Procedimiento de Admisión
Participación en el proceso de admisión
- La participación en el proceso de admisión se realizará, exclusivamente, de manera telemática.
Para realizar la solicitud será necesario identificarse y obtener la «clave de admisión» desde la página web de la Conselleria, previa verificación de la identidad de la persona solicitante.
La clave de admisión estará compuesta por un identificador personal (usuario) y una contraseña que deberá ser conservada para consultar los resultados o presentar reclamación, si fuera necesario.
Para solicitudes a las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria o Bachillerato, se generará un usuario y clave de admisión para cada solicitud.
Las opciones de identificación serán las siguientes:
- DNIe/Certificado electrónico/Cl@ve PIN/Cl@ve Permanente.
- Identificación por DNI o NIE (Tarjeta de extranjero, Permiso de residencia o Certificado de registro de ciudadano de la Unión).
Si no puedes identificarte con ninguna de las opciones indicadas tienes que acudir a la Dirección del centro educativo que vayas a solicitar como primera opción con un documento que acredite tu identidad.
Oferta Formativa
*Todos los bachilleratos de régimen diurno son en turno de mañana.
Procedimiento Interno IES BENLLIURE
Si va a sol·licitar plaça a l'IES BENLLIURE com a primera opció, amb la finalitat d'organitzar el seu itinerari formatiu cal reomplir la sol·licitud d'Itineraris Formatius:
Los procedimientos aquí indicados son de aplicación en el IES Benlliure y los niveles de ESO y Bachillerato, en otros centros y niveles educativos pueden ser diferentes.
Fases del proceso de admisión
- El proceso de admisión se compondrá de tres fases: ordinaria, extraordinaria y continua.
- A) FASE ORDINARIA: es la que se corresponde con la presentación de solicitudes en el período ordinario que se determine en el calendario publicado en la resolución anual de la dirección general competente en materia de centros docentes.
¿Quién debe participar?
ESO
- Deben participar obligatoriamente en el proceso de confirmación de plaza, el alumnado de los centros adscritos al IES Benlliure (CEIP Carlos Salvador, CEIP Max Abu, CEIP San Fernando y CEIP Vivers) para manifestar la voluntad o no de continuar en el IES Benlliure los estudios de 1º ESO.
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- Si confirman la plaza, tendrán que formalizar la matrícula en los plazos establecidos y finalizan así el proceso de admisión. (En este caso ya no puede presentar solicitud para otros centros, en caso de participar entrarán en duplicidad)
- Si NO confirman la plaza, renuncian a la reserva de plaza y deben participar obligatoriamente la fase ordinaria, presentando la solicitud de un puesto escolar.
- Alumnado recién llegado sin plaza escolar
- Alumnado que desea cambiar de centro.
DUPLICIDAD, Se entenderá como duplicidad de solicitudes aquellos casos en los que, habiendo confirmado plaza en el centro adscrito, participan voluntariamente en el proceso de admisión. En estos casos podrán optar únicamente a las plazas en la fase extraordinaria
BACHILLERATO
Para poder acceder a un puesto escolar de bachillerato todo el alumnado debe participar en el proceso de admisión.
El alumnado del IES Benlliure debe participar en el proceso, independientemente de que tenga o no preferencia de obtención de plaza.
B) FASE EXTRAORDINARIA: será aquella que se produzca con posterioridad a la fase ordinaria y supondrá participar en un segundo turno para poder solicitar los puestos que han quedado vacantes después de la finalización de la fase ordinaria.
En esta fase se optará a los puestos que quedaron vacantes tras la finalización de la fase ordinaria.
¿Quién debe participar?
- Alumnado que ha participado en la fase ordinaria que no han obtenido puesto escolar.
- Alumnado que no ha participado en la fase ordinaria
- Alumnado recién llegado sin puesto escolar
- Alumnado con duplicidad o excluido de la fase ordinaria
C) FASE CONTINUA: la que se produzca desde la finalización de la fase extraordinaria hasta el inicio de la ordinaria del siguiente proceso de admisión.
