Pruebas libres GES

RESOLUCIÓN de 29 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Ordenación Educativa y Política Lingüística, por la cual se convocan las pruebas del curso académico 2023-2024 y se dictan las instrucciones que regulan el procedimiento administrativo para la inscripción y gestión de la prueba porque las personas mayores de dieciocho años puedan obtener directamente el título de graduado o graduada en Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Valenciana.
Requisito de participación

Pueden inscribirse aquellas personas que cumplan, como mínimo, 18 años durante el año 2024.

CONVOCATORIAS
Durante el curso académico 2023-2024 habrá dos convocatorias de la prueba porque las personas mayores de 18 años puedan obtener directamente el título de Graduado en Educación Secundaria:

  • 1.ª Convocatoria se celebrará el día 26 de enero de 2024
  • 2.ª Convocatoria se celebrará el día 24 de mayo de 2024

Información PRUEBAS PARA La OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE GRADUADO EN EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA https://ceice.gva.es/va/web/ordenacion-academica/formacion-de-personas-adultas/pruebas-libres

La inscripción de la prueba contempla 2 partes en el procedimiento, ambas preceptivas, ineludibles y sucesivas:

1.º paso: parte electrónica donde rellenar la solicitud de inscripción y, si procede, la solicitud de exención del módulo de Valenciano mediante un único modelo a cualquier de los enlaces:
                http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=1638
                Enlace activo durante el plazo de inscripción de la convocatoria

2.º paso: entrega ante la Administración de la solicitud en cualquier de las formas siguientes:

  • impresa y firmada para librar a la Dirección Territorial de Educación de la provincia donde realiza la prueba, Oficina CERCA o Correos en sobre abierto, para que puedan datar y sellar la instancia.
    CITA PREVIA OFICINAS CERCA
  • mediante firma digital y entrega telemática, si no aporta cabe otra documentación, junto con alguno de los documentos acreditativos de su identidad (documento nacional de identidad (DNI), tarjeta de identidad de extranjero o NIE, pasaporte, visado de estudios o documento oficial que acredito fehacientemente la identidad y la edad de la persona).
    Procedimiento telemático a través del trámite Z
    (se tiene que indicar la Dirección Territorial de Educación de la provincia de realización de la prueba y marcar la declaración responsable) a la página web siguiente:

https://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_ proc=18494&version=amp

Hay que recordar que la cumplimentación electrónica de la solicitud de inscripción a la prueba no significa, de ninguna forma, la eliminación del trámite de presentación, en forma y plazo, de esta solicitud ante el organismo competente.

2.ª Convocatoria: Prueba: Viernes 26 de mayo de 2.024 (24.05.2024)
Enlace de acceso a la solicitud de inscripción electrónica:
http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=1638

Fechas importantes:
Periodo de inscripción: del 7 al 21 de marzo, ambos incluidos.

  • Publicación de los listados provisionales: 23 de abril
  • Periodo de reclamación: del 24 de abril al 1 de mayo
  • Publicación de los listados definitivos: 13 de mayo
  • Realización de la prueba: 24 de mayo

LISTADOS PROVISIONALES DE PERSONAS ADMITIDAS Y EXCLUIDAS
Fecha de publicación:  23 de abril 2024
Alicante                               Castelló                       València
Personas admitidas      Personas admitidas      Personas admitidas
Personas excluidas      Personas excluidas       Personas excluidas

En la segunda convocatoriapreferentemente en la dirección territorial competente en materia de educación en el ámbito de gestión de la cual se desee realizar la prueba, o bien a través de cualquier de los medios
previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Correos. Lugares preferentes de presentación de la solicitud de inscripción:
· Registro de la Dirección Territorial de Educación de Alicante
Calle Carratalà, 47
03007 Alicante
Cita previa: https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=20990

· Registro de la Dirección Territorial de Educación de Castelló
Avenida del Mar, 23
12003 Castelló de la Plana

· Registro de la Dirección Territorial de Educación de València
Calle Gregorio Gea, 14
46009 València
Cita previa: https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=20990

  • Para cualquier consulta relativa a esta convocatoria la persona interesada puede telefonear al 012, o bien escribir un correo al Servicio de Ordenación Académica por medio de la dirección electrónica: fpa_soa@gva.es
  • En caso de tener problemas en la generación telemática del trámite, la persona solicitante tiene que remitir un correo a la dirección electrónica siguiente: generalitat_en_red@gva.es

Horario de las Pruebas

Mañana:
9 horas: llamamiento de las personas participantes.
9.30-11.30 horas: primera parte correspondiente a los módulos:
1. Procesos e instrumentos Matemáticos
      2. Naturaleza, Ecología y Salud
      3. Ciencias y Tecnología
11.30-12.00 horas: descanso
12.00-14.00 horas: segunda parte correspondiente a los módulos:

