CENTRO DE RECURSOS

DECRETO 105/2022, de 5 de agosto, del Consell, de organización y funcionamiento de los centros de Educación Especial

TÍTULO III. CENTROS DE EDUCACIÓN ESPECIAL COMO CENTROS DE RECURSOS

Artículo 20. Tipos de asesoramiento como centros de recursos
Los centros de educación especial, como centros de recursos y dentro de su especialización, podrán ofrecer asesoramiento a los centros
educativos ordinarios sostenidos con fondos públicos en los aspectos siguientes:
a) Sensibilización a profesionales y a la comunidad educativa.
b) Detección de necesidades y barreras a la inclusión del alumnado.
c) Accesibilidad personalizada con medios comunes y específicos o singulares: sistemas aumentativos o alternativos de comunicación, materiales singulares, productos de apoyo, organización de apoyos personales, condiciones espaciales y temporales, etc.
d) Medidas y metodologías basadas en el diseño universal de aprendizaje.
e) Medidas personalizadas para el alumnado con necesidades de apoyo intensivo, especializado y generalizado.
f) Programas específicos para el alumnado con discapacidad o diversidad funcional que presenta alteraciones graves de conducta.
g) Plan de actuación personalizado (PAP) desde el enfoque de la planificación centrada en la persona.
h) Orientación y apoyo a las familias de alumnado con discapacidad o diversidad funcional.
i) Orientación sociolaboral.
j) Determinación de la modalidad de escolarización.
k) Propuesta de acciones formativas