AUSENCIAS

FALTAS DE ASISTENCIA

– Las faltas de asistencia deberán ser justificadas siempre por escrito, por medio de agenda o a través de Webfamilia.

– Los padres de los alumnos que deban ausentarse del centro dentro del horario escolar por motivos justificados, deberán firmar la responsabilidad de su custodia en conserjería.

– Los retrasos reiterados sin justificación pueden convertirse en amonestaciones.

– En caso de no recoger al alumno/a dentro del horario establecido, pasados 10 minutos se avisará a la familia y no ser localizada se tomarán las medidas oportunas.

– La legislación vigente establece el derecho y el deber de asistir al colegio. El deber de asistir al colegio incluye que el alumno/a se prepare para las clases, colabore en ellas, realice las tareas que se le encomienden y disponga de los elementos de estudio y trabajo que se le exigen.

Permisos para no asistir a clase o a otras actividades escolares

– Los permisos de pocos días de duración los concede el profesor tutor.

– Los permisos de duración considerable los concede la Dirección del Centro. El solicitante se responsabiliza del posible descenso en los rendimientos que pudiera ocasionar el permiso.

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