¿Quién debe participar?
- Alumnado que habiendo participado en los dos turnos de solicitud anteriores, no haya obtenido plaza.
- Alumnado sobrevenido una vez iniciado el curso escolar.
- Alumnado en otras circunstancias debidamente acreditadas que requieran la asignación de un nuevo puesto escolar.
- Alumnado excluido del proceso cuando se compruebe la falsedad de la documentación aportada para acreditar las circunstancias objeto de baremación .
La información proporcionada a través de este sitio, tiene carácter meramente orientativo y en ningún caso podrá ser vinculante para la resolución de los procedimientos administrativos.
Tramitación electrónica del procedimiento de admisión
- De acuerdo con lo que se establece en el Decreto /2024 y en la Orden 8/2024, el procedimiento de admisión a las enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en el curso 2024-2025 ha de tramitarse de forma electrónica.
Las personas interesadas podrán consultar la normativa y acceder a las diferentes fases del procedimiento de admisión a través del portal de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo habilitado para la admisión del alumnado. Desde esta ubicación electrónica también es posible acceder a la Secretaría Digital.
- El formato válido y oficial de todos los documentos será únicamente el que esté disponible en el portal citado en el apartado anterior y el que se genere en la correspondiente aplicación informática.
- Las personas interesadas tendrán que acceder al portal de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo habilitado para la admisión del alumnado para rellenar el formulario electrónico de solicitud de admisión, según la enseñanza que corresponda.
- Deberá presentar la solicitud el padre, madre o tutor o tutora o representante legal del alumno o alumna para quien se solicita plaza escolar, salvo que éste sea mayor de edad o menor emancipado.
La persona interesada formulará una solicitud para cada alumno o alumna que contendrá una declaración responsable de cada una de las circunstancias requeridas para su admisión. En el momento de formular la solicitud, no se requerirá la aportación de la documentación acreditativa de las circunstancias alegadas; esta documentación se aportará en el momento en que se formalice la matrícula.
Las personas participantes en el proceso de admisión tendrán que reunir las circunstancias alegadas como criterios para la valoración de las solicitudes en el momento de presentación de la solicitud de plaza, tal y como se hace constar en la declaración responsable.
- Para poder realizar la solicitud, será necesario obtener la «clave de admisión» desde el portal de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo habilitado para la admisión del alumnado, previa verificación de la identidad de la persona que realiza la solicitud. La clave de admisión estará compuesta por un identificador personal y contraseña que deberá ser conservada para presentar reclamación, si fuera necesario, y consultar los resultados de la adjudicación.
La persona interesada obtendrá una única "clave de admisión" para todas las solicitudes que presente.
- La «clave de admisión» podrá obtenerse mediante alguno de los siguientes sistemas de verificación de identidad:
- Si la persona solicitante dispone de DNI, se obtendrá mediante la siguiente combinación:
- Número de DNI
- Número de soporte (identificado como IDESP en los modelos antiguos)
- Fecha de nacimiento
- Si la persona solicitante dispone de NIE, tarjeta de extranjero o permiso de residencia, se obtendrá mediante la siguiente combinación:
- NIE
- Número de soporte (identificado como IXESP en los modelos antiguos de NIE)
- Fecha de nacimiento
- Si la persona solicitante dispone de certificado de registro de ciudadanía de la Unión Europea, se obtendrá mediante la siguiente combinación:
- NIE
- Número del certificado precedido por la letra C
- Fecha de nacimiento
- Cualquier otro medio electrónico de verificación de identidad entre los siguientes:
- Certificado digital emitido por la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica de la Generalitat (ACCV)
- Sistema de identidad electrónica para las administraciones Cl@ve
- eDNI , con su respectivo lector
- Las personas solicitantes de nacionalidad extranjera que únicamente dispongan de pasaporte u otro documento distinto del NIE, tarjeta de extranjero, permiso de residencia o certificado de registro de ciudadanía de la Unión Europea como documento de identificación, tendrán que acudir en el centro en el que solicite plaza como primera opción, que será habilitado como punto de atención a los usuarios.
