Admisión-Matrícula 2025/2026

PROCESO Y CALENDARIO de admisión y matriculación para el curso 2025-2026 en la C. Valenciana.

1.-INFORMACIÓN BÁSICA

1.1. OBJETO

Del 20 al 27 de marzo

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el título II establece el marco en el cual las Administraciones educativas tienen que regular la admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados, de forma que se garantice el derecho a la educación, el acceso en condiciones de igualdad y la libertad de elección de centro, atendiendo una escolarización equilibrada entre todos los centros sostenidos con fondos públicos del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.

De acuerdo con esto, la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo ha elaborado normativa propia para regular la admisión del alumnado en los centros públicos y privados concertados en las enseñanzas de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional, tanto básica, como de grado medio y superior, así como programas formativos de calificación básica.

Toda esta normativa, así como las resoluciones donde se establecen los calendarios y los procedimientos para la admisión del alumnado para el próximo curso escolar 2025-2026, la podrán encontrar en la web oficial de Conselleria en el apartado ADMISIÓN DE ALUMNADO. Adjuntamos el documento y el enlace: https://ceice.gva.es/es/web/admision-alumnado/inicio

1.2. NORMATIVA

2.-CALENDARIO DE ADMISIÓN

CONFIRMACIÓN DE PLAZA

  • Del 20 al 27 de marzo

a) PRESENTACIÓN TELEMÁTICA DE SOLICITUDES DE ADMISIÓN

– Educación infantil y educación primaria: del 6 de mayo hasta el 14 de mayo.

b) PUBLICACIÓN DE VACANTES PROVISIONALES: 4 de junio

c) PUBLICACIÓN DE VACANTES DEFINITIVAS: 18 de junio

d) PLAZO DE FORMALIZACIÓN DE MATRÍCULA TELEMÁTICA PARA EL ALUMNADO QUE HA PARTICIPADO EN ADMISIÓN

– Educación infantil y educación primaria: del 18 al 27 de junio.

e) PLAZO DE FORMALIZACIÓN DE MATRÍCULA PRESENCIAL (EN EL CASO DE NO HABERSE FORMALIZADO TELEMÁTICAMENTE) PARA EL ALUMNADO QUE HA PARTICIPADO EN ADMISIÓN

– Educación infantil y educación primaria: del 18 de junio al 2 de julio

f) EL ALUMNADO PROCEDENTE DE CENTROS ADSCRITOS, que haya confirmado plaza, formalizará la matrícula presencial : del 19 al 26 de junio.

g) PLAZO DE FORMALIZACIÓN DE LA MATRÍCULA PRESENCIAL PARA CUBRIR LAS PLAZAS VACANTES RESULTANTES, PRODUCIDAS POR RENUNCIA, ABANDONO, BAJA U OTRAS CAUSAS DEBIDAMENTE JUSTIFICADAS, DEL ALUMNADO QUE SIGA EN EL ORDEN DE PUNTUACIÓN DE LA LISTA DE ESPERA:

– Educación infantil y educación primaria: del 3 al 4 julio.

CONFIRMACIÓN DE PLAZA ESCOLAR 2025-2026

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CONFIRMACIÓN DE PLAZA ESCOLAR 2025-2026

 

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SOLICITUD

DOCUMENTACIÓN

AL REALIZAR LA SOLICITUD:

La participación en el proceso de admisión, se realizará, exclusivamente, de forma telemática, con las salvedades
contempladas en el resuelvo sexto, referidas a los CEE y las UECO.
Los centros educativos de titularidad de la Generalitat y los centros concertados de titularidad privada con
enseñanzas concertadas facilitarán el acceso a la plataforma Adminova.gva.es a los interesados en presentar una solicitud
que no dispongan de medios electrónicos o de conocimientos suficientes para poder interactuar con la administración
electrónica, poniendo a su disposición los instrumentos informáticos y el asesoramiento necesarios.

