4710-476625217aea
Asimismo, todo el contenido está disponible en nuestra web institucional 👉 https://recuperacio.gva.es.

ELECCIONES CONSEJO ESCOLAR

Desde el pasado día 7 de octubre se dispone en el tablón de anuncios del centro toda la información relacionada con la resolución del 30 de septiembre por la que se convocan las elecciones para la renovación o constitución de los consejos escolares de centros docentes no universitarios de la Comunitat Valenciana, sostenidos con fondos públicos, en el año 2025 (publicada en el DOGV el 3 de octubre).

15 de octubre: Elaboración de los censos. Celebración del sorteo para la elección de los miembros de la junta electoral.
Este sorteo tendrá lugar en un acto público el próximo 15 de octubre a las 14:00h en la sala de profesores, al que podrán asistir los miembros de la comunidad educativa que estén interesados.

Constitución de la junta electoral.

20 de octubre: Aprobación y publicación de los censos (plazo máximo de 3 días lectivos desde la constitución de la junta electoral).

3 de noviembre: Finaliza la admisión de candidaturas (plazo de al menos 10 días lectivos).

4 de noviembre: Publicación de la lista provisional de candidatos.

6 de noviembre: Reclamaciones a la lista provisional de candidatos (dentro de los 2 días lectivos siguientes al de la publicación del listado provisional).

10 de noviembre: Resolución de reclamaciones a la lista provisional de candidatos (dentro de los 2 días lectivos posteriores al de la interposición de la reclamación). Publicación de la lista definitiva de candidatos

11 de noviembre: Inicio de la campaña electoral (desde el día siguiente al de la publicación de la lista definitiva de candidatos).

12 de noviembre: Sorteo de los titulares y suplentes de las mesas electorales de los sectores familia y alumnado. Puesta a disposición del electorado de las papeletas (dentro de los 2 días lectivos a partir de la publicación del listado definitivo de candidatos). Inicio del voto no presencial.

17 de noviembre: Finalización de la campaña electoral.

18 de noviembre: Jornada de reflexión.

19 de noviembre: 

  • Constitución de las mesas electorales
  • Votaciones a consejo escolar
  • Escrutinio de los votos
  • Firma de actas por las mesas electorales
  • Publicación del resultado electoral

Hasta el 24 de noviembre: Reclamaciones contra las decisiones de las mesas electorales.

Hasta el 26 de noviembre: Resolución de las reclamaciones contra las decisiones de las mesas electorales. Proclamación de las candidaturas electas.

Hasta el 27 de noviembre: Remisión del acta de proclamación a la DT de Educación (al día siguiente al de la proclamación).

Hasta el 9 de diciembre: Sesión constitutiva del consejo escolar (8 días lectivos contados a partir de la fecha de proclamación).

INFORMACIÓN PARA FAMILIAS DE NUEVO INGRESO CURSO 25-26

Queridas familias del alumnado:

Comienza un nuevo curso y, en nombre de todo el equipo docente, queremos expresar un cariñoso saludo de bienvenida y nuestros mejores deseos para este año escolar que comienza. 

En las siguientes líneas proporcionamos información de interés sobre cuestiones organizativas, para facilitar la incorporación de vuestros hijos e hijas a nuestra escuela:

  • Formalización de matrícula: es imprescindible formalizar la matrícula presentando la documentación necesaria para ello antes del 2 de julio de 2025. Todos los detalles sobre este trámite se pueden consultar en el siguiente enlace: https://portal.edu.gva.es/ceipalmazara/2025/06/18/4156/
  • Inicio de las clases: el curso 2025-2026 comenzará el lunes 8 de septiembre.
  • Entrada escalonada: el alumnado de E.Infantil 3 años se incorporará al centro de forma progresiva. En la reunión se explicará con mayor detalle y se darán indicaciones a las familias. 
  • Horario de centro: durante el mes de septiembre el horario es de jornada continua: 9h. a 13h. Las puertas del centro se abrirán a las 8:55h. y se cerrarán a las 9:10h. Rogamos sean puntuales para evitar interferencias en la formación de las filas. 
  • Entradas y salidas: la entrada de los alumnos de Educación Infantil se realizará igual que el curso pasado, por la puerta del patio de infantil (a la derecha de la escalera principal del centro). Una vez allí, se accederá patios individuales de las aulas, donde estarán los tutores/as. Las salidas se realizarán de la misma forma que las entradas, debiendo recoger a sus hijos/as en los patios de las aulas. El alumnado de Educación primaria accederá al centro por la puerta principal. A la hora de la salida cada ciclo tiene asignada una zona de la escalera para el reparto del alumnado. Rogamos evitar aglomeraciones en la entrada. 
  • Recogida del alumnado: todas las familias deben cumplimentar la ficha de datos de recogida del alumnado facilitada por los tutores/as, en la que deben indicar qué personas están autorizadas para recoger a sus hijos/as. En esta ficha también se indicará si el alumno/a tiene permiso para marcharse solo/a a casa (solamente alumnado de 5º y 6º curso).
  • Atención a familias: las citas de reunión con los docentes deberán concertarse previamente y serán los martes de 13 h. a 14 h. los meses de junio y septiembre y martes de 16:00 a 17:00h. el resto del curso.  
  • Comedor escolar: durante todo el curso funcionará el servicio de comedor escolar a cargo de la empresa Eurest, S.L. El precio del menú diario es de 4,35€. Para utilizar el servicio de comedor es necesario cumplimentar la solicitud. En junio y septiembre la salida del alumnado usuario del servicio de comedor será las 15:00h. El AMPA pone a disposición de las familias una actividad extraescolar de 15:00 a 17:00h., previa inscripción. El resto del curso se puede elegir entre dos franjas horarias de salida 15:30 o 17:00h. Recomendamos que el alumnado de E.Infantil 3 años no se quede a comedor durante el mes de septiembre. 
  • Ayudas de comedor y transporte: se podrán solicitar estas ayudas durante el plazo de formalización de matrícula, pregunte en la administración del centro. 
  • Ayudas MEC NEAE: hasta el próximo día 11 de septiembre está abierto el plazo para solicitar ayuda para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo. La solicitud se cumplimentará a través del formulario accesible por internet en la https://www.becaseducacion.gob.es/becas-y-ayudas/ayudas-apoyo-educativo/como-solicitarla.html

