Acceso a Bachillerato

Acceso a BACHILLERATO

Acceso a BACHILLERATO del alumnado procedente de sistemas educativos extranjeros

El alumnado procedente de sistemas educativos extranjeros que soliciten incorporarse al sistema educativo español en 1º o 2º de Bachillerato en nuestro centro, cuyo requisito de acceso es estar en posesión del título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria, tendrá que solicitar previamente la homologación de sus estudios en el extranjero (competencia exclusiva del Estado) en la Subdelegación del Gobierno de València (Alta inspección de València).

Formas de presentación de la solicitud y de la documentación requerida:

  • Telemáticamente, a través de la página web del Ministerio de Educación: Pulsa aquí, o
  • Presencialmente, recomendamos presentarlo en la Unidad de Registro de la Subdelegación de Gobierno de València, mediante cita previa: Pulsa aquí para cita previa

Cuando el/la interesado/a presente la solicitud en la Unidad de registro de la Subdelegación de Gobierno, ha de pedir que le sellen en la unidad de registro el «volante para la inscripción condicional en centros docentes o en exámenes oficiales«. Dicho volante permitirá la inscripción para el proceso de admisión/matriculación, en los mismos términos que si la homologación o convalidación hubiese sido concedida, aunque con carácter condicional y por el plazo fijado abajo, hasta que se produzca la resolución expresa del expediente.

Impresos para la presentación presencial de la solicitud:

Consultas concretas sobre el procedimiento de homologación/convalidación y de la documentación a presentar:

Correo electrónico de la ALTA INSPECCIÓN de València: educacion.valencia@correo.gob.es

Enlace a la información general del procedimiento: Pulsa aquí

Enlace a la información específica por países del Ministerio de Educación: Pulsa aquí

Más información ….

Note media provisional a efectos de admisión:

En el caso en que el procedimiento de homologación no haya concluido y el alumnado participe en un procedimiento de admisión a Bachillerato, puede aportar el volante de inscripción condicional sellado por la unidad de registro en que haya presentado la solicitud de homologación. En este caso, la nota media provisional será un 5. El/la interesado/a podrá presentar la credencial de homologación en el momento en que se le expida, por haber finalizado el procedimiento de homologación, siempre que sea anterior a la publicación del listado definitivo de alumnado admitido y no admitido.

Nota media definitiva:

La nota media de la etapa de ESO del alumnado que ha finalizado sus estudios de secundaria obligatoria en un sistema educativo extranjero será la que conste en la credencial de homologación expedida por el Ministerio de Educación y Formación Profesional tras la resolución expresa del expediente.

Resolución desfavorable:

En el caso de que la homologación o convalidación no se resuelva favorablemente, la inscripción condicional quedará sin efectos así como también los resultados de los exámenes realizados.

Plazos máximos de vigencia del volante de inscripción condicional:

  • Para la inscripción condicional, seis meses contados a partir de la fecha en que fue sellado por la Unidad de Registro.
  • Una vez realizada la inscripción condicional, el volante mantendrá su vigencia únicamente durante el curso académico en el que se haya realizado dicha inscripción, hasta la fecha de la firma del acta de evaluación final.

Plazo para la resolución de los expedientes de homologación o convalidación:

Tres meses, a contar desde la fecha en que el expediente se encuentre correctamente cumplimentado. La falta de resolución en plazo de los expedientes de homologación tiene efectos desestimatorios.