Según la normativa vigente (art. 40.5.d) del Decreto 195/2022, del Consell y la Ley Orgánica 9/1983 de 15 de julio, reguladora del derecho de reunión) que determina el procedimiento para ejercer el derecho de inasistencia a clase del alumnado a partir de 3.º de ESO, los centros docentes tendrán que comunicar a los padres, madres, tutores o tutoras legales, con carácter previo, las decisiones colectivas adoptadas por el alumnado respecto al ejercicio del derecho de reunión. Así pues, les informamos que el día 8 de marzo de 2023, hay convocada una huelga de alumnado por el Sindicato de Estudiantes.