Calendario de anulación de matrícula  (bajas) en FP  y Bachillerato

 Renuncias a módulos en FORMACIÓN PROFESIONAL

CURSO 2024/2025

 BAJAS A  CICLOS FORMATIVOS

Convocatorias: El alumnado se puede matricular de un módulo profesional hasta 3 cursos académicos, examinándose como máximo en 4 convocatorias. En cada curso hay una convocatoria Ordinaria y una Extraordinaria. Excepto FCT (2 convocatorias).

BAJA DEL CURSO 1º DE CICLOS FORMATIVOS
Baja del curso 1º de un ciclo formativo Grado Medio o Superior modalidad Presencial  y SEMI Presencial Baja de uno o varios Módulos de 1º  Grado Medio o Superior modalidad SEMI PresencialHasta el día 9 de abril de 2025
BAJA DEL CURSO 2º DE CICLOS FORMATIVOS
Baja del curso 2º de  un ciclo formativo Grado Medio o Superior modalidad Presencial  y SEMI Presencial Baja de uno o varios Módulos de 2º Grado Medio o Superior modalidad SEMI PresencialHasta el día 10 de enero  de 2025

Si se estima la concesión de la Baja del ciclo formativo por parte de la dirección del centro, no se computarán las convocatorias y se perderá el derecho de reserva de la plaza para posteriores cursos académicos.

Se pierde el derecho a la enseñanza, evaluación y calificación.

Modelo de Solicitud de Baja Anexo VII

RENUNCIAS A MÓDULOS DE CICLOS FORMATIVOS

RENUNCIA  A  LA CONVOCATORIA  DEL CURSO 1º DE CICLOS FORMATIVOS

RENUNCIA de módulos de un ciclo formativo Grado Medio o Superior modalidad Presencial  y SEMI Presencial
1º CURSO  CONVOCATORIA ORDINARIAHasta el  9 de mayo de 2025
1º CURSO  CONVOCATORIA EXTRAORDINARIAHasta el 23 de mayo de 2025

RENUNCIA  A  LA CONVOCATORIA DEL CURSO 2º DE CICLOS FORMATIVOS.

RENUNCIA de módulos de un ciclo formativo Grado Medio o Superior modalidad Presencial  y SEMI Presencial
2º Curso CONVOCATORIA ORDINARIAHasta el 10 de febrero de 2025
2º CURSO CONVOCATORIA EXTRAORDINARIAHasta el 23 de mayo de 2025

Se podrá renunciar a la evaluación y calificación de una o de las dos convocatorias de un curso académico de todos los módulos o algunos, siempre que concurra alguna de las circunstancias siguientes:

  1. Enfermedad prolongada o accidente del alumno o la alumna.
  2. Obligaciones de tipo personal o familiar apreciadas por el equipo directivo del centro que condicionen o impidan la normal dedicación al estudio.
  3. Ocupación de un puesto de trabajo.
  4. Maternidad o paternidad, adopción o acogida.
  5. Otras circunstancias, debidamente justificadas, que tengan carácter excepcional.
  6. Propuesta del equipo educativo de no presentación a la segunda convocatoria.

Las razones que se aleguen para la renuncia se deben justificar siempre documentalmente.

Modelo solicitud de renuncia a módulos de Ciclos Formativos.

FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO (FCT) Y PROYECTO (CICLOS SUPERIORES)

EXENCIÓNHasta el 10 de febrero de 2025
RENUNCIAHasta el 9 de marzo de 2025.

El alumno puede solicitar la renuncia a la evaluación y calificación de una o las dos convocatorias previstas para el módulo de FCT por alguna de las siguientes circunstancias: 

a) Enfermedad prolongada o accidente del alumno/a

b) Obligaciones de tipo personal o familiar apreciadas por el equipo directivo del centro que condicionen o impidan la normal dedicación al estudio

c) Ocupación de un puesto de trabajo

d) Maternidad o paternidad, adopción o acogida

e) Otras circunstancias, debidamente justificadas, que tengan carácter excepcional

Las razones que se aleguen para la renuncia se deben justificar siempre documentalmente.

En los ciclos de grado superior, la renuncia a la evaluación y calificación en alguna convocatoria del módulo de FCT implica, a su vez, la renuncia en la misma convocatoria de la evaluación y calificación del módulo de Proyecto.

Al alumnado al que se ha concedido la renuncia al módulo de FCT, si este ya lo hubiese iniciado y realizado un mínimo de cien horas, se le podrá evaluar, y constará como realizado parcialmente, en caso favorable, en su expediente.

Modelo solicitud exención FCT

Modelo solicitud de renuncia FCT

BACHILLERATO

ANULACIÓN DE MATRÍCULA – ANTES DE FINALIZAR  ABRIL.

DECRETO 108/2022, de 5 de agosto, Artículo 49. Permanencia en bachillerato y anulación de la matrícula

La permanencia en bachillerato en régimen ordinario diurno será de cuatro años académicos.

Causas de anulación de matrícula:

  • Enfermedad prolongada de carácter físico o psíquico.
  • Incorporación a un puesto de trabajo.
  • Obligaciones ineludibles de tipo personal o familiar que impidan la dedicación normal en el estudio u otras circunstancias, debidamente acreditadas, que tengan carácter excepcional.

Las solicitudes deberán formularse antes de finalizar el mes de abril del año escolar en curso y serán resueltas, oído el equipo educativo y el departamento de orientación, por la dirección del centro.

El alumnado que haya agotado el límite de permanencia en la etapa en régimen ordinario diurno podrá continuar sus estudios en los regímenes de bachillerato de la educación de las personas adultas, nocturno o a distancia, así como presentarse a las pruebas para mayores de veinte años para la obtención directa del título de bachiller.

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