CICLOS FORMATIVOS

¿QUÉ ES?

Formación profesional a distancia es una modalidad oficial, con la misma validez que la modalidad presencial, pero con flexibilidad horaria.  

En nuestro centro puedes cursar los siguientes Ciclos formativos

  • eliges cuántas materias quieres cursar cada año según tu tiempo. 
  • Si apruebas una materia, esta queda aprobada para siempre. 

Aquí puedes ver las ventajas de estudiar en el CEEDCV.

¿CUÁL ES TU SITUACIÓN?

Consulta los requisitos de admisión para ver qué necesitas para poder acceder a un ciclo formativo en la web de Conselleria.

¿CÓMO ACCEDER?

Si resides en la Comunitat Valenciana y cumples los requisitos académicos, cuando se abra el plazo, solamente debes seguir las indicaciones del botón Admisión y matrícula».

HORARIOS DE CLASE

Una vez matriculado en tu aula virtual podrás consultar los horarios de las clases. 

SOLICITUD CONVOCATORIA DE GRACIA

Para solicitar la convocatoria extraordinaria o de gracia, deberás de:

  • Justificar adecuadamente la solicitud.
  • Obtener un certificado académico donde conste que has superado el total de las 4 convocatorias de un módulo.
  • Marcar con claridad para qué módulo solicitas la convocatoria extraordinaria.
  • Una vez tengas toda la documentación, aportarla a la Dirección Territorial de Educación.

Artículo 17 de la Orden 79/2010 de 27 de agosto

Artículo 17. Convocatoria extraordinaria o de gracia

1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 15 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre se podrá solicitar una convocatoria extraordinaria o de gracia cuando haya agotado las convocatorias de que dispone, por motivos de enfermedad, discapacidad u otros que condicionen o impidan el desarrollo ordinario de los estudios ante la Dirección Territorial de Educación correspondiente. La convocatoria extraordinaria o de gracia se concederá, si procede, a título personal y por una sola vez por módulo.

2. El interesado o la interesada presentará junto a la solicitud, una certificación académica que permita comprobar que se han agotado las convocatorias establecidas sin haber superado el módulo o módulos. La Dirección Territorial de Educación, previo informe, si procede, de la Inspección Educativa, resolverá. En la resolución favorable figurará el centro docente en el que el alumno o alumna habrá de matricularse de los módulos pendientes. La matrícula tendrá lugar al menos con dos meses de antelación a la siguiente convocatoria ordinaria o extraordinaria. La dirección del centro articulará el procedimiento y las actividades de recuperación que considere oportunas para orientar al alumnado. La resolución favorable de convocatoria extraordinaria o de gracia no dará derecho a la anulación de matrícula ni a la renuncia a la evaluación.

3. Contra las resoluciones denegatorias, o en caso de silencio administrativo, que tendrá carácter desestimatorio, los interesados o interesadas podrán interponer recurso de alzada ante la Dirección General competente en materia de Formación Profesional en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o de aquél en que se produzcan los efectos del silencio.

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