Protocolo de derivación a Orientación

Para derivar un alumno o alumna al departamento de orientación con la finalidad de que sea evaluado para aplicarles medidas de nivel IV, el tutor deberá realizar unos pasos previos:

  • Reunirse con el equipo docente para aplicar medidas de nivel II y nivel III, que no necesitan informe psicopedagógico y realizar seguimiento de las mismas.
  • Si estas medidas no funcionan, el tutor solicitará una valoración del departamento de orientación. Para ello deberá completar esta solicitud.

Una vez valorado el alumno/a, el departamento de orientación decidirá si es necesario una evaluación psicopedagógica:

  • Si no es necesaria, el equipo docente seguirá aplicando medidas de nivel II y nivel III.
  • Si es necesaria dicha evaluación, el tutor deberá formalizar la solicitud rellenando el modelo que el departamento de orientación le facilite y este emitirá un informe en un plazo de 30 días naturales.

En cualquier caso, el tutor deberá informar al equipo docente de la valoración del departamento de orientación y, junto a jefatura de estudios, realizar una reunión extraordinaria para explicar y consensuar con su equipo docente las medidas a tomar.

Para todo ello, el tutor cuenta con el apoyo del departamento de orientación y de jefatura de estudios.

Avís de privacitat: Ús de cookies pròpies per a anàlisis de visites

Este lloc web utilitza cookies pròpies amb l'únic propòsit d'analitzar el trànsit i millorar l'experiència de l'usuari. Les cookies són xicotets arxius de text que s'emmagatzemen en el teu dispositiu quan visites el nostre lloc. No compartim esta informació amb tercers ni la utilitzem per a fins publicitaris.

Veure política de cookies