Premios profesionales 2026

CONVOCATORIA PREMIO 2026 (FECHA Y TRIBUNAL)

Resolución 4/07/26

NORMATIVA GENERAL PREMIOS

ANEXO E INSCRIPCIÓN (entre el 15 de junio y el 1 de julio de 2026), (Presentar la documentación en el conservatorio, presencial o email)

MODELO ACTA

Fase de centro

La fase de centro se desenrollará en los conservatorios profesionales y centros autorizados, de acuerdo con el que
dispone la sección Y del capítulo III de la Orden 4/2026, de 1 de abril (artículos 10 a 16).Podrá participar el alumnado que haya cursado y superado el sexto curso de las enseñanzas profesionales de Música o de
Danza en el curso académico 2025-2026 en conservatorios profesionales o centros autorizados de la Comunidad Valenciana,
siempre que cumpla las condiciones de acceso y los requisitos académicos que establece el artículo 10 de la Orden 4/2026, de 1 de abril.la inscripción se realizará en lo centro en el que se hayan finalizado las enseñanzas profesionales, mediante la
presentación de la solicitud disponible en el procedimiento telemático habilitado en la sede de la Generalitat, en el plazo
comprendido entre el 15 de junio y el 1 de julio de 2026.

Junto con la solicitud habrá que aportar la documentación que prevé el artículo 12 de la Orden 4/2026, de 1 de abril.
En la modalidad de Música, se presentarán las obras del programa a interpretar, cada una en un archivo independiente en formato
PDF, debidamente identificado y coincidente con la versión que se ejecutará, incluyendo, cuando proceda, la partitura general
de las obras con acompañamiento, y habrá que indicar la duración aproximada de cada pieza. En la modalidad de Danza, se aportará
el programa a interpretar con los datos necesarios para su evaluación.

La inscripción requerirá, en todo caso, autorización exprés para que el centro pueda grabar las pruebas y registrarlas en
un apoyo que permita su posterior reproducción, con la finalidad exclusiva de evaluación por parte del tribunal. Corresponde
a la secretaría del centro, o a quien ejerza sus funciones en los centros autorizados, verificar el cumplimiento de los
requisitos y la presentación adecuada de la documentación.

Las pruebas se celebrarán en audición pública y podrán realizarse hasta el 6 de julio de 2026. Su contenido,
desarrollo y duración mínima se ajustarán al que establece el artículo 11 de la Orden 4/2026, de 1 de abril. La evaluación la
realizará el tribunal designado por la dirección del centro, de conformidad con el que prevé el artículo 13, aplicando los criterios
públicos de evaluación y calificación que establece el artículo 14 de esta orden.

El centro publicará el acta con los resultados y la propuesta provisional de adjudicación del premio y, en su caso, de
menciones de honor, en su tablón de anuncios o medios de difusión internos. Las reclamaciones se tramitarán conforme al que se
dispone en el artículo 16 de la Orden 32/2011, de 20 de diciembre, de la Consellería de Educación, Formación y Ocupación, por la cual
se regula el derecho del alumnado a la objetividad en la evaluación, y se establece el procedimiento de reclamación de calificaciones
obtenidas y de las decisiones de promoción, de certificación o de obtención del título académico que corresponda. Resueltas las
reclamaciones, el centro hará públicos los resultados definitivos. La obtención del premio en esta fase habilitará para concurrir a la
fase autonómica en los términos que prevé la Orden 4/2026, de 1 de abril.

Artículo 11. Pruebas ORDEN 4/2026

  1. El contenido del programa presentado se ajustará, como mínimo, a los contenidos finales correspondientes a los currículums
    vigentes de cada centro, del sexto curso de enseñanzas profesionales de Música y de Danza.
  2. En los Premios Profesionales de Música, la fase de centro consistirá en una prueba de interpretación en audición
    pública, en la cual la persona participando tendrá que presentar un programa compuesto por un mínimo de tres obras, estudios o
    movimientos pertenecientes a diferentes estilos de la especialidad correspondiente.
    La duración del programa presentado será de al menos treinta minutos. El tribunal establecerá un límite máximo de treinta
    minutos para la prueba y seleccionará las obras, movimientos o fragmentos que tendrán que interpretarse, ajustando la duración total a
    este límite.
    Las obras que requieran acompañamiento instrumental tendrán que interpretarse con el acompañamiento o la
    reducción correspondiente. El centro pondrá a disposición del aspirante el acompañamiento pianístico o clavecinístic en las
    especialidades para las cuales la Administración haya asignado este recurso, siempre que el repertorio se haya trabajado durante el curso
    académico. En las especialidades que no cuentan con este servicio, el aspirante quedará exento de la obligación de interpretar con
    acompañamiento, sin perjuicio que pueda aportarlo por medios propios.
  3. En los Premios Profesionales de Danza, la fase de centro consistirá en una prueba de interpretación en audición
    pública, en la cual la persona participando tendrá que presentar un programa compuesto por obras, movimientos o variaciones
    extraídas de repertorios representativos de autores o autoras tanto clásicos como contemporáneos, así como en la interpretación de una
    composición de creación propia, correspondiendo a la especialidad por la cual se presenta el alumnado.
    El alumnado presentará un programa con una duración mínima de veinte minutos. El tribunal podrá establecer un límite
    máximo de veinte minutos para la ejecución, de acuerdo con su criterio.
    Las obras que requieran acompañamiento tendrán que interpretarse obligatoriamente con el acompañamiento
    correspondiente, facilidad por el profesorado del centro. Así mismo, cuando la obra lo requiera, se tendrá que aportar acompañante por
    a pasos a dos o para agrupaciones.

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