Normativa per poder sol·licitar doble especialitat (texto refundido de la orden 28/2011 y 49/2015)
Orden 28/2011 y Orden 49/2015 (modifica aspectos de la Orden 28/2011)
El termini per a sol·licitar Doble Especialitat serà del 17 al 30 de juny.
La sol·licitud es deurà enviar al conservatori dins deltermini establert i el centre estudiarà la viabilitat d’aquesta. La resolució es farà en el mes de setembre segons l’ordre de prelació establert en la normativa vigent.
Art. 3 apartado 3. El alumnado que desee realizar simultáneamente una segunda especialidad en las enseñanzas elementales de Música podrá optar entre solicitar el ingreso en primer curso en la nueva especialidad, o superar una prueba de acceso a un curso distinto del primero, según el nivel que el aspirante considere que posee y estará condicionada a la existencia de plazas vacantes. El alumnado que solicite el ingreso en primer curso en la nueva especialidad, no volverá a realizar la prueba de ingreso, y podrá acceder a las plazas vacantes conforme a la nota media de su expediente académico y al orden de prelación establecido en esta norma. El alumnado conservará la calificación obtenida en las asignaturas comunes a ambas especialidades.
Art.16 Prelación en la formalización de matrícula del alumnado.
Artículo 23. El alumnado que curse más de una especialidad de las enseñanzas elementales de música, o de las enseñanzas profesionales de música o de danza, únicamente cursará las asignaturas comunes por una de ellas. Una vez cursadas y superadas en una especialidad, la calificación obtenida es válida para todas las especialidades, y de esta manera deberá constar en el libro de calificaciones. Tendrán consideración de materias comunes las contempladas en el artículo 12 del Decreto 159/2007, de 21 de septiembre, del Consell, en las enseñanzas elementales de música, las que figuran en el artículo 14
del Decreto 158/2007, de 21 de septiembre, del Consell, en lo que se refiere a las enseñanzas profesionales de música.