Alumnado menor de edad

Para acceder por primera vez a las enseñanzas de idiomas es requisito tener dieciséis años o cumplirlos el año natural en que se empiezan los estudios.
Pueden acceder por primera vez los mayores de catorce años en el año natural en que se matriculan para seguir la enseñanza de una lengua extranjera diferente de la primera lengua extranjera que cursan en la Educación Secundaria Obligatoria y/o para seguir la enseñanza tanto de valenciano como de español como lengua extranjera en caso de haber sido escolarizados en el sistema educativo valenciano en los últimos dos años antes del inicio del curso 2024-2025.

Los tutores legales de dicho alumnado deberán firmar y aportar el impreso de autorización al formalizar la matrícula.

Alumnado menor de edad cuyos tutores legales conviven juntos

 Impreso a rellenar y presentar junto con la documentación de matrícula. Para las instrucciones de matrícula y la documentación a aportar, consulte el apartado de Inscripción y matrícula cursos curriculares.

Alumnado menor de edad cuyos tutores legales no conviven juntos

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