Ante las dudas surgidas sobre la gestión de casos COVID, el Secretario Autonómico de Educación y Formación Profesional y la Secretaria Autonómica de Salud Pública y del Sistema Sanitario Público han remitido una carta resolviendo algunas cuestiones. Adjuntamos la carta donde pueden consultar las soluciones a estas dudas, de las que nos conciernen las siguientes:
1.1. El alumnado que presente síntomas compatibles con COVID-19, independientemente de su estado de vacunación, no deberá acudir al centro educativo.
1.2. Quienes hayan dado positivo en la realización de una prueba diagnóstica deben permanecer en aislamiento hasta trascurridos 3 días del fin del cuadro clínico y un mínimo de 7 días desde el inicio de los síntomas o desde el diagnóstico en casos asintomáticos. No será necesaria la realización de una nueva prueba para levantar el aislamiento. Una vez que se incorporen al centro educativo lo hacen a todas las actividades contempladas en este ámbito, incluido el comedor escolar y las actividades extraescolares.
1.3. Por tanto, todos los casos señalados en los dos puntos anteriores pueden incorporarse al centro transcurrido el periodo de aislamiento de 7 días, siempre que hayan transcurrido 3 días desde el fin del cuadro clínico. En cualquier caso, se recomienda que hasta los 10 días no acudan a eventos sociales como cumpleaños, fiestas y demás, ni interaccionen con personas especialmente vulnerables como los abuelos.
3.1. En el caso de las aulas de Secundaria, Bachillerato, Formación Profesional y otros niveles y etapas educativas, no se contempla cierre de aulas en ningún caso, pues la mayoría del alumnado tiene vacunación completa. Se rigen por la Estrategia de detección precoz, vigilancia y control y su adaptación publicada el 30 de diciembre de 2021.
3.2. Deben guardar cuarentena domiciliaria, tal y como se indica en la Adaptación de la Estrategia de detección precoz, vigilancia y control publicada el día 30 de diciembre de 2021, el alumnado, el profesorado y el personal de administración y servicios que son contactos estrechos de casos positivos, si no tienen vacunación completa, o no han pasado la infección en los últimos 180 días. Su periodo de cuarentena será de 7 días salvo que aparezca sintomatología.
3.3. Quedan exceptuados de realizar la cuarentena indicada en el punto anterior, quienes hayan tenido covid-19 en los 180 días anteriores al contacto y quienes han pasado COVID-19 en cualquier momento y, posteriormente se les haya administrado una dosis de vacuna, siempre que no tengan síntomas.
Saludos.