Una vez cumplimentada se deberá entregar junto con la documentación correspondiente en la secretaría del centro, antes del 11 de septiembre. 

  • Enfermedades crónicas y alergias: solicitamos que todas aquellas familias que tengan algún hijo/a escolarizado en nuestro centro afectado por enfermedades crónicas ( asma, diabetes, epilepsia, alergia…) y que precise de atención sanitaria específica,  lo pongan en conocimiento inmediato del profesor tutor/a correspondiente con el fin de proceder a la valoración de las necesidades de dicho alumnado para la prestación de la atención sanitaria específica. En el centro se podrá disponer de medicación para aquellos alumnos que necesiten administración en caso de riesgo vital y será necesario contar con las autorizaciones pertinentes. Es responsabilidad de la familia revisar la caducidad de la medicación y reponerla, si es necesario, además de actualizar la documentación si existen cambios en la cantidad de la dosis a administrar o en la forma de proceder cuando se atienda al alumno/a.  No se administrará en el centro medicaciones temporales, pero sí se permitirá que la familia acuda para medicar al alumnado, si la toma coincide en horario escolar. 
  • Normas de convivencia: nuestras normas de organización y funcionamiento están disponibles en la web del centro para que puedan ser consultadas por toda la Comunidad educativa https://portal.edu.gva.es/ceipalmazara/wp-content/uploads/sites/922/2024/05/NORMAS-DE-FUNCIONAMIENTO_-WEB_CAST.pdf

Esperamos que el curso 2025-2026 sea un camino de buenas experiencias, vivencias e ilusiones. 

¡Bienvenidos y bienvenidas al a nuestra escuela!

DOCUMENTACIÓN PARA LA FORMALIZACIÓN DE MATRÍCULA ALUMNADO ADMITIDO CURSO 25-26

FORMALIZACIÓN DE MATRÍCULA PRESENCIAL DEL 18 DE JUNIO AL 2 DE JULIO 

HORARIO :

Lunes, miércoles y viernes 

De 9:00 a 10:30 y de 11:30h. a 13:00h.  

  • DOCUMENTACIÓN A APORTAR  

Deberá aportarse el original y la copia de los siguientes documentos para su cotejo: 

· DNI O NIE DEL PADRE Y MADRE 

. LIBRO DE FAMILIA  

· 4 FOTOS (tamaño carnet), se entregarán originales en formato físico en el centro. 

· TARJETA SANITARIA DEL ALUMNO/A 

· PETICIÓN DE BAJA ANTERIOR CENTRO (Sólo para aquellos alumnos/as matriculados anteriormente en otros centro).

 · RECIBO RECIENTE DE AGUA, LUZ, TELÉFONO O CONTRATO DE ALQUILER (en este último caso deberá acreditarse que se ha efectuado el correspondiente depósito de fianza, Mod 805 o 806, en la conselleria competente en materia de hacienda).  

· CERTIFICADO DE RESIDENCIA EMITIDO POR EL AYUNTAMIENTO (padres y alumno/a) (Sólo en el caso que el domicilio de ningún DNI coincida con el domicilio del recibo).  

· DOCUMENTO QUE ACREDITE EL DOMICILIO LABORAL DE CUALQUIERA DE LOS PADRES (Sólo en el caso de que el domicilio laboral sea considerado con los mismos efectos de baremación que el domicilio familiar).  

· AQUELLA OTRA DOCUMENTACIÓN PARA JUSTIFICAR OTRAS CIRCUNSTANCIAS:  

1. Certificado de discapacidad de alumno/a, padres o hermano emitido por la conselleria competente en materia de bienestar social o tarjeta acreditativa de la condición de persona con discapacidad o resolución por la que se reconoce una pensión de incapacidad permanente o una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente.  

2. Título oficial de familia numerosa en vigor.  

3. Título de familia monoparental expedido por la conselleria competente en materia de familia.  

  • OTRA DOCUMENTACIÓN ENTREGAR PRESENCIALMENTE EN EL CENTRO O, EN CASO DE FORMALIZACIÓN TELEMÁTICA, ADJUNTAR EN EL APARTADO «DOCUMENTACIÓN REQUERIDA POR EL CENTRO»   

Para agilizar el trámite es recomendable descargar y traer cumplimentada la siguiente documentación:

Si desea solicitar las ayudas asistenciales de comedor o transporte, consulte en el centro a la hora de formalizar la matrícula.

INFORMACIÓN SOBRE LA DETERMINACIÓN DE LA LENGUA BASE AL INICIODE LA ESCOLARIZACIÓN EN EDUCACIÓN INFANTIL


En relación cono la determinación de la lengua base al inicio de la escolarización en Educación Infantil,
dentro del proceso de admisión para lo curso 2025-2026, las familias deben tener la información
siguiente:

  1. Para determinar la lengua base en el nivel de entrada de Educación Infantil se considerarán
    todas las solicitudes de admisión presentadas en primera opción.
  2. Una vez determinada la lengua base de las unidades correspondientes al nivel de entrada
    continuará el procedimiento de admisión cono la asignación de la puntuación a cada una de
    las peticiones formuladas en cada solicitud.
  3. Hay que recordar que en cada solicitud se pueden especificar hasta 20 centros cono las
    combinaciones de lengua base, castellano o valenciano, de preferencia para cada familia.
  4. lo caso de que se desee optar en un mismo centro a las dos modalidades de lengua base,
    hará falta seleccionar 2 algarrobas el mismo centro, una para cada lengua base y según su
    prioridad.
    Todo esto en aplicación de la Ley 1/2024, de 27 de junio, de la Generalitat, miedo la que se regula la
    libertad educativa:
    El artículo 8, referencia en las localidades ubicadas en la zona de predominio lingüístico castellano
    indica:
    «Cuando exista una demanda de alumnado suficiente para constituir una unidad, cuyos
    representantes hayan elegido lo valenciano como lengua base, y no exista oferta suficiente de
    puestos escolares en dicha lengua base en el procedimiento de admisión de alumnado, la
    administración educativa adoptará las medidas oportunas para satisfacer dicha demanda.»
    Además, los puntos 4 y 5 del artículo 9, para las localidades ubicadas en la zona de predominio
    lingüístico valenciano, establecen que:
    «4. Para determinar la lengua base al inicio de la escolarización en Educación Infantil se
    considerarán las solicitudes presentadas miedo los representantes legales del alumnado durante
    cada proceso de admisión de alumnado. Para ello, se tendrán en cuenta las solicitudes
    presentadas para el primero nivel del segundo ciclo de Educación Infantil. En el supuesto de
    escuelas infantiles y colegios de Educación Infantil y Primaria que oferten también lo tercero
    curso del primero ciclo de Educación Infantil, se tendrán en cuenta también las solicitudes para
    dicho nivel. De entre las solicitudes indicadas anteriormente, se calculará el porcentaje de
    familias que opta miedo cada lengua base, valenciano o castellano, a partir de la lengua elegida
    en la primera opción consignada en cada solicitud de admisión.
  5. En base al porcentaje de familias que haya optado miedo cada lengua base, valenciano o
    castellano, se determinará para cada centro el número de unidades de Educación Infantil de 3
    años en que cada lengua cooficial será la lengua base, de acuerdo cono la tabla contenida en lo
    anexo Y de la presento ley. En el supuesto de escuelas infantiles y colegios de Educación Infantil
    y Primaria que oferten también lo tercero curso del primero ciclo de Educación Infantil, la
    determinación de la lengua base de las unidades se realizará en dicho nivel.»

INFORMACIÓN SOBRE LA DETERMINACIÓN DE LA LENGUA BASE AL INICIO
DE La ESCOLARIZACIÓN EN EDUCACIÓN INFANTIL
En relación con la determinación de la lengua base al inicio de la escolarización en Educación Infantil, dentro
del proceso de admisión para el curso 2025-2026, las familias tienen que tener la información siguiente:

  1. Para determinar la lengua base en el nivel de entrada de Educación Infantil se considerarán las
    todas solicitudes de admisión presentadas en primera opción.
  2. Una vez determinada la lengua base de las unidades correspondientes al nivel de entrada
    continuará el procedimiento de admisión con la asignación de la puntuación a cada una de las
    peticiones formuladas en cada solicitud.
  3. Hay que recordar que en cada solicitud se pueden especificar hasta 20 centros con las
    combinaciones de lengua base, castellano o valenciano, de preferencia para cada familia.
  4. En el supuesto de que se desee optar en un mismo centro a las dos modalidades de lengua base,
    hará falta de seleccionar 2 veces el mismo centro, una para cada lengua base y según la suya
    prioridad.
    Todo esto en aplicación de la Ley 1/2024, de 27 de junio, de la Generalitat, por la cual se regula la libertad
    educativa:
    El artículo 8, en referencia en las localidades ubicadas en la zona de predominio lingüístico castellano indica:
    «Cuando haya una demanda de alumnado suficiente para constituir una unidad, los representantes
    del cual hayan elegido el valenciano como lengua base, y no haya ofrecida suficiente de lugares escolares
    en esta lengua base en el procedimiento de admisión de alumnado, la administración educativa
    adoptará las medidas oportunas para satisfacer esta demanda».
    Además, los puntos 4 y 5 del artículo 9, para las localidades ubicadas en la zona de predominio lingüístico
    valenciano, establecen que:
    «4. Para determinar la lengua base al inicio de la escolarización en Educación Infantil se
    considerarán las solicitudes presentadas por los representantes legales del alumnado durante cada
    proceso de admisión de alumnado. Para lo cual, se tendrán en cuenta las solicitudes presentadas por
    al primer nivel del segundo ciclo de Educación Infantil. En el supuesto de escuelas infantiles y colegios
    de Educación Infantil y Primaria que ofrezcan también el tercer curso del primer ciclo de Educación
    Infantil, se tendrán en cuenta también las solicitudes para este nivel. De entre las solicitudes
    indicadas anteriormente, se calculará el porcentaje de familias que opta por cada lengua base,
    valenciano o castellano, a partir de la lengua elegida en la primera opción consignada en cada
    solicitud de admisión.
  5. En base al porcentaje de familias que haya optado por cada lengua base, valenciano o
    castellano, se determinará para cada centro el número de unidades de Educación Infantil de 3 años
    que cada lengua cooficial será la lengua base, de acuerdo con la mesa contenida en el anexo Y de
    la presente ley. En el supuesto de escuelas infantiles y colegios de Educación Infantil y Primaria que
    ofrezcan también el tercer curso del primer ciclo de Educación Infantil, la determinación de la
    lengua base de las unidades se realizará en este nivel.»

NORMATIVA CONSULTA LENGUA BASE

LEY 1/2024, de 27 de junio, de la Generalitat, por la que se regula la libertad educativa

ORDEN 2/2025, de 7 de febrero, de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo, por la que se regula y convoca el procedimiento de consulta a los representantes legales del alumnado para elegir la lengua base aplicable a partir del curso escolar 2025-2026, de conformidad con lo que establece la disposición transitoria segunda de la Ley 1/2024, de 27 de junio, de la Generalitat, por la que se regula la libertad educativa

RESOLUCIÓN de 12 de febrero de 2025, de la Dirección General de Ordenación Educativa y Política Lingüística, por la que se dictan instrucciones para garantizar la participación en el procedimiento de consulta a los representantes legales del alumnado, de los centros desplazados a consecuencia de la DANA, para elegir la lengua base aplicable a partir del curso escolar 2025-2026.

Llei 1/2024, de 27 de juny, de la Generalitat, per la qual es regula la llibertat educativa

ORDE 2/2025, de 7 de febrer, de la Conselleria d’Educació, Cultura, Universitats i Ocupació, per la qual es regula i convoca el procediment de consulta als representants legals de l’alumnat per a triar la llengua base aplicable a partir del curs escolar 2025-2026, de conformitat amb el que establix la disposició transitòria segona de la Llei 1/2024, de 27 de juny, de la Generalitat, per la qual es regula la llibertat educativa.

RESOLUCIÓ de 12 de febrer de 2025, de la Direcció General d’Ordenació Educativa i Política Lingüística, per la qual es dicten instruccions per a garantir la participació en el procediment de consulta als representants legals de l’alumnat, dels centres desplaçats a conseqüència de la DANA, per a triar la llengua base aplicable a partir del curs escolar 2025-2026.

CONSULTA LENGUA BASE APLICABLE A PARTIR DEL CURSO 2025-2026/ CONSULTA LLENGUA BASE APLICABLE A PARTIR DEL CURS 2025-2026

Se convoca a los representantes legales del alumnado para que participen en una consulta sobre la lengua base de enseñanza que prefieren: valenciano o castellano cumpliendo con lo establecido en la  ORDEN 2/2025, de 7 de febrero, de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo, por la que se regula y convoca el procedimiento de consulta a los representantes legales del alumnado para elegir la lengua base aplicable a partir del curso escolar 2025-2026, de conformidad con lo que establece la disposición transitoria segunda de la Ley 1/2024, de 27 de junio, de la Generalitat, por la que se regula la libertad educativa. https://dogv.gva.es/datos/2025/02/10/pdf/2025_2212_es.pdf

Vuestra participación es importante, ya que el alumnado cuyos representantes legales no hayan participado en la consulta, hayan emitido votos nulos por elegir lenguas base diferentes o hayan presentado información falsa o sin acreditar, será asignado de oficio a una lengua base por el centro.

