Podrá solicitar la exención de valenciano (anexo I):
- El alumnado que resida temporalmente en la Comunidad Valenciana. La residencia temporal o RT deberá acreditarse con copia del contrato de trabajo de padre, madre o tutor/a legal en el que conste la fecha de finalización.
- El alumnado recién llegado a la Comunidad Valenciana que se escolariza por primera vez en 1 o 2 de Bachillerato. Para justificarlo, deberá presentar una copia del expediente de Primaria y Secundaria.
Las solicitudes deben presentarse en la Secretaría del centro durante los meses de octubre, noviembre y diciembre.
Toda la información sobre el procedimiento puede consultarse en el siguiente enlace: