DelegaTIC

Hasta inicios del presente curso escolar, el SICE estaba integrado dentro de la DGTIC, la cual dependía de la Conselleria de Hacienda y Modelo económico. El ROF de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, establecía que la Dirección General de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (DGTIC) es el único departamento con competencias para contratar bienes y servicios TIC para las Consellerias y organismos autónomos de la Generalitat con alguna excepción para la Conselleria de Sanidad y Salud Pública.

La Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte y los mismos centros educativos, son los máximos conocedores de las necesidades reales de este tipo de equipamiento de uso habitual, por lo cual, se remitió una solicitud desde esta Conselleria a la DGTIC para la delegación de competencias en favor de los centros educativos no universitarios de titularidad de la Generalitat.

Fruto de este proceso se creó la web de consulta DelegaTIC, en la cual se incluía el catálogo de productos TIC, tanto de hardware como de software, que los centros podían adquirir por sus propios medios, bajo ciertos condicionantes.

El catálogo podía actualizarse en cualquier momento, por lo que podían ir apareciendo o desapareciendo artículos en los diferentes apartados, indicándose en la web la fecha de última actualización.

Ante la necesidad de adecuarse a la normativa reguladora de la contratación administrativa se estableció que, cada vez que se incluyera o se quitara algo en el catálogo, habría una resolución nueva de la DGTIC con vigencia desde su firma

Con la nueva reestructuración de las Consellerias, fruto del cambio de gobierno, el SICE ha pasado a integrarse dentro de la reciente creada Dirección General de Infraestructuras Educativas, dependiendo de la Subdirección General de Informática para Educación e Innovación.

Estos cambios recientes implican la necesidad de publicar nuevas resoluciones, conforme a la nueva situación administrativa, pasando a ser la DGIE el departamento con competencias para contratar bienes y servicios TIC para Educación. Este cambio es inminente; en todo caso, lo importante es que: antes de adquirir cualquier equipamiento producto TIC por sus propios medios, los centros deberán consultar si el material que quieren comprar figura en la última resolución publicada.