Formación básica
Para ejercer la docencia en las diferentes enseñanzas reguladas por la LOE, hay que estar en posesión de las titulaciones académicas correspondientes y tener la formación pedagógica y didáctica que el Gobierno establezca para cada enseñanza.
La Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo, de Educación, establece en su preámbulo la necesidad revisar el modelo de formación inicial para adecuarlo al entorno europeo. Así mismo, tiene que garantizar, además de una adecuada preparación científica, una formación pedagógica y didáctica.
El Consejo de ministros aprobó el 14 de diciembre del 2007 las condiciones de acceso a los cuerpos de profesorado de educación secundaria obligatoria y bachillerato, formación profesional y enseñanzas de Idiomas, de acuerdo con el que dispone la LOE.
Así pues, se acuerda que es necesario ser graduado universitario y cursar un máster oficial específico de una duración de 60 créditos, de los cuales 16 tienen que corresponder al *Prácticum en la especialización, incluyendo el trabajo de fin de máster.
🔗Orden de 30 de septiembre del 2009 de la Consellería de Educación, por la cual se regula la convocatoria y el procedimiento para la selección de centros de prácticas y se establecen orientaciones para el desarrollo del Prácticum de los títulos oficiales de máster que habilitan para ejercer las profesiones de profesor de educación secundaria obligatoria y bachillerato, formación profesional y enseñanzas de idiomas
Curso 2024/2025
📄 Información de apoyo para el desarrollo del procedimiento
Modelos de certificado acreditativo del requisito del profesorado
Centros de prácticas
Relación definitiva de centros docentes que han superado la evaluación de su plan de trabajo y cumplen las condiciones de idoneidad para ser reconocidos como centros de prácticas de Máster de Secundaria para el curso 2024-2025, así como los centros excluídos.
Podéis escribir a certificacions@gva.es para cualquier consulta
PLA ANUAL DE FORMACIÓN PREVENTIVA DEL PERSONAL DOCENTE DE CENTROS EDUCATIVOS DE TITULARIDAD PÚBLICA
La formación preventiva del personal docente de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo se fundamenta en el establecido en el arte. 19 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y en el artículo 7 del Decreto 123/2001, de 10 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales en el ámbito de la administración de la Generalitat Valenciana.
En cumplimiento de la normativa anterior, la Administración de la Generalitat Valenciana tiene que garantizar que cada trabajador/a reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva. Esta formación tendrá que estar centrada específicamente en el puesto de trabajo y función que ejerza, adaptarse en la evolución de los riesgos y a la aparición otros nuevos, y repetirse periódicamente si fuera necesario.
Este deber de formación de la Administración de la Generalitat Valenciana constituye, igualmente, un derecho y un deber del personal docente, como parte de una protección eficaz en materia de seguridad y salud laboral.
El Plan Anual de Formación Preventiva de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo recoge la formación preventiva recomendada por el Servicio de Prevención del Personal Propio de la Generalitat Valenciana de la INVASSAT, después de las evaluaciones de riesgos realizadas en los centros educativos.
Formación Preventiva
- Formación a nivel básico de prevención de riesgos laborales para personal funcionario docente en prácticas o de nuevo ingreso, de 15 horas. Inscripción de oficio.
Se fundamenta en el Reglamento de los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales en el ámbito de la administración de la Generalitat Valenciana que establece que "la administración de la Generalitat Valenciana garantizará que todo el personal reciba una formación teórica y práctica mínima de 15 horas en materia preventiva en el momento de su acceso a la función publica".
Como novedad este curso, las 15 horas de prevención de riesgos laborales quedan integradas dentro de la formación inicial para el funcionariado en prácticas.
- Formación de nivel básico en prevención de riesgos laborales, de 20 horas. Dirigida al personal docente de centros educativos públicos de titularidad de la Consellería.
Contenidos básicos en materia de prevención de riesgos laborales y de la normativa relacionada, conocimientos específicos de los riesgos y su prevención derivados de su puesto de trabajo, adquisición de los conocimientos técnicos necesarios para el desarrollo de las funciones de nivel básico en materia de prevención de riesgos laborales. (Varias ediciones)
En Aulas Autoformación disponéis en abierto del curso de Formación inicial en Prevención de Riesgos Laborales.
La oferta de autoformación no se certifica
CURSO 2024/2025
REQUISITO DE FORMACIÓN PARA EL FUNCIONARIADO EN PRÁCTICAS EL CURSO 2024/2025
El 26 de septiembre de 2024 se publicó al DOGV la RESOLUCIÓN de 19 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Personal Docente, por la cual se regula la fase de prácticas del personal seleccionado y nombrado funcionario en prácticas derivada del procedimiento selectivo de ingreso en el cuerpo de maestros convocado por la Orden 11/2023, de 19 de diciembre, de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo.
Para obtener la información pertinente, las personas que este curso están en su fase de funcionario en prácticas hace falta que tengan activado el correo x...x@edu.gva.es dado que la comunicación se hará a través de este canal
- El curso de formación tendrá una duración de 45 horas (30 horas corresponden al curso específico para la mejora de las competencias docentes y 15 horas al módulo de prevención de riesgos laborales). Este curso se realizará a distancia, en la plataforma Aules.
- La estructura del curso será esta:
- Formación 30 horas: Mejora de las competencias docentes del profesorado.
-Área 1: enseñanza-aprendizaje
-Área 2: acción educativa. Convivencia
-Área 3: compromiso profesional
-Área 4: competencias transversales. Competencia digital docente
- Módulo 15 horas. Prevención de riesgos laborales.
-Normativa de prevención de riesgos laborales. Conceptos básicos. Trabajo, salud y riesgos profesionales.
-Seguridad en el trabajo
-Riesgos ligados al medio ambiente de trabajo
-Condiciones ergonómicas y organizacionales: carga física y mental
-Evaluación de riesgos y medidas de emergencia
-Control de la salud personal
- La inscripción de cada funcionario/a en prácticas se hará de oficio por el Servicio de Planificación y Gestión de la Formación Permanente del Profesorado. Este curso no se certificará porque, atendiendo a la Orden 65/2012. Artículo 28, apartado 2. En cualquier caso, no se reconocerán como formación del profesorado las actividades la superación de las cuales sea requisito para la obtención de una titulación académica o el acceso a la función pública.
- El curso se realizará de enero a marzo
- Las personas tutoras del funcionariado en prácticas disponéis de un espacio en Aules donde encontraréis información y documentación relevantes del proceso. Podéis acceder a través del siguiente enlace: Curso: Tutoritzación de prácticas | autoformación
Para cualquier duda o consulta relacionada con el requisito de formación, podéis dirigiros al correo funcionariospracticas@gva.es
▷ Convenis en matèria de pràctiques acadèmiques externes
▷ Convenis en matèria de pràctiques acadèmiques externes curriculars dels Graus en mestre o mestra d'educació infantil i en mestre o mestra d'educació primària
▷ Conveni en matèria de pràctiques acadèmiques externes curriculars del Màster universitari en professor/a d'Educació Secundària Obligatòria i Batxillerat, Formació Professional i ensenyaments d'idiomes
Correu: convenis.sfp@gva.es