Solicitud de cambio de modalidad o vía en 2º Bachillerato

Este procedimiento tiene como finalidad el cambio de modalidad o vía para el alumnado que así lo solicite y que se encuentre en alguna de las casuísticas siguientes:

  • Alumnado que ha cursado el primer curso de Bachillerato en una determinada modalidad o vía y al promocionar a segundo curso de Bachillerato solicita cursar una modalidad o vía distinta.
  • Alumnado que repite el segundo curso de Bachillerato y solicita cambiar a otra modalidad o vía.

El alumnado que repite el primer curso de Bachillerato puede elegir una nueva modalidad al volver a cursar primero, sin necesidad de realizar ningún procedimiento.

Dependiendo del número de materias de la anterior modalidad o vía que tenga superadas, diferenciamos los siguientes casos:

1. Alumnado que tiene una materia de la anterior modalidad o vía superada. Puede escoger una de estas dos opciones:
a) computar dicha materia por una materia de la nueva modalidad o vía (no obligatoria de primer curso)
b) computar dicha materia por la materia optativa de primero o de segundo curso.

2. Alumnado que tiene dos materias de la anterior modalidad o vía superadas. Puede escoger una de estas dos opciones:
a) computar una de las materias por una materia de la nueva modalidad o vía (no obligatoria de primer curso) y la otra materia por la materia optativa de primero o de segundo curso
b) computar dichas materias por las dos materias optativas (una de primero y la otra de segundo curso).

3. Alumnado que tiene tres materias de la anterior modalidad o vía superadas:
El alumno o alumna puede computar una de las materias por una materia de la nueva modalidad o vía (no obligatoria de primer curso) y las otras dos por las dos materias optativas (una de primero y la otra de segundo curso).

Más información: PROCEDIMIENTOS (Normativa de Bachillerato)


Para solicitar el cambio hay que seguir el siguiente procedimiento:


ORDEN 19/2023, de 29 de junio, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regulan los procedimientos derivados del Decreto 107/2022, de 5 de agosto, del Consell, por el que se establecen la ordenación y el currículo de Educación Secundaria Obligatoria, y del Decreto 108/2022, de 5 de agosto, del Consell, por el que se establecen la ordenación y el currículo de Bachillerato, así como la organización y el funcionamiento del Bachillerato nocturno y a distancia en la Comunitat Valenciana. [2023/7514]