¿Estoy obligada/o a realizar prácticas formativas en una empresa?
Sí, la Formación en Centros de Trabajo (FCT) es un módulo formativo más y tiene una
importancia trascendental para la buena marcha de la formación profesional.
¿En qué consisten las FCT o prácticas formativas en una empresa?
Consiste a desarrollar las actividades que se han aprendido durante el curso en la
parte teórica, en un ámbito práctico y real dentro de una empresa, acercando al
alumnado a la realidad laboral con la que se encontrará cuando acabe sus estudios y
entre en el mercado laboral.
Normativa reguladora
•ORDEN 12/2022, de 9 de marzo
•RESOLUCIÓN de 2 de junio de 2022
Características de la Formación en centros de Trabajo (FCT)
•desarrollado en un entorno laboral
•orientado por el tutor/a del centro e instructor/a de la empresa•realizarás actividades de su programa formativo, previamente establecido
•te permitirá conocer el mundo productivo real
•La duración es de 400 h para Grado Superior, y de 380 h para Grado Medio
Modelos de FCT
Modelo Ordinario: se realiza de forma total, ininterrumpidamente, en segundo curso
una vez superados los módulos formativos del currículum correspondiente, según el
calendario escolar establecido (desde el 20 de marzo hasta el 20 de junio,
aproximadamente)
Modelo Flexible: se realiza de forma parcial, en varios períodos, con carácter
voluntario para el alumnado, según acuerdo del equipo educativo y autorización de la
dirección del centro, a partir de la finalización del tercer cuatrimestre del primer curso.
Vinculación con la empresa:
La relación con el centro de trabajo no es laboral ni tendrá que estar retribuida
económicamente, aunque sí será dado de Alta en la Seguridad Social.
Sin embargo, es compatible con la percepción de subvenciones o becas, públicas o
privadas, en concepto de desplazamiento o dietas.
Requisitos de acceso:
Modelo Ordinario:
• En 2º año: cuando se tenga pendiente de superación uno o más módulos, la
suma horaria de los cuales sea igual o inferior al 15 % (240 h).
Modelo Flexible:
• En 1r curso: una vez superada la parte de PRL de FOL (1r trimestre) y se haya
alcanzado, como mínimo, el 80 % de los resultados de aprendizaje (192 h
pendientes)
• En 2º curso: en cualquier momento
¿Qué contempla el convenio de colaboración entre IES -EMPRESA?
•El programa de formación
•El instructor/a en el centro y en la empresa
•Jornada laboral y horarios en la empresa
•Los seguros necesarios para el alumnado
Exención de FCT: si ya tienes experiencia en el mundo laboral puedes solicitar:
Exención total: Se debe siempre acreditar:
•un año trabajado a tiempo completo
•acreditación suficiente de la capacitación de al menos, el 85% de las
competencias profesionales establecidas en el programa formativo
Exención parcial: En caso de no llegar al año trabajado o si se ha llegado, no superar
el umbral del 85%, se realizará una exención parcial, valorando las capacidades
alcanzadas según la experiencia acreditada
Procedimiento solicitud exención: debes presentar la solicitud en secretaría:
•personalmente
•por correo certificado
Documentación:
•Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o equivalente:
que conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el periodo de
contratación.
•Contrato de trabajo o certificación de la empresa, en el que se especifique la
duración de los periodos de prestación del contrato, la actividad desarrollada y
el intervalo de tiempo en el que se ha realizado esta actividad.
Departamento de prácticas FCT/DUAL
Toda la información oficial sobre la Formación en Centro de Trabajo
https://ceice.gva.es/es/web/formacion-profesional/formacion-en-centros-de-trabajo