Tramitación electrónica del procedimiento de admisión

  1. De acuerdo con lo establecido en el Decreto 48/2024 y en la Orden 8/2024, el procedimiento de admisión a las
    enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en el curso
    2025-2026 debe tramitarse de forma electrónica.
    Los interesados podrán consultar la normativa y acceder a las distintas fases del procedimiento de admisión a
    través del portal Adminova.gva.es. Desde esta ubicación electrónica también es posible acceder a la «Secretaría Digital».
  2. El formato válido y oficial de todos los documentos será únicamente el que esté disponible en el portal citado en
    el apartado anterior y el que se genere a través de la aplicación informática correspondiente.
  3. Los interesados deberán acceder al portal Adminova.gva.es para rellenar el formulario electrónico de solicitud
    de admisión, según la enseñanza que corresponda, tanto en la fase ordinaria como extraordinaria.
  4. Deberá presentar la solicitud el padre, madre o tutor o tutora o representante legal del alumno o alumna para
    quien se solicita plaza escolar, salvo que éste o ésta sea mayor de edad o menor emancipado.
    El interesado formulará una solicitud para cada alumno o alumna que contendrá una declaración responsable de
    cada una de las circunstancias requeridas para la admisión. En el momento de formular la solicitud no se requerirá la
    aportación de la documentación acreditativa de las circunstancias alegadas. Esta documentación se aportará en el momento
    en que se formalice la matrícula.
    Los participantes en el proceso de admisión deberán cumplir los requisitos de participación y reunir las
    circunstancias alegadas como criterios para la valoración de las solicitudes en el momento de presentación de la solicitud de
    plaza, tal como se hace constar en la declaración responsable.
  5. Para poder realizar la solicitud será necesario obtener la «clave de acceso» desde el portal Adminova.gva.es,
    previa verificación de la identidad de la persona que realiza la solicitud. La «clave de acceso» estará compuesta por un
    identificador personal y una contraseña que deberá ser conservada para presentar reclamación, si fuera necesario, y
    consultar los resultados de la adjudicación.
    El interesado obtendrá una única «clave de acceso» para todas las solicitudes que presente.
  6. La «clave de acceso» se podrá obtener mediante alguno de los siguientes sistemas de verificación de identidad:
    a) Si el solicitante dispone de DNI, se obtendrá mediante la siguiente combinación:
    – Número de DNI
    – Número de soporte (identificado como IDESP en los modelos antiguos)
    – Fecha de nacimiento
    b) Si el solicitante dispone de NIE, tarjeta de extranjero o permiso de residencia, se obtendrá mediante la siguiente
    combinación:
    – NIE
    – Número de soporte (identificado como IXESP en los modelos antiguos de NIE)
    – Fecha de nacimiento
    c) Si el solicitante dispone de certificado de registro de ciudadanía de la Unión Europea, se obtendrá mediante la
    siguiente combinación:
    – NIE
    – Número del certificado precedido por la letra C
    – Fecha de nacimiento
    d) Cualquier otro medio electrónico de verificación de identidad entre los siguientes:
    – Certificado digital emitido por la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica de la Generalitat (ACCV).
    – Sistema de identidad electrónica para las administraciones Cl@ve.
    – eDNI, con su respectivo lector.
  7. Los solicitantes de nacionalidad extranjera que únicamente dispongan de pasaporte u otro documento distinto del
    NIE, tarjeta de extranjero, permiso de residencia o Certificado de registro de ciudadanía de la Unión Europea como
    documento de identificación, deberán acudir al centro en el que soliciten plaza como primera opción, que será habilitado
    como punto de atención a los usuarios.
  8. Todos los centros sostenidos con fondos públicos serán centros de atención a los usuarios. En estos puntos, a
    través de la correspondiente aplicación informática, se generará una «clave de acceso» que garantizará, al colectivo citado
    en el punto anterior y a aquellos solicitantes que no dispongan de medios electrónicos o conocimientos suficientes para
    poder trabajar con la administración electrónica, la participación en el procedimiento en las mismas condiciones que el
    resto de los solicitantes.
  9. La Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo podrá solicitar la colaboración de otras
    instancias administrativas para garantizar la autenticidad de los datos que los interesados y los centros aporten en el proceso
    de admisión del alumnado.

