Han sido publicados los listados de beneficiarios de ayudas de material escolar. Se pueden ver a partir de hoy en el tablón de anuncios del centro.
Podéis acceder a la normativa a través del siguiente enlace: https://ceice.gva.es/documents/162640666/172239352/RESOLUCI%C3%93N+PUBLICADA+DOGV.pdf/12b26095-c394-511d-b4cf-239102e9da04?t=1686122914238
El 22 de septiembre se publicó en la web del centro información sobre estas ayudas de material escolar. Este es el enlace: https://portal.edu.gva.es/ciudaddebolonia/2023/09/22/ayudas-de-material-escolar/
De acuerdo a la normativa vigente, contestamos las preguntas más comunes:
¿A QUIÉN VA DIRIGIDA ESTA AYUDA?
Tal y como se publicó en la página web del centro en el mes de junio de acuerdo a la normativa publicada el día 2 de junio, para obtener esta ayuda se deberá haber obtenido la ayuda completa de comedor escolar (19 y 20 puntos).
En esta resolución se establece que únicamente pueden ser beneficiarios de estas ayudas las personas que realizaron la solicitud en los plazos establecidos (del 8 de junio al 11 de julio), tal y como queda redactado en el apartado séptimo de la resolución de 2 de junio de 2023. Aquí se dispone que «El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria, hasta la finalización del periodo de formalización de la matrícula para el curso 2023-2024». «El incumplimiento del plazo de presentación de la solicitud determinará la exclusión de la convocatoria».
Por lo tanto, todas las solicitudes realizadas fuera de estos plazos no han sido procesadas o han quedado excluidas.
¿CÓMO SE COBRA LA AYUDA?
Se debe presentar la factura (no ticket) a nombre de la persona solicitante, en la que se identifica qué material ha sido comprado, en la secretaría del centro en los siguientes 10 días hábiles a la publicación de los listados de personas beneficiarias. Por lo tanto, el plazo acabará el próximo 29 de noviembre de 2023.
De acuerdo a la normativa, «En ningún caso el importe abonado podrá ser superior al importe justificado con la documentación presentada por la persona solicitante.»
El importe total de las ayudas se distribuirá proporcionalmente entre todas las personas solicitantes que cumplan con las obligaciones y los requisitos para ser beneficiarias de la ayuda, con un importe máximo individualizado de 30 euros.
El centro educativo, una vez recibida la transferencia del importe de las ayudas por parte de Conselleria de Educación Cultura y Deporte, efectuará el abono a las personas beneficiarias.
¿QUÉ MATERIAL SE PUEDE SUBVENCIONAR?
Podrá ser objeto de financiación cualquier material escolar no curricular de uso directo para el alumnado que no esté incluido en el Programa de reutilización, reposición y renovación de libros de texto y material curricular de la Generalitat (Programa de Banco de Libros de Texto), siempre que este material haya sido adquirido, por la persona solicitante de la ayuda, entre el 22 de junio y el 30 de septiembre de 2023.
No será subvencionable, en ningún caso, la adquisición de material informático.
¿PUEDO HACER UNA ALEGACIÓN?
Las personas interesadas tendrán un plazo de un mes, desde la publicación de los listados, para presentar un recurso de reposición, por medio de la aportación, en el mismo centro educativo, de la documentación que estimen adecuada, junto con el modelo de Recurso correspondiente. En el caso de alegar que la ayuda no ha sido concedida a pesar de que la solicitud se presentara dentro de las fechas establecidas, se deberá entregar la copia sellada por el centro con la fecha de registro del día en que se presentó la solicitud.
El modelo de recurso estará disponible en la secretaría del centro y también a través del siguiente enlace: https://ceice.gva.es/documents/162640666/0/Modelo+Recurso_Material.pdf/d29648f0-9818-c895-bed3-f33202e4cb86?t=1698135928994
Rogamos que estos trámites se realicen en las horas de atención de secretaría para poder atender a las familias lo mejor posible. Este horario es:
Lunes de 9 a 10:30 y viernes de 11:45 a 14h.
Modelo-Recurso_Material