  1. Mundo del Trabajo
  2. Sociedades, Territorio y Procesos Histórico-culturales
Tarde:
16.00-19.00 horas: tercera parte correspondiente a los módulos:

  1. Valenciano
  2. Castellano
  3. Lengua Extranjera (Alemán, Inglés, Francés o Italiano)

De acuerdo con la elección señalada por la persona solicitante
en la casilla correspondiente de la solicitud de inscripción

CALIFICACIONS
-->>>Enlace a la consulta telemática de las calificaciones (solo abierto durante el mes posterior a la publicación de calificaciones por parte de los tribunales)

Exámenes
Exámenes de convocatorias anteriores en Consellería GVA

Lugares de presentación:
· Registro de la Dirección Territorial de Educación, Investigación, Cultura y Deporte de Alicante
Calle Carratalà, 47
03007 Alicante

· Registro de la Dirección Territorial de Educación, Investigación, Cultura y Deporte de Castelló
Avenida del Mar, 23
12003 Castelló de la Plana

· Registro de la Dirección Territorial de Educación, Investigación, Cultura y Deporte de València
Calle Gregorio Gea, 14
46009 València

· Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte
Avenida de Campanario, 32
46015 València

REALIZACIÓN DE LA PRUEBA
- Las personas admitidas tienen que concurrir a la prueba provistas del original del DNI o pasaporte, en el caso de nacionalidad española, y, si son extranjeros residentes, con la tarjeta de identificación de extranjero (NIE), pasaporte, visado de estudios o documento oficial que acredito fefaenment la identidad y la edad de la persona, todos estos documentos en vigor.
- La prueba contiene contenidos relativos a los siguientes módulos: Valenciano; Castellano; Lengua Extranjera; Procesos e instrumentos Matemáticos; Naturaleza, Ecología y Salud; Ciencias y Tecnología; El Mundo del Trabajo y Sociedades, Territorio y Procesos Histórico-culturales.
- Los contenidos y criterios de evaluación de referencia de cada uno de estos módulos son los determinados en el anexo Y del Decreto 220/1999, de 23 de noviembre, del Govern Valencià (DOGV de 18 de febrero), en el cual se establece el currículum de la Formación Básica de las Personas Adultas hasta la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria.

Publicación de los resultados
Los tribunales constituidos en cada convocatoria tendrán que hacer públicos, en el espacio de información escolar del centro público de formación de personas adultas en el cual se haya realizado la prueba o en las páginas web de los centros respectivos, los resultados de las calificaciones, prestando especial atención al derecho a la privacidad de las personas adultas participantes de acuerdo con la normativa vigente de protección de datos de carácter personal. También podrán consultar personalmente sus calificaciones a través del enlace:
Enlace a la consulta telemática de las calificaciones (solo abierto durante el mes posterior a la publicación de calificaciones por parte de los tribunales):
https://appweb1.edu.gva.es/ciudadanosweb/public/pruebaslibresbachiller.do?metodo=generarpantallaconsultadni&tipo=PRLIBRESESONOTAS

SOLICITUD DE RECLAMACIÓN DE CALIFICACIONES  https://www.gva.es/downloads/publicados/in/18570_bi.pdf
Entregar por registro de entrada en el centro del tribunal (en observaciones indicáis si se quiere ver el examen que se reclama)

-->Para cualquier consulta relativa a esta convocatoria la persona interesada puede telefonear al 012, o bien escribir un correo al Servicio de Ordenación Académica por medio de la dirección electrónica: fpa_soa@gva.es
-->En caso de tener problemas en la generación telemática del trámite, la persona solicitante tiene que remitir un correo a la dirección electrónica siguiente: generalitat_en_red@gva.es

DOCUMENTACIÓN A APORTAR
Identificación de la persona solicitando

El día de realización de la prueba y para la inscripción y realización de la prueba las personas solicitantes tienen que acreditar su identidad a través de alguno de los siguientes documentos originales en vigor: documento nacional de identidad (DNI), tarjeta de identidad de extranjero o NIEpasaportevisado de estudios o documento oficial que acredito fehacientemente la identidad y la edad de la persona.

Además de la fotocopia de estos documentos, las personas interesadas que se puedan acoger a los casos previstos que se indican a continuación pueden presentar la documentación adicional, en original o fotocopia compulsada, de acuerdo con el que establece la normativa vigente.

