EOI Pilar de la Horadada

ADMISIÓN TELEMÁTICA Y MATRÍCULA CURSO 2024-2025

INGLÉS (1A2, 2A2, B1, 1B2)

La EOI se ubica en el centro CAMME

(Calle Cisne, 29, 03190 Pilar de la Horadada, Alicante)

Tel: 966926840 · 03015579.info@edu.gva.es

La Escuela Oficial de Idiomas (EOI) en Pilar de la Horadada está gestionada por la Conselleria de Educación de la Comunidad Valenciana y se dedica a la enseñanza del inglés. Ofrece cursos oficiales y certificaciones reconocidas en todo el territorio español y europeo.

📝 Requisito de acceso

Para matricularse es necesario tener 16 años cumplidos para inglés, y 14 años cumplidos para el resto de idiomas. Lea con atención la información de la próxima matrícula:

MATRÍCULA 2025-2026 

https://portal.edu.gva.es/eoitorrevieja/matriculacion/

Si tienes problemas con la matrícula pide cita y ven a Torrevieja.

Manual de acceso a la Secretaría digital

Manual proceso de admisión

Manual proceso de matrícula

Si no quiere empezar desde cero, debe hacer un test de clasificación a partir del 18 de junio o presentar un título para acreditar el nivel. Toda la información AQUÍ.

Preguntas frecuentes:

¿Quién puede matricularse en la EOI?

Los alumnos que tengan mínimo 16 años.

¿Cuánto dura un curso?

Los cursos en la EOI son en su mayoría de 120 horas lectivas, van desde final de septiembre a final de mayo y las clases son de dos horas al día, dos días a la semana.

¿Puedo hacer la Prueba de Nivel?

Si no quieres empezar desde cero con el idioma, puedes hacer la prueba de nivel y acceder a un curso más avanzado. Es una prueba que consta de una parte escrita y otra oral con la que el profesor podrá determinar cuál es tu nivel y así te podrás matricular en el curso que más se adapte a ti. Para más información pincha aquí.

Descuentos de tasas

Reducción del 50% del pago de las tasas:

a) Personas con una discapacidad igual o superior al 33 %.
b) Miembros de familias monoparentales de categoría general.
c) Beneficiarios de familia numerosa de categoría general.

Exención total del pago de tasas:

a) Beneficiarios de familia numerosa de categoría especial.
b) Las personas que hayan sido víctimas de violencia de género (al amparo de la Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre) y víctimas de actos contra la mujer (Ley 7/2012, de 23 de noviembre, de la Generalitat).
c) Las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de actos terroristas (de acuerdo con el artículo 38 de la Ley 29/2011, de 22 de septiembre).

¿Puedo pedir beca?

Si reúnes los requisitos, sí. Consulta aquí.

Para cualquier consulta, por favor, escríbanos al correo 03015579.info@edu.gva.es

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