El carnet docente mantendrá su vigencia hasta el momento de la jubilación efectiva para el personal funcionario de carrera, personal laboral con contrato de duración indefinida o categorías asimiladas, así como para los funcionarios que se encuentren en periodo de prácticas. El carnet docente del personal funcionario interino, laboral temporal y asimilado mantendrá su validez hasta la finalización del curso académico en el que hayan prestado servicios.