Pueden solicitar la adaptación de las pruebas de acceso las persones aspirantes con necesidades específicas de apoyo educativo derivadas de:
- Necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad auditiva, visual, motriz, intelectual o trastorno del espectro del autismo (TEA).
- Incorporación tardía al sistema educativo valenciano.
- Dificultades específicas de aprendizaje, incluidas las relativas a trastornos de la comunicación y del lenguaje y/o trastornos del habla.
- Trastorno por déficit de atención y/o hiperactividad (TDAH).
El tipo de adaptaciones que se tienen que aplicar en cada caso y la documentación que se tiene que aportar para justificar esta circunstancia está el establecido en la anexo X de la ORDEN 8/2026, de 24 de abril, de la Consellería de Educación, Cultura y Universidades. En ningún caso la adaptación supone una modificación de los contenidos básicos objeto de evaluación.