JUSTIFICACIÓN NORMATIVA DEL PROYECTO

A continuación, se expone al justificación normativa, conforme a la legislación en vigor, que sostiene el proyecto para llevarlo a término:

A) LOMLOE (Ley Orgánica 3/2020):

Artículo 1: Principios > Equidad, inclusión, calidad educativa, aprendizaje a lo largo de la vida.

Artículo 4: Enseñanza básica > Educación orientada el desarrollo de competencias clave (todas).

Artículo 6. Currículo > Competencias clave, saberes básicos, situaciones de aprendizaje.

Artículo 19. Principios pedagógicos en primaria > Aprendizaje competencial, significativo, globalizado; Atención a la diversidad.

B) CURRÍCULO PRIMARIA (Decreto 106/2022):

Artículo 3. Finalidad de la etapa > Desarrollo integral del alumnado (personal, social y académico).

Artículo 6. Competencias clave > Carácter transversal. Favorece el aprendizaje interdisciplinar.

Artículo 8. Situaciones de aprendizaje > Significativas, contextualizadas y resolución de dificultades reales.

Artículo 10. Metodología > Promueve el aprendizaje activo, el trabajo cooperativo y el uso de metodologías innovadoras.

Artículo 12. Evaluación > Continua, formativa y competencial.

C) INCLUSIÓN EDUCATIVA (Decreto 108/2018):

Artículo 4. Principios de inclusión > Equidad, igualdad de oportunidades y accesibilidad universal: entrevistas individualizadas, DUA y adaptación a perfiles diversos (TEL, dislexia…).

Artículo 10. Respuesta educativa inclusiva > Medidas organizativas y metodológicas: organización por citas, apoyo de alumnado auxiliar y adaptación del proceso de recogida de información.

Artículo 14. Participación del alumnado > Derecho a participar en su proceso educativo: protagonista y agente activo de aprendizaje.

D) CONVIVENCIA E IGUALDAD (Decreto 195/2025):

Artículo 4. Principios de la convivencia > Inclusión, participación, equidad, corresponsabilidad y enfoque preventivo. Entrevistas individualizadas (garantía de equidad y participación real del alumnado y comunidad educativa), aprendizaje y servicio (desarrolla la corresponsabilidad en el cuidado del centro) y metodología DUA (asegura la inclusión efectiva).

Artículo 5. Finalidad de la convivencia > Desarrollo integral del alumnado, educación en valores y mejora del clima escolar.

Artículo 8. Promoción del bienestar emocional > Importancia del bienestar, clima positivo y prevención del malestar. Entrevistas como espacio de escucha activa y acompañamiento. Metodología activa para el aumento motivacional.

Artículo 10. Participación del alumnado > Derecho del alumnado a participar en la vida del centro, toma de decisiones y mejora del entorno. Participación real, no simbólica.

Artículo 11. Corresponsabilidad de la comunidad educativa > Implicación de alumnado, claustro y familias.

Artículo 14. Medidas preventivas > Prevención frente a sanción y actuaciones educativas. La mejora del entorno produce reducción de conflictos, y la implicación activa reduce las conductas disruptivas.

Artículo 15. Medidas educativas y restaurativas > Promoción de la reparación del daño, la responsabilidad y el aprendizaje de conductas.

Artículo 18. Plan de convivencia del centro > Actuación estructural del plan de Convivencia: planificada, evaluable y sostenida.

E) RESPUESTA EDUCATIVA PARA LA INCLUSIÓN (ORDEN 20/2019):

Artículo 3. Principios de la escuela inclusiva > Inclusión, equidad, participación, normalización y personalización del aprendizaje.

Artículo 4. Accesibilidad universal > Garantiza el acceso al aprendizaje de todo el alumnado.

Artículo 5. Respuesta educativa inclusiva > Flexible, ajustado a las necesidades y desarrollo en contexto ordinario.

Artículo 7. Niveles de respuesta > Nivel I (metodología activa, trabajo cooperativo, aprendizaje y servicio) y Nivel II (ajustes derivados de las entrevistas, adaptación de tareas y apoyos).

Artículo 8. Medidas organizativas y metodológicas > Organización flexible, agrupamientos diversos y metodologías inclusivas.

Artículo 13. Participación del alumnado > El alumnado participa en su aprendizaje y en la vida del centro.

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