- Son 2 votos por familia: padre, madre o tutores legales.
- Las familias monoparentales podrán efectuar 2 votos
(acreditado mediante libro de familia, título de familia monoparental o certificado oficial expedido por el Registro Civil).
Serán admitidos también los justificantes emitidos por la autoridad competente, que den fe de que el documento en cuestión está concedido y se encuentra en trámites de emisión).
- No votar equivale al NO.