Para acceder por primera vez a las enseñanzas de idiomas es requisito tener dieciséis años o cumplirlos el año natural en que se empiezan los estudios.
Pueden acceder por primera vez los mayores de catorce años en el año natural en que se matriculan para seguir la enseñanza de una lengua extranjera diferente de la primera lengua extranjera que cursan en la Educación Secundaria Obligatoria y/o para seguir la enseñanza tanto de valenciano como de español como lengua extranjera en caso de haber sido escolarizados en el sistema educativo valenciano en los últimos dos años antes del inicio del curso 2025-2026.
Los tutores legales de dicho alumnado deberán firmar y aportar el impreso de autorización al formalizar la matrícula.
Impreso a rellenar y presentar junto con la documentación de matrícula. Para las instrucciones de matrícula y la documentación a aportar, consulte el apartado de
Inscripción y matrícula cursos curriculares.
En el caso de progenitores o representantes legales de un alumno o alumna que hayan finalizado su convivencia por motivos de separación, divorcio, nulidad matrimonial, ruptura de pareja de hecho, o situaciones análogas, los dos progenitores o tutores legales deberán personarse en la Secretaría de la Escuela Oficial de Idiomas de Quart de Poblet, si bien no necesariamente ambos a la vez, para dejar constancia de su consentimiento a matricular al menor.
A tal efecto, una vez se le haya adjudicado plaza al alumno o alumna, cada uno de los progenitores o tutores legales deberá personarse en la Secretaría de la escuela, rellenar y firmar un impreso que se les facilitará en ese momento.
No se aplicará lo anterior cuando un único firmante acredite, mediante el correspondiente pronunciamiento judicial, que se ha limitado la patria potestad del no firmante. En este caso la dirección del centro procederá tal como haya dispuesto el pronunciamiento judicial aportado.
La matrícula del alumno o alumna menor de edad no estará formalizada hasta completar ese paso.
Para más información, consulten la
Resolución de 14 de febrero de 2019 (DOGV Núm 8490 – 20/02/2019) de la Secretaría Autonómica de Educación e Investigación, por la cual se dictan instrucciones al respecto, en especial el apartado quinto, Admisión y matriculación.
