Las enseñanzas correspondientes a los dos cursos de bachillerato podrán organizarse, en el régimen de estudios nocturnos, de acuerdo con uno de los siguientes modelos:
Modelo A, según el cual las materias correspondientes a los dos cursos de bachillerato se distribuyen y agrupan en tres bloques. Cada bloque se cursa en un año académico.
Modelo B, conforme al cual las enseñanzas del bachillerato en régimen nocturno se configuran con la misma ordenación establecida con carácter general para el régimen ordinario diurno (dos años académicos).