Alumnado admitido curso 26/27 por otras vías

ALUMNO/AESPECIALIDADCURSO De ACCESOENSEÑANZATRASLADO/
SUPERACIÓN PRUEBA
VACANTE
O. G., A. Flauta travesera4.ºProfesionalTrasladoNO
F. R., B. Clarinete4.ºProfesionalTrasladoNO
O. C., H. Oboe4.ºProfesionalTrasladoNO
R. R., LL.Trompeta4.ºProfesionalTraslado
G. G., A. Clarinete4.ºProfesionalTrasladoNO
M. M., E.Saxófon1.ºProfesionalTraslado– *
G. M., A.Piano1.ºProfesionalTraslado– *
M. F., N.Clarinete1.ºProfesionalTraslado– *
C. M., M.Piano3.ºProfesionalTrasladoNO **
S.M., M.Percusión5.ºProfesionalTrasladoNO
DLC. S., E.Clarinete1.ºProfesionalSuperación pruebaNO

* La solicitud se podrá tener en cuenta a partir del 1 de septiembre.

** Se remite solicitud al Servicio de Ordenación y Gestión de las Enseñanzas Profesionales.

Las vacantes que se generan con el curso iniciado se adjudicarán de acuerdo con la orden siguiente:

a) Hasta el 15 de diciembre: alumnado que haya superado la prueba de acceso en el mismo centro en la convocatoria ordinaria o extraordinaria sin obtener plaza, siguiendo la orden de adjudicación establecido en los artículos 18 y 19 de la ORDEN 8/2026, de 24 de abril.

b) Traslado de expediente durante el curso académico, regulado en el artículo de la ORDEN 8/2026, de 24 de abril. Este procedimiento permite trasladar alumnado ya matriculado en otro centro, siempre que haya plazas vacantes y la solicitud se presente antes de finalizar el segundo trimestre. CONSULTAR ENTRADA.

c) Hasta el 15 de diciembre: alumnado que haya superado la prueba de acceso en otro centro y no haya obtenido una plaza, siguiendo la orden de adjudicación establecido en los artículos 18 y 19 de la ORDEN 8/2026, de 24 de abril.

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