Admisión escolar 2024/2025

ATENCIÓN: Si necesitas ayuda para realizar el proceso de admisión de tu hijo/a en esta escuela puedes solicitar cita al teléfono 96 120 50 20.

Introducción-Aspectos relevantes

¿Qué es?

El proceso de admisión es el primer trámite para la matriculación escolar de vuestros hijos/as para el curso 2024-2025.


¿Cómo se realiza?

Se realiza vía telemática en la web telematricula.es o en la ventana que encontraréis más abajo. Solo se necesita el DNI/NIE y un correo electrónico.
¿Quién tiene que hacerla?

Principalmente familias que matriculan a sus hijos/as en Educación Infantil de 2 años (nacidos en 2022) y 3 años (nacidos en 2021).

También es para el alumnado que no estaba escolarizado y empieza en otro curso de Educación Infantil.

¿Cuándo debe realizarla?

El periodo para presentar la solicitud es del 30 de mayo al 6 de junio.

Normativa

Para este curso 2024-2025 Normativa general

Calendario

  1. Presentación de solicitudes: a partir del 30 de mayo de 2024 hasta el 6 de junio del 2024.
  2. Listas provisionales: 1 de julio del 2024.
  3. Listas definitivas: 15 de julio del 2024.
  4. Formalización de matrículas: a partir del 15 de julio del 2024.

Tramitación electrónica del procedimiento de admisión e instrucciones

Antes de llevar a cabo el procedimiento en la Secretaría Digital, conviene leer las instrucciones de utilización de la plataforma.

Manual_SD_CAS

Las personas interesadas podrán consultar la normativa y acceder a las distintas fases del procedimiento de admisión, incluido el formulario electrónico de solicitud, a través de www.telematricula.es o de la siguiente ventana.

Falta el formulario que aún no está en la web de Conselleria.

Deberá presentar la solicitud el padre, madre o tutor o tutora o representante legal del alumno o alumna para quien se solicita plaza escolar. La persona interesada formulará una solicitud para cada alumno o alumna en la que se detallarán las circunstancias requeridas para la admisión. En el momento de hacer la solicitud no se requerirá la aportación de documentación acreditativa. No obstante, esta documentación se aportará en el momento en que se formalice la matrícula (ya os informaremos).

Para poder realizar la solicitud será necesario obtener la «clave de admisión» desde la página web de telematricula.es. La clave de admisión estará compuesta por un identificador personal y una contraseña que deberá ser conservada para todas las fases del proceso. La persona interesada obtendrá una única «clave de admisión» para todas las solicitudes que presente.

La «clave de admisión» se podrá obtener mediante alguno de los siguientes sistemas de verificación de identidad:

Si la persona solicitante dispone de DNI, se obtendrá mediante la siguiente combinaciónSi la persona solicitante dispone de NIE, tarjeta de extranjero o permiso de residencia, se obtendrá mediante la siguiente combinaciónSi la persona solicitante dispone de certificado de registro de ciudadanía de la Unión Europea, se obtendrá mediante la siguiente combinaciónCualquier otro medio electrónico de verificación de identidad entre los siguientes:
– Número de DNI
Número de soporte (identificado como IDESP en los modelos antiguos)
– Fecha de nacimiento
– NIE
Número de soporte (identificado como IXESP en los modelos antiguos de NIE)
– Fecha de nacimiento
– NIE
Número del certificado precedido por la letra C
– Fecha de nacimiento
Certificado digital emitido por la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica de la Generalitat (ACCV).
Certificado digital emitido por la Fabrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT).
Sistema de identidad electrónica para las administraciones Cl@ve.
eDNI, con su respectivo lector.

En este documento os explicamos cómo obtener la clave de admisión.

Obtencion_Clave_Admision_CAST

A tener en cuenta

  • Sólo se puede presentar una solicitud por alumno/a. Se puede modificar y presentar varias veces y solo se tendrá en cuenta la última solicitud presentada.
  • En este momento del procedimiento no es necesario adjuntar ninguna documentación ya que la solicitud contiene una Declaración Responsable. Más tarde, en la formalización de la matrícula sí que se aportará la documentación en el centro donde el alumno/a esté admitido.
  • En caso de separación, divorcio, nulidad matrimonial, ruptura de parejas de hecho, limitación de la patria potestad o situaciones análogas debe marcar la casilla o casillas habilitadas que correspondan. En estos casos (excepto limitación de patria potestad), los dos tutores legales tendrán que firmar en el momento de formalización de la matrícula.
  • Se recibirá una comunicación de los resultados a través del correo electrónico. También se podrá consultar el resultado entrando a telematricula.es.
  • Si el alumno/a no obtiene plaza en el primer centro elegido, pasa a ser baremado en cada uno de los centros restantes. Con esto, se garantiza que las familias que no obtienen plaza en el primer centro elegido, no se queden sin escolarizar. Es lo que se conoce como Derecho de concurrencia.
  • Es aconsejable elegir varios centros en la solicitud de matrícula. En caso de no obtener plaza en la primera opción y no tener más centros seleccionados, la Administración asignará de oficio un centro.
  • Si crees que tu hijo/a tiene alguna dificultad importante en algún ámbito del desarrollo, puedes acudir al Gabinete Psicopedagógico Municipal para recibir información.

Criterios baremación

De acuerdo a la Resolución del 25 de abril de 2024 este es el baremo a aplicar durante el presente proceso de admisión.

Por cada uno de los hermanos o hermanas, u otros niños, niñas o adolescentes integrantes de la familia de acogida o guardadora con fines de adopción, matriculados en el centro.15
Proximidad del Domicilio
– Área de influencia
– Área limítrofe

10
5
Por Renta familiar de acuerdo con el IPREM (no beneficiarios de la RVI), correspondiente a 14 pagas, en relación al ejercicio fiscal anterior en 2 años al año natural en que se solicita plaza escolar:
▪ Renta anual per cápita igual o inferior a la mitad del IPREM.
▪ Renta anual per cápita superior a la mitad del IPREM e inferior o igual al IPREM.
▪ Renta anual per cápita superior al IPREM e inferior o igual al resultado de multiplicar el
IPREM por 1,5.
▪ Renta anual per cápita superior al resultado de multiplicar el IPREM por 1,5 e inferior o igual
al resultado de multiplicar el IPREM por 2.


7
6

5

4
Por ser destinatario de la Renta Valenciana de Inclusión (RVI)7
Padre, madre o tutores legales trabajadores en activo en el centro docente.7
Por ser familia numerosa
– Especial
– General

7
5
Alumnado nacido de parto múltiple:
Por cada hermano o hermana nacido en el mismo parto.

1
Por ser familia monoparental.
▪ Especial
▪ General

7
5
Discapacidad en el alumno o alumna:
▪ igual o superior al 65 %
▪ entre el 33 % y el 64 %

7
4
Discapacidad en sus padres, madres o tutores legales, hermanos o hermanas:
▪ igual o superior al 65 %
▪ entre el 33 % y el 64 %
5
3
Hermanos o hermanas si se solicita plaza escolar por primera vez en la Comunitat Valenciana o por
cambio de localidad de residencia:
Por cada uno de los hermanos o hermanas, u otros niños, niñas o adolescentes integrantes de la
familia de acogida o guardadora con fines de adopción, que solicitan plaza escolar por primera
vez en la Comunitat Valenciana o cambian de localidad de residencia.
15

En resumen…