¿Cuándo se realizará la consulta?

Desde el día 25 de febrero de 2025, a las 9:00 horas, hasta el día 4 de marzo de 2025, a las 14:00 horas, podrá participar en la consulta para elegir la lengua base, valenciano o castellano, para cada uno de sus hijos/as matriculados en el centro. Será suficiente con que vote un representante legal por cada hijo/a.

Fechas importantes:

El miércoles 12 y el viernes 14 de febrero las familias podrán acudir a la administración del centro para recoger información sobre la votación y la ficha individual de datos del alumno/a, en el siguiente horario: de 8:30 a 11:00h. y de 12:00 a 14:00h.

  • Publicación del censo provisional. 17/02/2025
  • Reclamaciones al censo provisional. Hasta el 21/02/2025
  • Publicación del censo definitivo. Hasta el 24/02/2025

¿Para qué es esta consulta?

La consulta servirá para determinar cuántas unidades por nivel tendrán como lengua base el castellano o el valenciano el próximo curso 2025-2026 y se mantendrá la elección de las familias durante el resto de la escolaridad del alumnado. 

La lengua base será la que tendrá mayor peso y presencia en la enseñanza, y en su caso, la que se utilizará para que el alumnado aprenda a leer y escribir.

¿Cómo se realizará la consulta?

La consulta se efectuará exclusivamente por medios telemáticos, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a través de la Secretaría Digital, a la que se puede acceder mediante la URL https://consulta.gva.es

Con el objetivo de garantizar la participación de todos los representantes legales del alumnado que no tengan acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios para ello podrán solicitar cita con la secretaría del centro en el correo 03016900@edu.gva.es

¿Cómo accedo a la Secretaría Digital?

El acceso a la Secretaría Digital se realizará a través de una clave compuesta por un identificador personal y una contraseña. Esta clave se podrá obtener mediante alguno de los siguientes sistemas de verificación de identidad:

a) Si la persona interesada dispone de DNI, se podrá obtener mediante la combinación formada por el número de DNI, número de soporte (identificado como IDESP en los modelos antiguos) y fecha de nacimiento.

b) Si la persona interesada dispone de NIE, tarjeta de extranjero o permiso de residencia, se podrá obtener mediante la combinación de NIE, número de soporte (identificado como IXESP en los modelos antiguos de NIE) y fecha de nacimiento.

c) Si la persona interesada dispone de certificado de registro de ciudadanía de la Unión Europea, se podrá obtener mediante la combinación de NIE, número del certificado precedido por la letra C y fecha de nacimiento.

d) Mediante cualquier otro medio electrónico de verificación de identidad: certificado digital emitido por la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica de la Generalitat (ACCV); sistema de identidad electrónica para las administraciones Cl@ve; o eDNI, con su respectivo lector.

Las personas interesadas de nacionalidad extranjera que únicamente dispongan de pasaporte u otro documento distinto del NIE, tarjeta de extranjero, permiso de residencia o certificado de registro de ciudadanía de la Unión Europea como documento de identificación, deberán acudir al centro docente en el que el alumnado se encuentra matriculado, que actuará como punto de atención a los usuarios y podrá generar una clave de acceso.

¿Cómo se determinará el resultado de la consulta?

Mediante ITACA se generará un listado para cada curso sobre los alumnos que hayan optado por una lengua base (valenciano o castellano). Este listado permitirá conocer el porcentaje de progenitores que opta por una lengua u otra. Además, el listado se ordenará según los criterios de clasificación establecidos en la Orden 2/2025 y se publicará en los tablones de anuncios de los centros educativos.

Contra estos listados, las personas interesadas podrán presentar un recurso de alzada.

¿Cómo se asignará el alumnado a los grupos?

Una vez definidas las unidades por lengua base para cada centro y curso, el centro asignará a los estudiantes a estas unidades en la matrícula del curso 2025-2026, siguiendo el orden del listado establecido. Cuando en aplicación del orden de adscripción del alumnado a cada lengua base se agoten las vacantes en una de ellas, o bien no exista oferta de la misma el alumnado se adscribirá a puestos escolares correspondientes a la otra lengua base.

IMPORTANTE:

De acuerdo con lo establecido en el artículo 156 del Código Civil y el artículo 3.2 de la presente orden, será suficiente con que solo un representante legal del mismo cumplimente la consulta, con el consentimiento expreso o tácito del otro al tratarse del ejercicio de la patria potestad.

