APD Reserva Plazas

Reserva de Plazas

En el procedimiento de admisión en las enseñanzas impartidas en centros docentes públicos y privados concertados se tendrá en cuenta lo siguiente:

  1. En primer lugar, se reservará como mínimo el 5 % de las plazas, con un mínimo de una plaza para cada ciclo y grado, para las personas con diversidad funcional. En caso de no resultar número entero se redondeará al número entero más próximo.
    En el procedimiento de admisión por medio de la reserva de diversidad funcional, el alumnado deberá aportar un informe de la jefatura del departamento de la familia profesional del ciclo correspondiente, sobre las capacidades y habilidades requeridas para poder adquirir los objetivos finales de capacitación profesional, donde se informe sobre los aprendizajes relacionados con las competencias profesionales del título que, en atención a su diversidad funcional, podrá conseguir.
  1. En segundo lugar, se reservará un 5 % de las plazas, para cada ciclo y grado, para las personas que acrediten la condición de deportista de élite de nivel A y nivel B, de conformidad con el Real decreto 971/2007, de 13 de julio y el Decreto 13/2006, de 20 de enero, del Consell de la Generalitat, en materia de deportistas de élite y de alto nivel o de alto rendimiento de la Comunitat Valenciana, sin que en ningún caso la reserva pueda ser inferior a una vacante; en caso de no resultar número entero se redondeará al número entero más próximo.

Una vez realizadas las reservas previstas en los apartados 1 y 2, del número de plazas restante se detraerán las cuotas siguientes para la admisión del alumnado, de acuerdo con los porcentajes de reserva siguientes:

  • Para el acceso directo, se reservarán el 50 % de las plazas disponibles.
  • Para el acceso con requisito académico y la prueba específica, se reservarán el 30 % de las plazas disponibles.
  • Para el acceso sin requisito académico y superen la prueba de acceso, se reservarán el 20 % de las plazas disponibles.

Las plazas no cubiertas en el proceso de matrícula ordinaria, según los porcentajes de reserva indicados, se podrán cubrir en proceso de matrícula extraordinaria.

Las plazas no cubiertas, en el proceso de matrícula extraordinaria, incrementarán las restantes en el orden siguiente:

  • Las correspondientes a los apartados 1 y 2 incrementarán la reserva del apartado c del punto 3
  • Las correspondientes a los apartados a) o b) del punto 3, incrementarán la reserva del apartado c.
  • Las correspondientes al apartado c del punto 3, incrementarán la reserva del apartado b.
  • Las correspondientes a los apartados c) y b) del punto 3 simultáneamente, incrementarán la reserva del apartado a.