CONVALIDACIONES DE MÓDULOS DE CICLOS FORMATIVOS

Solicitudes de convalidación de módulos profesionales de ciclos formativos.

La convalidación es el procedimiento por el cual se reconoce que unos estudios reglados oficiales del sistema educativo
contienen los resultados de aprendizaje, contenidos y carga horaria del módulo o módulos profesionales que se solicite
convalidar.


También es posible solicitar convalidaciones de módulos profesionales a partir de las unidades de competencia obtenidas por reconocimiento de la experiencia laboral o formación no formal en procedimientos de acreditación de competencias u otros.

¿Quién puede iniciarlo?

Alumnado matriculado en los ciclos formativos de Formación Profesional del sistema educativo en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.

¿Cuándo solicitarlo?


Plazos de presentación

Desde el 24 de septiembre de 2025 al 31 de octubre de 2025 de forma presencial en la Secretaría del centro.


Las personas que obtuvieran unidades de competencia vía el procedimiento permanente de acreditación de competencias profesionales, podrán presentar la solicitud a lo largo del curso.

Las solicitudes dirigidas al Ministerio de Educación podrán presentar la solicitud a lo largo del curso.

¿Dónde dirigirse?


Presencial
Se presentará en la Secretaría del centro docente público donde conste su expediente académico.


¿Qué documentación se debe presentar?

– Solicitud de convalidación de acuerdo con los modelos normalizados.
– A la petición se adjuntará la certificación académica oficial de los estudios cursados o, en su caso, el certificado de profesionalidad, la acreditación parcial de las competencias adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación según lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional. El centro incorporará al expediente académico del alumno o alumna copia compulsada de dicho documento.

IMPRESOS


SOLICITUD DE CONVALIDACIÓN DE ESTUDIOS CUYO RECONOCIMIENTO CORRESPONDE A LOS
DIRECTORES DE LOS CENTROS (LOE)



SOLICITUD DE CONVALIDACIÓN DE ESTUDIOS CUYO RECONOCIMIENTO CORRESPONDE A LA CONSELLERIA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE


¿Cómo se tramita?
Pasos

  1. Presentación en el centro público donde consta el expediente de la persona interesa de la documentación requerida junto al modelo de solicitud correspondiente.
  2. El centro docente procederá a resolver  del 1 al 30 de noviembre las convalidaciones que son de su competencia y a remitir al Ministerio de Educación y Formación Profesional el resto de las solicitudes, o a la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte las solicitudes de Inglés Técnico que no estén delegadas en el centro público.
  3. Resuelta la convalidación por el órgano competente, el alumno o alumna deberá presentar dicha resolución en el centro educativo donde conste el expediente académico y, en su caso, en el centro privado al que se encuentre adscrito,
    para que surta los efectos debidos.

Las resoluciones se registrarán mediante copia u otro procedimiento en el expediente académico del alumnado. Los módulos convalidados se consignarán en los documentos de evaluación.

Información complementaria

Más información de la Consellería de Educación sobre convalidaciones de módulos formativos:

https://ceice.gva.es/es/web/formacion-profesional/convalidaciones


Fuentes jurídicas y/o documentales.


Normativa


– Orden 79/2010, de 27 de agosto, de la Conselleria de Educación, por la que se regula la evaluación del alumnado de
los ciclos formativos de Formación Profesional del sistema educativo en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana
(DOCV nº 6348, de 06/09/2010).


– RESOLUCIÓN de 15 de septiembre de 2021, del director general de Formación Profesional y Enseñanzas de
Régimen Especial, por la que se delega en la dirección del centro educativo público la resolución del procedimiento
de convalidación del módulo profesional de Inglés Técnico/ Horario reservado para la docencia en inglés, de los ciclos
formativos de grado medio y superior de Formación Profesional en la Comunitat Valenciana.


– Real Decreto 1085/2020, de 9 de diciembre, por el que se establecen convalidaciones de módulos profesionales de
los títulos de Formación Profesional del sistema educativo español y las medidas para su aplicación, y se modifica el
Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del
sistema educativo.


Lista de normativa


Orden 79/2010, de 27 de agosto

Resolución de 15 de septiembre de 2021

Real Decreto 1085/2020, de 9 de diciembre


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