La cumplimentación de la consulta por más de un representante legal por cada alumno o alumna tendrá los siguientes efectos:

a) Si los representantes legales expresan su preferencia por lenguas base diferentes, las solicitudes de participación correspondientes a dicho alumno o alumna no se tendrán en cuenta a los efectos previstos en el artículo 2 de esta orden, hasta que haya un pronunciamiento judicial, en su caso, de acuerdo con lo previsto en el artículo 156 del Código Civil.

b) Cuando los representantes legales del alumnado expresen su preferencia por una misma lengua base, se computará como una única solicitud de participación asociada a dicho alumno o alumna a los efectos previstos en el artículo 2 de esta orden.

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Es convoca als representants legals de l’alumnat perquè participen en una consulta sobre la llengua base d’ensenyança que preferixen: valencià o castellà complint amb el que s’establix en l’ORDE  2/2025, de 7 de febrer, de la Conselleria d’Educació, Cultura, Universitats i Ocupació, per la qual es regula i convoca el procediment de consulta als representants legals de l’alumnat per a triar la llengua base aplicable a partir del curs escolar 2025-2026, de conformitat amb el que establix la disposició transitòria segona de la Llei 1/2024, de 27 de juny, de la Generalitat, per la qual es regula la llibertat educativa. https://dogv.gva.es/datos/2025/02/10/pdf/2025_2212_es.pdf

La vostra participació és important, ja que  els representants legals de l’alumnat que no hagen participat en la consulta, hagen emés vots nuls per triar llengües base diferents o hagen presentat informació falsa o sense acreditar, serà assignat d’ofici a una llengua base pel centre.

Quan es realitzarà la consulta?

Des del dia 25 de febrer de 2025, a les 9.00 hores, fins al dia 4 de març de 2025, a les 14.00 hores, podrà participar en la consulta per a triar la llengua base, valencià o castellà, per a cada un dels seus fills/as matriculats en el centre. Serà suficient que vote un representant legal per cada fill/a.

Dates importants:

El dimecres 12 i el divendres 14 de febrer les famílies podran acudir a l’administració del centre per a arreplegar informació sobre la votació i la fitxa individual de dades de l’alumne/a, en el següent horari: de 8.30 a 11:00h. i de 12.00 a 14:00h.

•         Publicació del cens provisional. 17/02/2025

•         Reclamacions al cens provisional. Fins al 21/02/2025

•         Publicació del cens definitiu. Fins al 24/02/2025

Per a què és esta consulta?

La consulta servirà per a determinar quantes unitats per nivell tindran com a llengua base el castellà o el valencià el pròxim curs 2025-2026 i es mantindrà l’elecció de les famílies durant la resta de l’escolaritat de l’alumnat.

La llengua base serà la que tindrà major pes i presència en l’ensenyança, i si és el cas, la que s’utilitzarà perquè l’alumnat aprenga a llegir i escriure.

Com es realitzarà la consulta?

La consulta s’efectuarà exclusivament per mitjans telemàtics, de conformitat amb el que s’establix en l’article 14.3 de la Llei 39/2015, d’1 d’octubre, del Procediment Administratiu Comú de les Administracions Públiques, a través de la Secretaria Digital, a la qual es pot accedir mitjançant la URL https://consulta.gva.es

Amb l’objectiu de garantir la participació de tots els representants legals de l’alumnat que no tinguen accés i disponibilitat dels mitjans electrònics necessaris per a això podran sol·licitar cita amb la secretaria del centre en el correu 03016900@edu.gva.es

Com accedisc a la Secretaria Digital?

L’accés a la Secretaria Digital es realitzarà a través d’una clau composta per un identificador personal i una contrasenya. Esta clau es podrà obtindre mitjançant algun dels següents sistemes de verificació d’identitat:

a) Si la persona interessada disposa de DNI, es podrà obtindre mitjançant la combinació formada pel número de DNI, número de suport (identificat com IDESP en els models antics) i data de naixement.

b) Si la persona interessada disposa de NIE, targeta d’estranger o permís de residència, es podrà obtindre mitjançant la combinació de NIE, número de suport (identificat com IXESP en els models antics de NIE) i data de naixement.

c) Si la persona interessada disposa de certificat de registre de ciutadania de la Unió Europea, es podrà obtindre mitjançant la combinació de NIE, número del certificat precedit per la lletra C i data de naixement.

d) Mitjançant qualsevol altre mitjà electrònic de verificació d’identitat: certificat digital emés per l’Agència de Tecnologia i Certificació Electrònica de la Generalitat (ACCV); sistema d’identitat electrònica per a les administracions Cl@ve; o eDNI, amb el seu respectiu lector.

Les persones interessades de nacionalitat estrangera que únicament disposen de passaport o un altre document distint del NIE, targeta d’estranger, permís de residència o certificat de registre de ciutadania de la Unió Europea com a document d’identificació, hauran d’acudir al centre docent en el qual l’alumnat es troba matriculat, que actuarà com a punt d’atenció als usuaris i podrà generar una clau d’accés.

Com es determinarà el resultat de la consulta?

