Admisión
Alumnado que inicia el ciclo o proviene de otro centro.
Normativa
Toda la normativa la podéis encontrar en el siguiente enlace: https://ceice.gva.es/es/web/formacion-profesional/admision-alumnado-en-ciclos-formativos
Calendario
Vacantes no adjudicadas
Los centros tendrán que gestionar los ciclos con listas de espera (solicitaron plaza en el ciclo sin obtenerla), o bien en acto público, o bien mediante los medios objetivos y registrados que el centro educativo considero.
Si no hay lista de espera o esta está agotada:
- Fase 1: El la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial publicará el listado de vacantes de ciclos sin lista de espera en la dirección https://portal.edu.gva.es/telematricula/es/inicio/
- Los centros adjudicarán las vacantes para las personas que hayan participado en el proceso de admisión y que desean acceder en estas plazas.
- En la fase 1 solo podrán acceder las personas interesadas que hayan participado en el procedimiento de admisión. Se priorizará por la nota media del expediente académico o prueba. Plazo:
- Fase 2: El la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial publicará el listado de vacantes de ciclos sin lista de espera en la dirección https://portal.edu.gva.es/telematricula/es/inicio/
- En la fase 2: las plazas vacantes se tendrán que ofrecer a cualquier persona interesada, por orden de llegada, siempre que cumpla los requisitos de acceso.
Prioridad de acceso
En supuestos de acogida residencial, familiar, guarda con fines de adopción o violencia: La Ley 26/2018, de 21 de diciembre, de la Generalitat, de derechos y garantías de la Infancia y la Adolescencia, en su artículo 47, apartados 1 y 2, establece la prioridad en el acceso al centro educativo de los niños, niñas o adolescentes bien en acogida residencial, bien en acogida familiar o guarda con fines de adopción. Del mismo modo, para los niños, niñas o adolescentes, que sufran y acreditan alguna de las circunstancias descritas en el artículo 9 de esta ley. Además, el artículo 20 de la Ley 7/2012, de 23 de noviembre, de la Generalitat, Integral contra la Violencia sobre la Mujer en el Ámbito de la Comunidad Valenciana.
Matrícula
Documentación necesaria para la matrícula:
El alumnado matriculado en el curso 2022/2023 en Grado Medio que continúe cursando Grado Medio presentará la hoja de Matrícula, el justificante de pago si no lo domicilia y, en caso de modificación de datos o renovación de documentos, los documentos que lo acreditan.
Identidad. Se acreditará mediante fotocopia del DNI, NIE o cualquier otro documento oficial en el cual figuran los datos personales y la fecha de nacimiento del solicitante.
Alumnado extranjero menor de 18 años:
Podrá participar en el proceso de admisión a enseñanzas de formación profesional y podrá matricularse en enseñanzas de formación profesional, siempre que disponga de ALGUNO de los documentos acreditativos siguientes:
- a) DNI, NIE o tarjeta de identidad de extranjero, expedida por la comisaría de policía u oficina de extranjeros.
- b) Certificado de empadronamiento en un municipio.
- c) Visado de estudios.
- d) Tarjeta de estudiante extranjero.
Alumnado extranjero mayor de 18 años
El alumnado extranjero mayor de 18 años podrá participar en el proceso de admisión a enseñanzas de formación profesional y podrá matricularse en enseñanzas de formación profesional, cuando dispongo de ALGUNO de los documentos acreditativos siguientes:
- a) Tarjeta de identidad de extranjero, expedida por la comisaría de policía u oficina de extranjeros.
- b) Visado de estudios o tarjeta de estudiante extranjero
Certificación académica en la cual constan las calificaciones obtenidas en la educación secundaria obligatoria o equivalente y la nota media del expediente académico o del ciclo de formación profesional básica, según los casos. Se acompañará fotocopia compulsada del título correspondiente o de su solicitud.
Certificado de superación de la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio, que tendrá que incluir la puntuación obtenida y la fecha de superación e indicará que da acceso a cualquier ciclo formativo de grado medio.
El certificado de superación de la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años, con expresión de la puntuación obtenida.
Acreditación de la discapacidad: el alumnado con graves problemas de audición, visión, motricidad u otras necesidades educativas especiales que participe en el procedimiento de admisión por la reserva para personas con discapacidad tendrá que presentar la siguiente documentación:
- Discapacitado/ minusvalidez Certificación vigente acreditativa de un grado de discapacidad o minusvalidez igual o superior al 33% y dictamen técnico facultativo vigente, emitidos respectivamente por la dirección del centro de valoración y orientación de discapacidades y el equipo de valoración y orientación que corresponda dependientes de la consellería competente en materia de bienestar social o órgano equivalente de otras Administraciones autonómicas.
- Declaración responsable en que manifieste su conocimiento de las capacidades terminales o resultados de aprendizaje y criterios de evaluación de los ciclos o módulos que solicita cursar.
Dos fotografíes tamaño carné, con nombre y apellidos del alumno/a en el dorso.
Hoja de matrícula.
Recibo/enterado. de los efectos que la no justificación de las faltas puede tener respecto a la vigencia de la matrícula, así como del límite establecido para su anulación.
Justificante del pago en el banco, si no se domicilia
Alumnado menor de edad:
- Fotocopia del LIBRO DE FAMILIA (páginas padre/madre y alumno/a) Si no tienen libro de familia partida de nacimiento.
- Una fotocopia del DNI de padre/madre o tutor/a.
- Informe de Salud Escolar: Solo en los casos en que la persona menor pueda requerir una intervención urgente en el horario escolar, presente enfermedades que comportan modificaciones en la dieta escolar o problemas de salud que requieran una adaptación curricular. En este caso, entregarán una copia del informe emitido por el personal sanitario de su Centro de Atención Primaria y/o Especializada de referencia donde se recojan estos aspectos. Las personas progenitoras o las personas tutoras tendrán la responsabilidad de informar al centro educativo.
- Otros: Título de Familia numerosa, monoparental, condiciones de la separación o divorcio que tenga que conocer el centro (copia de la sentencia).
- Solicitud alta en Web familia. (Si no la ha presentado en este centro tiene que hacerlo aunque fuera usuario en otro centro) http://www.ceice.gva.es/webitaca/docs/webfamilia/sol-licitud_acces_web_familia.pdf