Faltas, Retrasos y Huelga
Información sobre faltas y retrasos
Las faltas del alumnado se tienen que justificar de manera adecuada y documentada lo mejor posible. Se aceptarán justificaciones puntuales mediante webfamilia, pero en caso de que el tutor o tutora necesite un documento justificativo, el padre, madre o tutor legal lo facilitará. El modelo de justificación de faltas de nuestro centro es el siguiente.
Información sobre derecho a 'huelga'
Las decisiones colectivas de inasistencia a clase, más conocidas como huelgas de alumnado, están reguladas por el artículo 1.2 de la Ley Orgánica 8/1985, de 15 de julio, modificado por la ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE). En todo caso, el IES Marcos Zaragoza garantizará al alumnado el derecho a asistir en clase y estar debidamente atendido.
El alumnado matriculado a primero y segundo de ESO no puede participar en las decisiones colectivas de inasistencia a clase. El alumnado menor de edad matriculado en otros cursos no puede abandonar el centro sin que venga a recogerlo su tutor o tutora legal argumentando una “huelga de alumnas”.
El procedimiento para comunicar las decisiones colectivas de inasistencia a clase en la IES Marcos Zaragoza es el siguiente:
• La decisión colectiva tiene que adoptarse dentro del centro educativo a partir de una reunión de los delegados de grupo. Cómo hay dos turnos, se hará una reunión en la hora del esparcimiento del turno por la mañana y la otra en la hora del esparcimiento del turno por la tarde.
• Los delegados informarán a la dirección del centro con 24 horas de antelación del día de la reunión y de la necesidad de hacer uso de la sala de usos múltiples.
• La decisión que se tome en la reunión quedará recogida en un acta firmada por los delegados de grupo donde se detallan los motivos y las fechas de la decisión de no asistir en clase.
• Las actas se librarán a la dirección con una antelación mínima de 48 horas de la fecha decidida para la inasistencia, para poder comunicarlo en la comunidad educativa.
Otras consideraciones:
• No se considerarán las inasistencias faltas de conducta si se sigue el procedimiento explicado anteriormente.
• Una vez recibida la comunicación se dará a conocer vía ITACA a las familias y mediante TEAMS al claustro.
• Las inasistencias derivadas de decisiones colectivas se tienen que grabar por parte del profesorado a efectos administrativos a ITACA como faltas de asistencia, que podrán ser justificadas por las familias en caso de ser el alumno menor de edad.
• Con estas condiciones el alumnado tendrá derecho a que se reprograman pruebas evaluables siempre que las circunstancias curriculares lo permiten.