Mitjançant ITACA es generarà un llistat per a cada curs sobre els alumnes que hagen optat per una llengua base (valencià o castellà). Este llistat permetrà conéixer el percentatge de progenitors que opta per una llengua o una altra. A més, el llistat s’ordenarà segons els criteris de classificació establits en l’Orde 2/2025 i es publicarà en els taulers d’anuncis dels centres educatius.

Contra estos llistats, les persones interessades podran presentar un recurs d’alçada.

Com s’assignarà l’alumnat als grups?

Una vegada definides les unitats per llengua base per a cada centre i curs, el centre assignarà als estudiants a estes unitats en la matrícula del curs 2025-2026, seguint l’orde del llistat establit. Quan en aplicació de l’orde d’adscripció de l’alumnat a cada llengua base s’esgoten les vacants en una d’elles, o bé no existisca oferta de la mateixa l’alumnat s’adscriurà a llocs escolars corresponents a l’altra llengua base.

IMPORTANT:

D’acord amb el que s’establix en l’article 156 del Codi Civil i l’article 3.2 de la present orde, serà suficient que només un representant legal del mateix emplene la consulta, amb el consentiment exprés o tàcit de l’altre en tractar-se de l’exercici de la pàtria potestat.

L’emplenament de la consulta per més d’un representant legal per cada alumne o alumna tindrà els següents efectes:

a) Si els representants legals expressen la seua preferència per llengües base diferents, les sol·licituds de participació corresponents a este alumne o alumna no es tindran en compte als efectes previstos en l’article 2 d’esta orde, fins que hi haja un pronunciament judicial, si és el cas, d’acord amb el que es preveu en l’article 156 del Codi Civil.

b) Quan els representants legals de l’alumnat expressen la seua preferència per una mateixa llengua base, es computarà com una única sol·licitud de participació associada a este alumne o alumna als efectes previstos en l’article 2 d’esta orde.

INFORMACIÓN PARA FAMILIAS DE NUEVO INGRESO – CURSO 24-25

Queridas familias del alumnado:

Comienza un nuevo curso y, en nombre de todo el equipo docente, queremos expresar un cariñoso saludo de bienvenida y nuestros mejores deseos para este año escolar que comienza.

En las siguientes líneas proporcionamos información de interés sobre cuestiones organizativas, para facilitar la incorporación de vuestros hijos e hijas a nuestra escuela:

  • Formalización de matrícula: es imprescindible formalizar la matrícula presentando la documentación necesaria para ello antes del 23 de julio de 2024. Todos los detalles sobre este trámite se pueden consultar en el siguiente enlace: https://portal.edu.gva.es/ceipalmazara/?p=3808
  • Inicio de las clases: el curso 2024-2025 comenzará el lunes 9 de septiembre.
  • Entrada escalonada: el alumnado de E.Infantil 3 años se incorporará al centro de forma progresiva. En la reunión se explicará con mayor detalle y se darán indicaciones a las familias. 
  • Horario de centro: durante el mes de septiembre el horario es de jornada continua: 9h. a 13h. Las puertas del centro se abrirán a las 8:55h. y se cerrarán a las 9:10h. Rogamos sean puntuales para evitar interferencias en la formación de las filas. 
  • Entradas y salidas: la entrada de los alumnos de Educación Infantil se realizará igual que el curso pasado, por la puerta del patio de infantil (a la derecha de la escalera principal del centro). Una vez allí, se accederá patios individuales de las aulas, donde estarán los tutores/as. Las salidas se realizarán de la misma forma que las entradas, debiendo recoger a sus hijos/as en los patios de las aulas. 
  • El alumnado de Educación primaria accederá al centro por la puerta principal. A la hora de la salida cada ciclo tiene asignada una zona de la escalera para el reparto del alumnado. Rogamos evitar aglomeraciones en la entrada. 
  • Recogida del alumnado: todas las familias deben cumplimentar la ficha de datos de recogida del alumnado facilitada por los tutores/as, en la que deben indicar qué personas están autorizadas para recoger a sus hijos/as. En esta ficha también se indicará si el alumno/a tiene permiso para marcharse solo/a a casa (solamente alumnado de 5º y 6º curso).
  • Atención a familias: las citas de reunión con los docentes deberán concertarse previamente y serán los martes de 13 h. a 14 h. los meses de junio y septiembre y martes de 16:00 a 17:00h. el resto del curso.  
  • Comedor escolar: durante todo el curso funcionará el servicio de comedor escolar a cargo de la empresa Eurest, S.L.El precio del menú diario es de 4,35€. Para utilizar el servicio de comedor es necesario cumplimentar la solicitud. En junio y septiembre la salida del alumnado usuario del servicio de comedor será las 15:00h. El AMPA pone a disposición de las familias una actividad extraescolar de 15:00 a 17:00h., previa inscripción, para las familias que lo necesiten. El resto del curso se puede elegir entre dos franjas horarias de salida 15:30 o 17:00h. Recomendamos que el alumnado de E.Infantil 3 años no se quede a comedor durante el mes de septiembre. 
  • Ayudas de comedor y transporte: se podrán solicitar estas ayudas desde el 15 al 23 de julio, coincidiendo con el plazo de formalización de matrícula.
  • Ayudas MEC NEAE: hasta el próximo día 13 de septiembre está abierto el plazo para solicitar ayuda para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo. La solicitud se cumplimentará a través del formulario accesible por internet en la dirección  https://www.educacionfpydeportes.gob.es/servicios-al-ciudadano/catalogo/general/05/050140/ficha/050140-2024.html Una vez cumplimentada se deberá entregar junto con la documentación correspondiente en la secretaría del centro, antes del 13 de septiembre. 
  • Enfermedades crónicas y alergias: solicitamos que todas aquellas familias que tengan algún hijo/a escolarizado en nuestro centro afectado  por enfermedades  crónicas ( asma, diabetes, epilepsia, alergia…) y que precise de atención sanitaria específica,  lo pongan en conocimiento inmediato del profesor tutor/a correspondiente  con el fin de proceder a la valoración de las necesidades de dicho alumnado para la prestación de la atención sanitaria específica. En el centro se podrá disponer de medicación para aquellos alumnos que necesiten administración en caso de riesgo vital y será necesario contar con las autorizaciones pertinentes. Es responsabilidad de la familia revisar la caducidad de la medicación y reponerla, si es necesario, además de actualizar la documentación si existen cambios en la cantidad de la dosis a administrar o en la forma de proceder cuando se atienda al alumno/a.  No se administrará en el centro medicaciones temporales, pero sí se permitirá que la familia acuda para medicar al alumnado, si la toma coincide en horario escolar. 
  • Normas de convivencia: nuestras normas de organización y funcionamiento están disponibles en la web del centro para que puedan ser consultadas por toda la Comunidad educativa https://portal.edu.gva.es/ceipalmazara/wp-content/uploads/sites/922/2024/05/NORMAS-DE-FUNCIONAMIENTO_-WEB_CAST.pdf