Documentación académica para la solicitud de convalidaciones de módulos

Las personas solicitantes tendrán que marcar la casilla correspondiente en la solicitud de inscripción y tendrán que presentar el certificado acreditativo de calificaciones académicas, debidamente expedido por el centro, para el reconocimiento de la convalidación de módulos de la prueba, aplicable solo a los casos de las personas adultas que tengan:
a) Módulos superados en convocatorias anteriores de la prueba porque las personas mayores de dieciocho años puedan obtener el título de Graduado en Educación Secundaria, la calificación de la cual las persones aspirantes podrán conservar para convocatorias sucesivas, a excepción del reconocimiento de exención del módulo de Valenciano que se rige segundos el que se resume en el apartado siguiente.
b) Módulos superados del segundo nivel del ciclo II de la Formación Básica de las Personas Adultas.
c) Materias superadas de cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria.
d) Ámbitos y materias superadas de segundo curso del Programa de Diversificación Curricular.
e) Ámbitos y módulos asociados superados del segundo nivel de los Programas de Calificación Profesional Inicial.
f) Unidades formativas de los módulos profesionales asociados a los bloques comunes de Comunicación y de Formación y Orientación Laboral, superados de segundo curso, y de Ciencias Aplicadas y de Sociedad, superados de primero y segundo curso, de la Formación Profesional Básica.

En los casos en los cuales las persones participantes solicitan la convalidación de uno o más módulos de la prueba, conforme al que se prevé en el artículo 7 y en el anexo único de la Orden 20/2017, de 29 de mayo, estas tendrán que marcarlo en la casilla correspondiente de la solicitud de inscripción telemática y tendrán que aportar adjunta copia compulsada de uno de los documentos acreditativos siguientes:
a) Libro de escolaridad.
b) Historial académico.
c) Certificado de calificaciones expedido por el centro en el que la persona participando cursó estudios en años anteriores o realizó esta prueba en convocatorias anteriores.
Así mismo, las personas solicitantes que hayan aprobado asignaturas de los estudios extinguidos de segundo de BUP y de segundo curso de Formación Profesional de Primer Grado pueden solicitar la convalidación de módulos de acuerdo con el que determino la normativa vigente.

Documentación para la solicitud de exención del módulo de Valenciano
La exención del valenciano se tramitará cada año natural (tendrá vigencia en las dos convocatorias de un mismo año)

1. Las personas que se presentan a estas pruebas podrán obtener la exención del módulo de Valenciano en los siguientes casos:

a) Las personas residentes en las poblaciones de predominio lingüístico valenciano, relacionadas en el artículo 35 del título quinto de la Ley 4/1983, de 23 de noviembre, de Uso y Enseñanza del Valenciano, podrán ser declaradas exentas de la evaluación del módulo de Valenciano, siempre que se encuentran en cualquier de estos dos supuestos:

Las personas nacidas antes de 1972.
Las personas que han nacido en 1972 o después, que no hayan cursado nunca la asignatura de Valenciano o hayan obtenido la exención en los últimos tres cursos de su expediente.
En este segundo supuesto, la persona solicitante tendrá que aportar la documentación académica acreditativa que así lo certifico en el momento de presentar la solicitud de inscripción en la prueba.

b) Las personas residentes en los municipios de predominio lingüístico castellano, relacionados en el artículo 36 del título quinto de la Ley 4/1983, de 23 de noviembre, de Uso y Enseñanza del Valenciano, podrán ser declaradas exentas de la evaluación del módulo de Valenciano.

2. Las personas que solicitan la exención de la evaluación del módulo de Valenciano no tienen que presentar documentación adicional para la comprobación de los datos personales de identificación y de justificación de domicilio y residencia.

Tan solo en los casos en los cuales lo domilicio de la persona interesada no consto en el Sistema de Verificación de Datos de Residencia o en los cuales aquello que consto sea diferente al indicado, la persona interesada estará obligada a aportar el certificado de empadronamiento adjunto a la solicitud de inscripción.

Sin embargo, con el fin de que las personas solicitantes se responsabilizan plenamente de esta información, cada persona tiene que presentar obligatoriamente una declaración responsable para solicitar esta exención, incluida en el formulario de solicitud de inscripción. Por consiguiente, la persona solicitante de la exención del módulo de Valenciano se compromete a presentar, siempre que le sea requerida, la documentación por la cual se acoge a ejercer este derecho para que la dirección general competente en materia de educación plurilingüe pueda hacer las comprobaciones pertinentes.

Documentación oficial acreditativa de discapacidad
Las personas con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidades físicas o sensoriales, que tengan el reconocimiento oficial de la situación de discapacidad y que solicitan una adaptación de las condiciones de realización de la prueba, han marcar la casilla correspondiente y tienen que adjuntar a la solicitud de inscripción un certificado acreditativo del grado de discapacidad, expedido por la administración competente.
Además, tienen que notificarlo a la dirección general competente en materia de ordenación académica a través de la remisión de una copia escaneada de este certificado a la dirección electrónica: fpa_soa@gva.es