Anulaciones de matrícula
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La asistencia a clase es obligatoria en las sesiones síncronas de todas las modalidades de enseñanza. La condición necesaria que, con carácter general, mantiene vigente la matrícula en un curso es la asistencia a las actividades de formación en régimen presencial, la realización de las actividades de autoaprendizaje, el acceso regular al aula virtual o la participación en los foros en régimen semipresencial.
- El número de faltas no justificadas, o con justificación improcedente, que determina la anulación de la matrícula será el que equivalga al 15% de las horas del curso. Se consideran faltas justificadas:
- Las ausencias derivadas de enfermedad o accidente del alumno
- Atención a familiares
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Cualquier otra circunstancia extraordinaria sobrevenida considerada por la dirección del centro docente.
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La anulación de matrícula implica la pérdida del derecho de evaluación continua y promoción. Además, el alumnado cuya matrícula sea anulada no será considerado como alumnado oficial del curso anterior en el orden de prioridades para obtener plaza en la escuela en la matrícula del año siguiente.
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Renuncia de matrícula: La Orden de 31 de enero de 2008, de la Conselleria d’Educació, per la cual se regula la evaluación y promoción de las enseñanzas de idiomas de régimen especial de la Comunidad Valenciana, establecía en el artículo 9 la renuncia a la matrícula. Esta orden fue derogada por la Orden 34/2022 de junio de la Conselleria d’Educació, Cultura i Esport, por la cual se regulan la evaluación de las enseñanzas de idiomas de régimen especial y las pruebas de certificación de los niveles del Marco europeo común de referencia para las lenguas en la Comunidad Valenciana.
Esta «nueva» orden, que es la normativa vigente desde el curso 2022-23, no contempla la figura de la «renuncia a la matrícula», por tanto no es posible realizar este trámite. -
Si se llega al límite del 15% de faltas sin justificar o con justificación improcedente, la dirección del centro notificará la anulación de la matrícula por inasistencia al alumno o a sus representantes legales.
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