Esperamos que el curso 2024-2025 sea un camino de buenas experiencias, vivencias e ilusiones. 

¡Bienvenidos y bienvenidas al a nuestra escuela!

DOCUMENTACIÓN PARA LA FORMALIZACIÓN DE MATRÍCULA ALUMNADO ADMITIDO CURSO 24-25

FORMALIZACIÓN DE MATRÍCULA PRESENCIAL

FASE EXTRAORDINARIA

HORARIO :

miércoles 30 de julio

De 9:00 a 10:30 y de 11:30h. a 13:00h.  

  • DOCUMENTACIÓN A APORTAR  

Deberá aportarse el original y la copia de los siguientes documentos para su cotejo: 

· DNI O NIE DEL PADRE Y MADRE 

. LIBRO DE FAMILIA  

· 4 FOTOS (tamaño carnet), se entregarán originales en formato físico en el centro.

· TARJETA SANITARIA DEL ALUMNO/A 

· PETICIÓN DE BAJA ANTERIOR CENTRO (Sólo para aquellos alumnos/as matriculados anteriormente en otros centro).

 · RECIBO RECIENTE DE AGUA, LUZ, TELÉFONO O CONTRATO DE ALQUILER (en este último caso deberá acreditarse que se ha efectuado el correspondiente depósito de fianza, Mod 805 o 806, en la conselleria competente en materia de hacienda).  

· CERTIFICADO DE RESIDENCIA EMITIDO POR EL AYUNTAMIENTO (padres y alumno/a) (Sólo en el caso que el domicilio de ningún DNI coincida con el domicilio del recibo).  

· DOCUMENTO QUE ACREDITE EL DOMICILIO LABORAL DE CUALQUIERA DE LOS PADRES (Sólo en el caso de que el domicilio laboral sea considerado con los mismos efectos de baremación que el domicilio familiar).  

· AQUELLA OTRA DOCUMENTACIÓN PARA JUSTIFICAR OTRAS CIRCUNSTANCIAS:  

1. Certificado de discapacidad de alumno/a, padres o hermano emitido por la conselleria competente en materia de bienestar social o tarjeta acreditativa de la condición de persona con discapacidad o resolución por la que se reconoce una pensión de incapacidad permanente o una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente.  

2. Título oficial de familia numerosa en vigor.  

3. Título de familia monoparental expedido por la conselleria competente en materia de familia.  

  • OTRA DOCUMENTACIÓN ENTREGAR PRESENCIALMENTE EN EL CENTRO O EN CASO DE FORMALIZACIÓN TELEMÁTICA ADJUNTAR EN EL APARTADO «DOCUMENTACIÓN REQUERIDA POR EL CENTRO»  

Para agilizar el trámite es recomendable descargar y traer cumplimentada la siguiente documentación:

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