CICLOS FORMATIVOS

CICLOS FORMATIVOS

ESTUDIA HOTELERÍA Y TURISMO EN EL IES GUILLEM DE ALCALÀ!!!!

El IES Guillem de Alcalà cuenta con la escuela de hotelería y turismo, escuela de referencia con una gran experiencia en la formación de profesional.

Imparte ciclos formativos de grado básico, medio y superior y el curso de especialización de la familia.

Un ciclo formativo permite obtener la titulación de PROFESIONAL BÁSICO (Grado básico), TÉCNICO (Grado Medio) o TÉCNICO SUPERIOR (Grado Superior) que habilita para poder desenrollar una profesión determinada.

El curso de especialización permite ampliar los conocimientos y responden de forma rápida a las innovaciones que se producen al sistema productivo, como también a ámbitos emergentes que complementan la formación incluida a los ciclos formativos de referencia.

Las materias que se cursan son todas teòrico-prácticas.

La relación de los ciclos formativos de la nueva Ley de Formación Profesional (LFP) que se imparten es la siguiente:

FAMILIA PROFESIONAL: HOTELERÍA Y TURISMO

  • Cocina y Restauración (Grado básico)
  • Cocina y Gastronomía (grado medio)
  • Servicios de restauración(grado medio)
  • Dirección en servicios de restauración (grado superior)
  • Dirección de cocina (grado superior) 
  • Curso de especialización de panadería y bollería artesanal. (grado medio)

CICLO FORMATIVO DE GRADO BÁSICO:

 – COCINA Y RESTAURACIÓN (2000 HORAS).

FICHA TÉCNICA

CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO:

– COCINA Y GASTRONOMÍA (2000 HORAS).

FICHA TÉCNICA

– SERVICIOS EN RESTAURACIÓN (2000 HORAS).

 * FICHA TÉCNICA

CICLO FORMATIVO DE GRADO SUPERIOR:

 – DIRECCIÓN EN SERVICIOS DE RESTAURACIÓN (2000 HORAS).

FICHA TÉCNICA

– DIRECCIÓN DE COCINA (2000 HORAS). (FP DUAL)

FICHA TÉCNICA

CURSO De ESPECIALIZACIÓN DE GRADO MEDIO: 

– PANADERÍA Y BOLLERÍA ARTESANAL (600 HORAS).

FICHA TÉCNICA

FORMACIÓN EN EMPRESAS 

La formación en empresa u organismo equiparado (de ahora en adelante FE) carencia de currículum propio y diferenciado; contribuye al desarrollo de parte de los resultados de aprendizaje (de ahora en adelante RA) de los módulos profesionales y de las competencias previstas del correspondiente currículum.

Tiene que contribuir de manera compartida junto con la formación en el centro docente al logro de las competencias generales, profesionales y para la empleabilidad de cada ciclo formativo, conforme dispone el arte. 55 de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo sobre el carácter dual de la Formación Profesional y se desenrolla en el título IV del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio.

¿Cuáles son los requisitos para iniciar la FE?

  • Tener cumplimientos 16 años
  • Haber adquirido las competencias relativas a los riesgos específicos y las medidas de prevención de riesgos laborales en las actividades profesionales correspondientes al perfil profesional, según se requiera en la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales, por lo cual resulta obligatoria su ubicación temporal en el primer trimestre del primer curso.
  • Estar en condiciones de cumplir con todos los compromisos establecidos en el artículo 153.3 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio.

Si el alumno no puede iniciar la FE, este continuará su formación en el centro educativo y será evaluado por el profesorado responsable de cada módulo.

La FE se formalizará mediante acuerdos y convenios de colaboración subscritos por la Dirección o titularidad del centro docente y el representante legal de la empresa u organismo equiparado.
En ningún caso la formación en empresa tendrá la consideración de prácticas ni supondrá la sustitución de las funciones que corresponden a un trabajador o trabajadora en la empresa.
En régimen general la relación entre alumno/a con la empresa u organismo equiparado se acogerá al que se dispone en la normativa laboral vigente.

En relación a la duración total de la FE, esta se puede realizar en dos regímenes:

  • Régimen General: La FE tendrá una duración de entre el 25% y el 35% de la duración total del ciclo. Incluirá al menos el 10% de los resultados de aprendizaje, distribuidas entre todos los cursos que componen el ciclo formativo.
  • Régimen Intensivo: La formación representará como mínimo el 35% de la duración total del ciclo e incluirá al menos el 30% de los resultados de aprendizaje, previa autorización de la dirección territorial de Educación.

ENLACES:

INFORMACIÓN FE CONSELLERÍA

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