Es MUY IMPORTANTE leer toda la información disponible en la web de Conselleria para canalizar adecuadamente las solicitudes y no sobrecargar las Secretarías de los centros educativos.
«Si las calificaciones del área o materia de valenciano necesarias para cumplir alguna de las condiciones establecidas en el artículo 16 de la Ley 1/2024, de 27 de junio, de la Generalitat, constan en el sistema de información ITACA o en la aplicación de pruebas de acceso a la universidad, estas se incorporarán de oficio al expediente administrativo del procedimiento. En caso contrario se deberá aportar la documentación acreditativa (certificado académico, historial académico, etc.) de la superación del área o materia de valenciano en los cursos correspondientes en la enseñanza requerida para el documento solicitado.»
https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=1723
Solicitud de expedición del certificado del nivel de valenciano (A2, B1, B2, C1) por homologación con los estudios del sistema educativo