ASISTENCIA SANITARIA AL ALUMNADO
Los padres, madres o tutores legales del alumnado tendrán la responsabilidad de informar el centro educativo en los casos en que la persona menor pueda requerir una intervención urgente en el horario escolar, presente enfermedades que comporten modificaciones en la dieta escolar o problemas de salud que requieran una adaptación curricular. En este caso, entregarán una copia del informe emitido por el personal sanitario de su Centro de Atención Primaria y/o Especializada de referencia donde se recogen estos aspectos.
El alumnado enfermo no debe acudir al centro educativo y, en caso de hacerlo, las familias tienen que intentar que la administración del medicamento no coincida con el horario escolar. Si precisa la administración de medicación u otra atención sanitaria necesaria durante el horario escolar y el profesional sanitario considera que esto lo puede realizar una persona sin titulación sanitaria, la familia presentará una hoja del médico donde indique la posología y el momento de la administración, así como una autorización de su consentimiento informado para que el personal del centro pueda realizar dicha administración.
¿QUÉ DOCUMENTACIÓN HAY QUE APORTAR?
- El informe de salud y prescripción médica para la administración de medicamentos en horario escolar (documento proporcionado por el centro de salud).
- Consentimiento informado del padre, madre o tutor/a legal y solicitud a la persona responsable de la dirección del centro para suministrar medicación u otra atención sanitaria en horario escolar (documento proporcionado por el centro educativo).
- La medicación prescrita por el médico o la médica, rotulada con el nombre completo el nombre del alumno o alumna, la posología y la frecuencia. Además, será responsabilidad de la familia o tutores legales la reposición y el control de su caducidad.