La asistencia a clase es obligatoria y la ausencia injustificada a un 15 % de las sesiones implica la pérdida de escolaridad. Eso significa:
a).- la pérdida del derecho a la evaluación continua en los primeros cursos.
b).- la pérdida del derecho a asistir a clase.
c).- la pérdida de la prioridad en la matrícula en cursos académicos posteriores.
d).- Atribuida la pérdida de escolaridad, no se aceptará ninguna renuncia en fecha posterior.
EL ALUMNADO MANTIENE EL DERECHO A A PRESENTARSE A LOS EXÁMENES FINALES.
La pérdida de escolaridad será comunicada por carta, por correo electrónico o sms y tendrá, a todos los efectos, carácter de notificación oficial.
Al final del curso académico, se publicará un listado con las pérdidas de escolaridad atribuidas