- Todos los centros sostenidos con fondos públicos serán centros de atención a usuarios. En estos puntos, a través de la correspondiente aplicación informática, se generará una «clave de admisión» que garantizará, al colectivo citado en el punto anterior ya aquellas personas solicitantes que no dispongan de medios electrónicos o conocimientos suficientes para poder trabajar con la administración electrónica, la participación en el procedimiento en las mismas condiciones que el resto de los solicitantes.
- La Conselleria de Educación, Universidades y Empleo podrá solicitar la colaboración de otras instancias administrativas para garantizar la autenticidad de los datos que las personas interesadas y los centros aporten en el proceso de admisión del alumnado.
- Si la persona solicitante dispone de DNI, se obtendrá mediante la siguiente combinación:
- En la solicitud para cada alumno o alumna realizará una declaración responsable de la veracidad de cada una de las circunstancias alegadas para la admisión.
- En el momento de formular la solicitud (trámite telemático) no se requerirá la aportación de la documentación acreditativa de las circunstancias declaradas.
- Las circunstancias declaradas tendrán que ser acreditados posteriormente, en el momento de efectuar la matrícula o al ser solicitadas por el centro.
La falsedad en los datos declarados, o no suficientemente acreditados, dará lugar a la anulación de la solicitud y por tanto de la matrícula.
El alumno o alumna se escolarizará en alguno de los centros en los que quedan puestos vacantes, una vez finalizado el proceso de admisión.
NO TIENE QUE PRESENTAR EL REQUISITO ACADÉMICO
Debe indicar el NIA del alumno en la solicitud
Cuando el alumnado participante se desplace entre centros de la Comunitat Valenciana sostenidos con fondos públicos, el centro en el que está matriculado enviará a través de la aplicación informática ITACA, la información relativa a la promoción o cumplimiento del requisito académico al centro al que desee incorporarse, dentro del plazo establecido en los anexos de esta resolución.
SÍ TIENE QUE PRESENTAR EL REQUISITO ACADÉMICO
(presencialmente en el centro de 1ª opción en la fecha indicada en el calendario de admisión)
- Alumnado no matriculado durante el curso actual en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunitat Valenciana.
- Alumnado que solicita plaza para segundo de Bachillerato (Requisito de acceso para 1º de bachillerato más certificación académica de 1º de bachillerato)
- Alumnado que solicita plaza para primero de Bachillerato y que durante el curso actual no ha finalizado un ciclo de Formación Profesional de grado medio o no ha estado matriculado en cuarto de la ESO.
- Alumnado que ha solicitado plaza para un curso, dentro de un nivel educativo, al cual no cumple el requisito de acceso e igualmente desea cambiar de centro para repetir dentro del mismo nivel educativo.
Identificación por DNI o NIE (Tarjeta de extranjero, Permiso de residencia o Certificado de registro de ciudadano de la Unión).
- Si la persona solicitante dispone de DNI, se obtendrá mediante la siguiente combinación:
- Número de DNI
- Número de soporte (identificado como IDESP en los modelos antiguos)
- Fecha de nacimiento
- Si la persona solicitante dispone de NIE, tarjeta de extranjero o permiso de residencia, se obtendrá mediante la siguiente combinación:
- NIE
- Número de soporte (identificado como IXESP en los modelos antiguos de NIE)
- Fecha de nacimiento
- Si la persona solicitante dispone de certificado de registro de ciudadanía de la Unión Europea, se obtendrá mediante la siguiente combinación:
- NIE
- Número del certificado precedido por la letra C
- Fecha de nacimiento
- Las personas solicitantes de nacionalidad extranjera que únicamente dispongan de pasaporte u otro documento distinto, deberán acudir al centro en el que solicite plaza como primera opción, donde se le generará una clave de admisión que permitirá el acceso a la aplicación.