JUSTIFICACIÓN DE LA AYUDA
Una vez publicada la resolución de concesión de ayudas de material, en el tablón
de anuncios del centro, las personas beneficiarias disponen de un PLAZO
MÁXIMO DE 10 DÍAS HÁBILES, para presentar FACTURA a nombre de la persona
solicitante, en la que se identifique claramente el material adquirido.
No se admitirán tiques de compra o similares.
LA RESOLUCIÓN DE AYUDAS DE MATERIAL TODAVÍA NO ESTÁ DISPONIBLE. HA SALIDO LA DE COMEDOR. AVISAREMOS POR TELEGRAM CUANDO ESTÉ DISPONIBLE.
PAGO DE LA AYUDA
El abono de las ayudas se realizará, a través de los centros educativos, en
un único pago, una vez comprobada la documentación justificativa (factura).
El centro educativo, una vez recibida la transferencia del importe de las
ayudas, efectuará el abono a las personas beneficiarias. En ese momento, el padre,
madre, tutor o tutora legal del alumnado beneficiario deberá firmar la percepción de la ayuda.