Formulario de solicitud

  • Una vez obtenida la «clave de acceso» se accederá al formulario electrónico de solicitud de admisión, a través
    del portal de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo habilitado para la admisión del alumnado. Este
    formulario incluirá los siguientes apartados:
    a) Identificación del solicitante.
    b) Identificación del alumno o alumna para quien se solicita plaza. Si está o ha estado matriculado en un centro de
    la Comunitat Valenciana, también deberá hacer constar el NIA (Número de identificación del alumnado).
    c) Si es el caso, el interesado deberá hacer constar la existencia de hermanos o hermanas u otra persona que tenga
    esta consideración, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del Decreto 48/2024, matriculados en el centro, o en el
    centro de adscripción, para el que solicite plaza. Esta información será verificada a través del sistema electrónico, siempre
    que se indique el NIA de estos hermanos o hermanas.
    d) Si es el caso, el interesado deberá hacer constar su deseo de agrupar las solicitudes para el alumnado nacido de
    parto múltiple que vaya a cursar enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria
    Obligatoria. El sistema electrónico permitirá agrupar dichas solicitudes de modo que sean tratadas como una solicitud
    única.
    e) Para que sea de aplicación lo dispuesto en el resuelvo decimoséptimo de esta resolución, el interesada deberá
    marcar la casilla habilitada al efecto únicamente si la solicitud se debe a un cambio de localidad de residencia de la unidad
    familiar, o por ser la primera vez que todos los hermanos o hermanas solicitan plaza en un centro de la Comunitat
    Valenciana.
    f) Identificación de los miembros de la unidad familiar.
    g) En los casos en que se produzca la existencia de no convivencia de los progenitores por motivos de separación,
    divorcio, nulidad matrimonial, ruptura de parejas de hecho o situaciones análogas y, si es el caso, la posible limitación de la
    patria potestad de uno de ellos, se deberá marcar la casilla o las casillas habilitadas al efecto.
    Cuando se marque la casilla de existencia de no convivencia, en el momento de formalización de la matrícula, se
    deberá aportar la firma y consignar los datos, en el caso de que no los hubiera consignado en el formulario, del padre,
    madre o tutor o tutora diferente de la persona que formuló la solicitud de plaza.
    h) Autorización a la Administración educativa para la obtención de los datos correspondientes a la renta familiar a
    través de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), así como autorización para la consulta en el caso de ser
    persona destinataria de la renta valenciana de inclusión.
    A estos efectos será necesario aportar, para cada uno de los miembros de la unidad familiar sobre los que se realice
    la consulta, siendo obligatorio para mayores de 16 años, y según corresponda:
    Si la persona sobre la cual se realiza la consulta dispone de DNI:
    – Número de DNI
    – Número de soporte (identificado como IDESP en los modelos antiguos)
    – Fecha de nacimiento
    Si la persona sobre la cual se realiza la consulta dispone de NIE, tarjeta de extranjero o permiso de residencia:
    – NIE
    – Número de soporte (identificado como IXESP en los modelos antiguos de NIE)
    – Fecha de nacimiento
    Si la persona sobre la cual se realiza la consulta dispone de certificado de registro de ciudadanía de la Unión
    Europea:
    – NIE
    – Número del certificado precedido por la letra C
    – Fecha de nacimiento
    i) Nivel educativo solicitado, y modalidad y turno de bachillerato, si es el caso.
    j) Circunstancias alegadas por el solicitante para el proceso de admisión.
    k) Declaración responsable de que las circunstancias alegadas se ajustan a la realidad en el momento de formular la
    solicitud.
  • l) En el caso de alumnado procedente de centros no sostenidos con fondos públicos o de fuera de la Comunitat Valenciana, se hará constar el compromiso de aportar la baja del centro anterior en el momento de la matrícula.
  • m) Correo electrónico, en el que recibirá la información necesaria para acceder a la consulta del resultado del procedimiento de admisión.
  • n) Específicamente para la Fase ordinaria: centros solicitados, hasta un máximo de veinte, ordenados según criterio de preferencia.
  • o) Específicamente para la Fase extraordinaria: centros solicitados, hasta un máximo de seis, ordenados según criterio de preferencia

– FORMA PRESENTACIÓN TELEMÁTICA

Para el curso 2025-2026, la solicitud de admisión se tramitará exclusivamente de manera electrónica a través de la siguiente web (PINCHA EN LA IMAGEN):.

En esta web encontrarán toda la información necesaria a través de manuales y videotutoriales.

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