Según la RESOLUCIÓN de 17 de abril de 2024, sobre determinados aspectos para la regulación del uso de dispositivos móviles en centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Valenciana, el uso de dispositivos móviles solo estará permitido en los centros educativos de la Comunidad Valenciana dentro de las siguientes excepcionalidades:
- En el caso de actividades que requieran el uso didáctico de dispositivos móviles, tendrán que preverse en el proyecto educativo de centro y en la programación de aula correspondiente, con la supervisión del personal docente. Para lo cual, serán consideradas las características psicoevolutivas y sociales del alumnado, sin que la situación socioeconómica o el acceso a la tecnología sean motivo de discriminación. Una vez finalizada la actividad, el personal docente tendrá que asegurarse del apagamiento de los dispositivos móviles.
- La dirección del centro podrá autorizar el uso del dispositivo móvil por razones individuales específicas de salud u otras debidamente justificadas.
En caso de incumplimiento de esta norma por parte del alumnado, según aprobó el Consejo Escolar el miércoles 22 de mayo de 2024, el profesorado retendrá cautelarmente el aparato, después de asegurarse que el alumno/a lo ha apagado como garantía de confidencialidad. Posteriormente, lo entregará a Jefatura de estudios o a otro miembro del equipo directivo, donde tendrán que acudir los representantes legales del alumno/a para recogerlo fuera del horario lectivo.
La segunda vez que se le retenga al alumno/a, Jefatura de estudios pondrá un informe de amonestación y, como mínimo, se quedará sin una salida extraescolar.
Si el alumnado se niega a dar el móvil:
- Se le pondrá un informe de amonestación.
- Se enviará al alumnado a un miembro del equipo directivo con hoja de incidencias.
- No podrá volver a esa clase.
- Si el alumnado se niega a darlo al miembro del equipo directivo, se llamará a la familia, se le prohibirá la entrada a las clases durante ese día hasta que vuelvo el móvil y se le aplicará otra sanción dependiente del caso.
Respecto a las cámaras fotográficas o dispositivos parecidos, están prohibidos en todo el recinto escolar, así como el uso y exhibición de auriculares, cascos o similares, excepto cuando sea para un uso didáctico, siempre bajo la autorización y la supervisión del profesorado correspondiente.