PRUEBAS PARA LA OBTENCIÓN DE LOS TÍTULOS DE TÉCNICO O TÉCNICA Y DE TÉCNICO O TÉCNICA SUPERIORES DE FORMACIÓN PROFESIONAL 25-26
ORIENTACIONES PRUEBAS LIBRES GRADO SUPERIOR ASIX
LISTADO DEFINITIVO DE PERSONAS ADMITIDAS Y EXCLUIDAS
Listado definitivo de personas admitidas y excluidas
LISTADO PROVISIONAL DE PERSONAS ADMITIDAS Y EXCLUIDAS
Listado provisional de personas admitidas y excluidas
CONVOCATORIA
CALENDARIO DE ACTUACIONES

A QUIÉN VA DIRIGIDO?
A personas que desean obtener los títulos de Técnico/a (Grado Medio) o Técnico/a Superior (Grado Superior) de Formación Profesional mediante la superación de pruebas libres de los módulos profesionales.
En el caso de nuestro centro, estas pruebas van dirigidas especialmente al alumnado que tenga pendiente algún módulo profesional de primer curso (modalidad LOE) de los ciclos formativos LOE impartidos en este centro:
- 1.º SMX
- 1.º ASIX
- 1.º DAW
- 1.º DAM
REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN
Las personas aspirantes tienen que:
- Tener 18 años para los títulos de Técnico/a.
- Tener 20 años para los títulos de Técnico/a Superior (19 años si ya se tiene el título de Técnico/a).
- Cumplir alguno de los requisitos de acceso a la Formación Profesional de Grado Medio o Superior.
- No estar matriculadas durante el curso 2025-2026 en el mismo módulo en régimen presencial, semipresencial o virtual.
- No estar matriculadas en estas pruebas en otra administración educativa.
- También puede inscribirse el alumnado que haya anulado matrícula según normativa vigente (artículos 9 y 10 de la Orden 78/2010, de 27 de agosto).
FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
La solicitud de inscripción se tendrá que presentar en un único centro educativo, utilizando el modelo oficial establecido (Anexo II), disponible en la página web de la Generalitat Valenciana.
Junto con la solicitud, las personas aspirantes tendrán que aportar la documentación siguiente:
- Fotocopia del DNI o de la tarjeta de identidad de extranjero, o visado de estudios, con presentación del documento original para su compulsa.
- Número de identificación del alumno o alumna (ANIDA), en caso de poseerlo.
- Certificación académica oficial que acredite el cumplimiento de los requisitos de acceso al ciclo correspondiente.
- Declaración responsable de no estar matriculado durante el curso 2025-2026 en los mismos módulos profesionales en régimen presencial, semipresencial o virtual, ni en las mismas pruebas convocadas por esta u otra administración educativa (Anexo IX).
- Justificante acreditativo del pago de la tasa correspondiente, que se puede hacer efectivo a través del modelo habilitado en la página web de la Consellería: https://ceice.gva.es/doc046/gen/val/default.asp
- En el caso de solicitar adaptaciones, la documentación acreditativa pertinente según lo establecido en la resolución.
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 9 de marzo de 2026.
INSCRIPCIÓN EN EL MÓDULO DE FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO (FCT)
- La inscripción en el módulo de Formación en Centros de Trabajo se podrá hacer a los únicos efectos de solicitar la exención total del módulo de FCT. En este caso, la matrícula del módulo quedará condicionada a la resolución favorable de esta. En caso de ser denegada la exención, el alumnado tendrá que proceder a la matriculación del módulo de FCT en un centro de su elección.
SOLICITUD DE ADAPTACIONES
- Las personas solicitantes que acrediten necesidades específicas de apoyo educativo tendrán que presentar, en el momento de formalizar la inscripción en las pruebas para la obtención de los títulos de técnico o técnica y de técnico o técnica superior de Formación Profesional, la solicitud de adaptación de acuerdo con el modelo establecido en el anexo X-A, acompañada de la documentación acreditativa correspondiente. Además:
- El alumnado escolarizado en otras enseñanzas diferentes del ciclo al cual se presenta tendrá que aportar, además de la documentación general exigida en el artículo cuarto de esta resolución, el informe técnico de propuesta de adaptación, conforme al anexo X-B, debidamente cumplimentado por el personal de orientación del departamento de orientación educativa y profesional o del departamento de información y orientación profesional del centro en que la persona solicitando esté escolarizada.
- Según se establece en el artículo 6.4 de la Resolución de 13 de febrero de 2026, el centro examinador pedirá la documentación necesaria para certificar que el alumno o alumna tiene que tener una adaptación en la realización de las pruebas libres.
Es importante presentar toda la documentación correctamente cumplimentada dentro del plazo establecido, puesto que sin esta no se podrá garantizar la aplicación de las medidas de adaptación correspondientes.
FECHA, HORA Y LUGAR DE LAS PRUEBAS
La fecha, hora y aula de cada prueba, se publicará próximamente en el tablón de anuncios del centro y en la web.
