Renuncia Convocatoria CC.FF.

Con el fin de no agotar el límite de las convocatorias establecidas para los módulos profesionales de formación en el centro educativo, el alumnado o sus representantes legales podrán renunciar a la evaluación y calificación de una o las dos convocatorias del curso académico de todos o alguno de los módulos, siempre que concurra alguna de las siguientes circunstancias:

  • Enfermedad prolongada o accidente del alumno o alumna.
  • Obligaciones de tipo personal o familiar apreciadas por el equipo directivo del centro que condicionen o impidan la normal dedicación al estudio.
  • Desempeño de un puesto de trabajo.
  • Maternidad o paternidad, adopción o acogimiento.
  • Otras circunstancias, debidamente justificadas, que revistan carácter excepcional.
  • Propuesta del equipo educativo de no presentación a la convocatoria extraordinaria.

La solicitud para que se admita la renuncia a la convocatoria se presentará, según el anexo IX de la Orden 79/2010, de 27 de agosto de la Conselleria de Educación con una antelación mínima de un mes a la fecha de la evaluación final del módulo o los módulos afectados por la renuncia.

Será imprescindible adjuntar a la solicitud la justificación documental de las razones que se aleguen para la renuncia.

Avís de privacitat

Este lloc web utilitza només cookies tècniques necessàries per al seu funcionament. No s’emmagatzemen dades amb finalitats publicitàries ni es comparteixen amb tercers. S’utilitza analítica interna sense cookies, i només es recull la IP amb finalitats de seguretat.

Veure política de cookies