El módulo profesional de FCT tiene por finalidad que el alumnado adquiera los resultados de aprendizaje (LOE), que deben ser desarrollados en un ámbito productivo real, donde el alumnado observe y desempeñe las funciones propias de la profesión, conozca la organización de los procesos productivos o de servicios y las relaciones sociolaborales en el centro de trabajo.
Los periodos de realización del módulo profesional de FCT serán con carácter general en calendario escolar lectivo, y se desarrollarán preferentemente, aunque no en exclusiva, en dos períodos anuales distintos:
a) Primer período anual: Se desarrollará en el tercer trimestre del segundo curso académico de los ciclos formativos. (Marzo-Junio)
b) Segundo período anual: Se desarrollará en el primer trimestre del curso académico siguiente al que se hubiera realizado el primer período anual. (Septiembre-Diciembre).
La duración y los horarios de la realización del módulo profesional de FCT son:
Grado superior 400 horas
FP Básica 240 horas
El número máximo de horas por jornada de prácticas se ajustará al que marque la normativa vigente general y sectorial, atendiendo en particular a la normativa aplicable a menores de edad, en su caso.
Durante el periodo de realización del módulo profesional de FCT el horario del alumnado deberá adaptarse al horario laboral del centro de trabajo y con carácter general dentro del periodo comprendido entre las 6:00 y 22:00 horas. El horario se especificará para cada alumno.
La relación entre el alumnado y el centro de trabajo no tendrá en ningún caso naturaleza jurídica laboral o funcionarial y por tanto el alumnado no podrá percibir retribución alguna por su actividad formativa, ni por los resultados que de ella puedan derivarse.
ORDEN 12/2022, de 9 de marzo, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la cual se regula el módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo (FCT) de los ciclos formativos de grado medio y superior, Formación Profesional Básica, Programas Formativos de Calificación Básica, Cursos de Especialización y Bloque de Formación Práctica (BFP) de las Enseñanzas de Régimen Especial, en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.