🚍 TRANSPORTE ESCOLAR — CURSO 2025-2026 🚍

El transporte escolar colectivo es un servicio organizado por la Conselleria de Educación para facilitar el desplazamiento del alumnado desde determinadas zonas hasta el centro educativo mediante rutas autorizadas.

Podrá beneficiarse del transporte escolar el alumnado de ESO y Bachillerato cuya zona de residencia se encuentre incluida en una ruta de transporte escolar autorizada y que cumpla estas condiciones:

  • Estar matriculado en el centro que le corresponde (o en el centro al que está adscrito desde su colegio de Primaria).
  • Vivir a 3 km o más del centro, siguiendo el recorrido más corto y seguro.
  • O bien, estar matriculado en un centro de otro municipio porque en su localidad no existe esa oferta educativa.

Las familias deberán solicitar la condición de usuario del transporte escolar colectivo a través de la Secretaría del centro. Existen 2 formas:

  • Alumnado que en el curso 2024-2025 ya solicitó el transporte colectivo:
    • Se podrá acceder al borrador de la solicitud a través de WebFamilia (o pedirlo en el centro si no se tiene acceso).
    • Este borrador se debe que revisar, firmar y entregar en el centro.
      • Si los datos son correctos, no hace falta aportar documentación.
      • Si hay algún error, se debe corregir y presentar la documentación correspondiente.
      • Si falta algún alumno/a, se tendrá que hacer una solicitud nueva para ese caso.
  • Alumnado que en el curso 2024-2025 no solicitó el transporte colectivo:
    • Se debe rellenar el formulario oficial (Anexo I) y entregarlo en el centro, junto con la documentación necesaria:
      • Fotocopia del DNI alumno/a y DNI  del solicitante.
      • Volante de empadronamiento del alumno/a.

Los plazos para realizar los trámites son los siguientes:

  • Ordinario:
    • Hasta el 30 de julio de 2025 para el alumnado que continua sus estudios en el centro o para el alumnado que participa en el proceso de admisión.
  • Extraordinario:
    • Para alumnado que se matrícula fuera de los plazos ordinarios por circunstancias sobrevenidas, será de 10 días hábiles contados desde la fecha de matriculación.

Normativa: RESOLUCIÓN de 1 de julio de 2025, de la Dirección General de Centros Docentes, por la que se regula la organización y
funcionamiento del servicio de transporte escolar colectivo en centros educativos no universitarios de titularidad de la
Generalitat Valenciana para el curso 2025-2026.

Las ayudas individualizadas de transporte escolar están destinadas a compensar los gastos de desplazamiento del alumnado que no puede ser incluido en ninguna ruta de transporte colectivo autorizada.

Podrá solicitar las ayudas al transporte el alumnado que cumpla los siguientes requisitos:

  • Alumnado escolarizado en centros públicos dependientes de la Generalitat, que cumpla los requisitos establecidos en la base segunda de la Orden 37/2016.
  • Alumnado que esté escolarizado en alguno de los niveles educativos siguientes:
    • Educación Infantil de segundo ciclo
    • Educación Primaria
    • Educación Secundaria Obligatoria
    • Educación Especial
  • Alumnado que no pueda ser incluido en la ruta de transporte colectivo autorizada, que es la siguiente:

La tramitación debe realizarse de forma telemática a través de la sede electrónica de la Generalitat: TRÁMITE

Del 4 al 31 de julio de 2025, ambos incluidos.

Normativa: RESOLUCIÓN de 1 de julio de 2025, por la que se convocan ayudas individuales para el servicio de transporte escolar
para el curso 2025-2026.

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