Subvención a alumnado de Formación Profesional por desplazamiento para la realización de ciclos de formación profesional en centros alejados de la residencia habitual
Información básica
¿Qué es y para qué sirve?
Sufragar los gastos derivados de residencia, transporte y manutención de alumnado que curse ciclos de Formación Profesional en centros alejados de su residencia habitual.
Requisitos
Además de los requisitos de carácter general recogidos en la base cuarta de la Orden de bases reguladoras, se deberá estar matriculado en un centro público o concertado en el curso 2023-24 alejado de la residencia habitual al menos 14 km. Para solicitar la ayuda adicional por residencia, se habrá de residir fuera del domicilio habitual durante todo el curso académico, a excepción de los periodos vacacionales, a causa de la distancia entre su domicilio habitual y el centro educativo, de los medios de comunicación existentes o de los horarios lectivos. Como residencia habitual, se entenderá la que conste en Itaca, salvo que el alumno acredite una diferente, en cuyo caso se justificará y actualizará en Itaca debidamente.
¿Quién puede solicitarlo?
Alumnado de centros públicos o ciclos concertados, que curse en el año académico 2023-24 ciclos de Formación Profesional en centros alejados de su residencia habitual.
Procedimientos relacionados
Normativa del procedimiento
- Resolución de 17 de mayo de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a alumnado que curse Formación Profesional en 2023-2024 en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunitat Valenciana
- Bases reguladoras: Orden 5/2023, de 14 de octubre, de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones a alumnado que curse Formación Profesional en centros educativos sostenidos con fondos públicos
Listado de admitidos y excluidos