Solicitud de ingreso y acceso a las enseñanzas elementales y profesionales de Música y Danza de aspirantes con características excepcionales, que no reúnen los requisitos de edad

Los aspirantes con edades inferiores a las fijadas con carácter ordinario (Enseñanzas Elementales de 8 a 12 años, nacidos a partir de 2019, y Enseñanzas Profesionales de 12 a 18 años, nacidos a partir de 2015), según establece el artículo 2 de la Orden 28/2011, de 10 de mayo, para iniciar las enseñanzas elementales o profesionales de Música o de Danza, o bien para acceder a cursos diferentes del primero, tendrán que obtener la autorización para concurrir a las pruebas de ingreso o de acceso, respectivamente.

Las solicitudes serán remitidas a la dirección de los conservatorios y/o centros autorizados de enseñanzas elementales y profesionales de música y de danza, desde el 2 de febrero al 30 de abril del año natural de realización de las pruebas de acceso.

Los aspirantes con edades superiores a las fijadas con carácter ordinario (Enseñanzas Elementales nacidos en 2013 o antes y Enseñanzas Profesionales nacidos en 2007 o antes), según establece el artículo 2 de la Orden 28/2011, de 10 de mayo, podrán solicitar ante la dirección del centro presentarse a las respectivas pruebas de ingreso o de acceso, tanto en el primer curso como cursos diferentes del primero, de las enseñanzas elementales o profesionales de Música o de Danza.

Las solicitudes serán remitidas a la dirección de los conservatorios y/o centros autorizados de enseñanzas elementales y profesionales de música y de danza, desde el 1 de abril al 30 de abril del año natural de realización de las pruebas de acceso.

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