Equipo de Orientación Educativa

PERSONAL DEL EQUIPO DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA

Nombre y ApellidosEspecialidad
Adrián Gallén SánchezOrientación Educativa
Irene Medina
Eugenia Navarro
Ana Iniesta (CIL)
Pedagogía Terapéutica (PT)
Julia Fuertes

Nuria Arjona (CIL)
Audición y Lenguaje (AL)
Begoña Blesa
Jose Cubedo (CIL)
Educadora y Educador de Educación Especial

FUNCIONES

Los equipos de orientación educativa tendrán las funciones siguientes según el artículo 6 del Decreto 72/2021, de 21 de mayo, del Consejo, de organización de la orientación educativa y profesional en el sistema educativo valenciano:

A. Cooperar en la planificación, el desarrollo y la evaluación de las actuaciones de orientación educativa y profesional y de acción tutorial, que incorporan la perspectiva de género y tengan en cuenta la diversidad de todo el alumnado.

B. Asesorar y cooperar con los equipos educativos, con las figuras de coordinación y con los órganos de gobierno, de coordinación docente y de participación de los centros docentes en:

1.º El proceso de identificación de las barreras que están presentes en el contexto escolar, familiar y sociocomunitari, así como en la planificación, el desarrollo y la evaluación de actuaciones y programas que contribuyan a eliminarlas, poniendo especial atención en aquellos que tengan un carácter preventivo.

2.º La organización de los apoyos personales y materiales porque aumentan la capacidad del centro para responder de manera eficaz a la diversidad y aseguran el acceso de todo el alumnado a la orientación educativa y a las experiencias educativas comunes.

3.º La accesibilidad de los entornos y de los materiales didácticos y curriculares, incluyendo el proceso de elaboración de las programaciones didácticas, en los diferentes niveles de concreción, de acuerdo con los principios del diseño universal y la accesibilidad.

4.º La prevención y la detección temprana de las dificultades de aprendizaje, de las necesidades de apoyo y de las situaciones de desigualdad o desventaja, así como la organización y el seguimiento de las medidas que ayudan a superarlas y a compensar las situaciones y circunstancias que las producen.

5.º La planificación, el desarrollo y la evaluación de actuaciones de promoción de la igualdad y la convivencia y la intervención en los procedimientos derivados de los diferentes protocolos: absentismo, atención sanitaria, prevención de la violencia y desprotección, acogida del alumnado recién llegado o desplazado y todos aquellos que dispongo la administración para favorecer la inclusión del alumnado.

6.º La planificación, el desarrollo y la evaluación de los procesos de acogida al inicio de la escolarización y de transición entre etapas y modalidades de escolarización, y en el caso de los centros de educación especial, también en los procesos de transición en la vida adulta y de inserción sociolaboral.

7.º La organización y el desarrollo del programa de acciones formativas del centro, los proyectos de investigación e innovación y las actuaciones de sensibilización dirigidas a los equipos educativos, el alumnado, las familias y el entorno sociocomunitari.

C. Participar en la evaluación sociopsicopedagógica y cooperar con los equipos educativos en el diseño, desarrollo, seguimiento y evaluación de las medidas de respuesta que se derivan y de los planes de actuación personalizados, facilitando el asesoramiento y acompañamiento necesario a las familias y al alumnado, recogiendo su opinión, haciéndolos partícipes en el proceso, en la toma de decisiones y en la consecución de los objetivos planificados.

D. Colaborar con la dirección del centro en la tramitación de las medidas de respuesta educativa para la inclusión que requieran la autorización de la Administración educativa, y con esta y el profesorado, en el registro en los sistemas de gestión de los datos del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo y de compensación de desigualdades.

E. Apoyar al alumnado que lo requiera mediante un acompañamiento que refuerzo el ajuste personal, el sentido de pertenencia en el centro y al grupo clase y el logro de los aprendizajes.

F. Orientar las familias y acordar pautas que contribuyan a mejorar el desarrollo personal, intelectual, académico, social y emocional de sus hijas y sus hijos.

G. Participar en las sesiones de evaluación de los diferentes cursos de las etapas correspondientes.

H. Transmitir y recoger, de acuerdo con la normativa vigente, la información educativa del alumnado que requiere una respuesta personalizada, entre las diferentes estructuras de la orientación educativa y profesional, los servicios e instituciones del entorno implicadas y los servicios públicos de la administración local, autonómica o estatal.

I. Establecer y coordinar acciones conjuntas con los agentes externos y los servicios educativos, sanitarios, sociales, de infancia, culturales y laborales del entorno que contribuyan al desarrollo del plan de actividades del equipo de orientación educativa.

J. Cualquier otra que la Administración educativa determino en su ámbito de competencias.

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