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Acceso a Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior

ADMISIÓN Y MATRICULACIÓN CICLOS FORMATIVOS A F.P.
PRUEBAS DE ACCESO A F.P.

- Presentación telemática de solicitudes de admisión: del 23 de mayo al 2 de junio 2025 ambos inclusive.
- Presentación del requisito académico (RA) (quienes obtuvieron el título fuera de la Comunitat Valenciana o en un centro de Formación de Personas Adultas (FPA) o accedan mediante la prueba de acceso y esta la han realizado en un centro diferente al solicitado en 1ª opción) hasta el 1 de julio 2025
- Publicación de las listas provisionales de admitidos en los centros: 8 de julio 2025
- Presentación de reclamaciones a las listas provisionales: del 8 hasta el 10 de julio.
- Publicación en los centros de las listas definitivas del alumnado admitido: el 23 de julio 2025
- Presentación de alegaciones de forma telemática ante la comisión sectorial del 23 al 25 de julio
- Plazo de formalización de matrícula para el alumnado admitido en el proceso de admisión:
- Presencial: del 24 al 30 de julio
- Telemática: del 24 al 28 de julio
Información ADMISIÓN FP en:
- Inscripción del 20 al 28 de marzo de 2025
- Pruebas el 19 y 20 de mayo de 2025
Requisitos
Quienes NO reúnan los requisitos académicos de acceso directo a un ciclo formativo (acceso directo grado medio; acceso directo grado superior), podrán concurrir a las pruebas de acceso siempre y cuando cumpla las siguientes condiciones:
- Pruebas de grado medio: tener 17 años de edad o cumplirlos durante el año de la prueba.
- Pruebas de grado superior: tener 19 años de edad o cumplirlos durante el año de la prueba. Quienes acrediten estar en posesión de un título de técnico/a de FP podrán presentarse si tienen como mínimo 18 años cumplidos en el año de realización de la prueba. *En este caso no se presentará la Declaración Responsable
- Quienes hubieran superado la prueba de acceso por alguna de las 6 opciones que preveía la Orden de 14 de marzo de 2001, únicamente podrán solicitar plaza respecto de los ciclos a los que daba acceso cada una de dichas opciones o se entenderá realizada al ciclo formativo amparado por la Ley orgánica 2/2006, de Educación, que lo sustituya. En este sentido, quienes pretendan acceder a un ciclo formativo que no se incluye en la misma, únicamente se presentarán a la parte específica de la prueba, quedando exentos de la parte general.
Prueba de Acceso a Ciclos Formativos de Grado Medio i Superior de

Enseñanzas Deportivas de régimen especial
Convocatoria: RESOLUCIÓN de 23 de abril de 2025, de la Dirección General de Centros Docentes, por la que se convocan las pruebas de acceso de carácter específico a los ciclos de grado medio y superior de las enseñanzas deportivas de régimen especial, en los centros públicos, en los centros de formación deportiva pertenecientes a las federaciones con convenio con la Administración de la Comunitat Valenciana y en los centros privados autorizados durante el curso académico 2025-2026
Calendario de la convocatoria ordinaria y extraordinaria de las pruebas de acceso específicas a los ciclos de grado medio y superior de las enseñanzas deportivas de régimen especial del curso 2025-2026
| Fases del calendario ordinario Ciclo de grado medio y superior Solicitud de inscripción a la prueba de acceso de carácter específico ordinaria Del 9 al 19 de junioPublicación de las listas provisionales de admitidos a la prueba de acceso de carácter específico El 20 de junio Reclamaciones de las listas provisionales Del 23 al 25 de junio Listas definitivas del alumnado El 26 de junioFin aportación requisito académico El 27 de junio Realización de la prueba de acceso de carácter específico ordinaria y publicación de los resultados provisionales Del 30 de junio al 4 de julio Reclamaciones de la prueba de acceso de carácter específico Del 7 al 9 de julioPublicación de las listas definitivas El 10 de julio |
| Fases del calendario extraordinario Ciclo de grado medio y superior Solicitud de admisión e inscripción a la prueba de acceso de carácter específico extraordinaria Del 2 al 10 de septiembrePublicación de las listas provisionales de admitidos a la prueba de acceso de carácter específico El 11 de septiembre Reclamaciones de las listas provisionales Del 12 al 16 de septiembre Listas definitivas del alumnado El 17 de septiembre Realización de la prueba de acceso de carácter específico extraordinaria y publicación de los resultados provisionales Del 18 al 23 de septiembre Reclamaciones de la prueba de acceso de carácter específico Del 24 al 26 de septiembre Publicación de las listas definitivas El 29 de septiembre |
Prueba de Acceso a Ciclos Formativos de Grado Medio i Superior de

Enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño
Requisito Prueba de Acceso:
Quienes NO reúnan el requisito académico de acceso directo a un ciclo formativo de grado medio o superior. Podrán concurrir a las pruebas de acceso si se tiene 17 años de edad para acceso a grado medio o 19 años para acceso al superior cumplidos durante el año de la convocatoria.
Solicitud de inscripción y documentación a aportar
1. Procedimiento y modelos a presentar disponibles aquí
Las solicitudes podrán ser remitidas por correo electrónico a la secretaria del centro docente (anexo II), donde vaya a realizar la prueba debidamente firmada (a mano o electrónicamente), en formato electrónico, en un único correo electrónico y en el asunto se indicarán las siglas PACAPD +nombre y apellidos de la persona solicitante.
Más información, enlace al procedimiento, tasa y modelos de pruebas anteriores
Inscripción en las pruebas 20 de marzo al 30 de mayo
Realización de las pruebas 9 junio
| GRADO MEDIO 9 junioEjercicio 1º (1 h.30 m) 9:00 -10:30 h Ejercicio 2º (1 h.30 m) 11:00 -12:30 h |
| GRADO SUPERIOR9 junioEjercicio 1º (2 h) 9:00 – 11:00 h Ejercicio 2º (2 h) 11:30 – 13:30 h |
___________________
Convocatoria Pruebas Específicas de acceso a los ciclos formativos de grado medio y grado superior de las enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño el curso 2025-2026. (Resolución de 13 de marzo de 2025)
Quienes ya poseen el requisito de acceso académico o por prueba
- Inscripción en las pruebas específicas del 31 de marzo al 26 de junio.
- Realización de las pruebas específicas del 7 julio al 8 julio
Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional.
- Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional.
- Real Decreto 278/2023, de 11 de abril, por el que se establece el calendario de implantación del Sistema de Formación Profesional establecido por la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional.
- Real Decreto 69/2025, de 4 de febrero, por el que se desarrollan los elementos integrantes y los instrumentos de gestión del Sistema Nacional de Formación Profesional, y se modifica el Real Decreto 375/1999, de 5 de marzo, por el que se crea el Instituto Nacional de las Cualificaciones.
ACCESO A FP
https://www.boe.es/boe/dias/2023/07/22/pdfs/BOE-A-2023-16889.pdf
Artículo 111. Admisión en ciclos formativos de grado medio.
1. La admisión se organizará y resolverá por las administraciones educativas, atendiendo a las diferentes vías de acceso a los ciclos formativos de grado medio, mediante el establecimiento de reservas de plazas y su gestión conforme a los siguientes criterios:
a) Entre el 75 % y el 85 % de las plazas para el alumnado que tenga el título de graduado en ESO o Técnico Básico de Formación Profesional. Se priorizarán los estudiantes que han finalizado estos estudios durante los tres últimos años naturales. (En la CV 40% titulados en ESO y 40% Básica)
b) Entre el 10 % y el 20 % de las plazas para las personas que hayan superado un curso de formación específico o una prueba de acceso.(En la CV 15% por prueba)
c) Entre el 5 % y el 10 % de las plazas para las personas que hayan superado uno o varios grados C integrados en el ciclo formativo, y requieran cursar los módulos profesionales que les permitan completar el Grado D. Estas plazas forman parte del cómputo de oferta de plazas únicamente a efectos de desdoble de los módulos profesionales objeto de matriculación, pero no del cómputo total de plazas ofertadas.
d) Hasta un 10 % para las personas que tengan un título de Técnico o de Técnico Superior. En el caso de no cubrirse la reserva en alguna de las opciones, las administraciones determinarán la distribución de vacantes entre el resto de los cupos. (En la CV 5% por titulados técnicos o técnicos superiores)
2. En el caso de que hubiera más solicitudes que plazas ofertadas, las administraciones educativas precisarán los criterios de admisión dentro de cada cupo de BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 174 Sábado 22 de julio de 2023 Sec. I. Pág. 106331 cve: BOE-A-2023-16889 Verificable en https://www.boe.es reserva previsto en el apartado anterior, que se aplicarán por cada centro de formación profesional, respetando como criterio prioritario la nota media obtenida por cada persona solicitante. A estos efectos, en el caso del cupo de reserva a) del apartado anterior, la nota media se calculará utilizando la media aritmética de las materias que figuren en el expediente académico de 3.º y 4.º de la ESO o de los ámbitos, los módulos profesionales y proyecto incluidos en el ciclo formativo de grado básico. La traslación de las calificaciones numéricas se realizará con dos decimales por redondeo. Cuando no exista calificación numérica se realizará atendiendo al siguiente criterio: «Insuficiente (IN)», 3; «Suficiente (SU)» 5; «Bien (BI)», 6; «Notable (NT)»,7,5; y «Sobresaliente (SB)», 9. En caso de empate, las administraciones regularán los criterios de ordenación.
3. De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 75.4 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, las administraciones educativas establecerán un porcentaje de plazas reservadas para personas con discapacidad, que no podrá ser inferior al cinco por ciento de la oferta de plazas.
Artículo 115. Admisión a ciclos formativos de grado superior.
1. El proceso de admisión para cursar ciclos formativos de grado superior de formación profesional en centros sostenidos con fondos públicos deberá organizarse y resolverse por las administraciones educativas. Dado que existen diferentes vías de acceso a los ciclos formativos de grado superior, las administraciones educativas resolverán, atendiendo a las diferentes vías de acceso a los ciclos formativos de grado superior, mediante el establecimiento de reservas de plazas y su gestión conforme a los siguientes criterios:
a) Entre el 75 % y el 85 % de las plazas al alumnado que tenga el título de Técnico de Formación Profesional o el título de Bachiller, otorgando prioridad a los estudiantes que han finalizado estos estudios durante los tres últimos cursos académicos. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 174 Sábado 22 de julio de 2023 Sec. I. Pág. 106333 cve: BOE-A-2023-16889 Verificable en https://www.boe.es (En la CV 45% titulados en Bachillerato y 40% por titulados técnicos)
b) Entre el 10 % y el 20 % de las plazas al alumnado que haya superado un curso de formación específico o una prueba de acceso. (En la CV 10% por prueba)
c) El 10 % de las plazas para las personas que hayan superado uno o varios grados C integrados en el ciclo formativo, y requieran cursar módulos que les permitan completar el Grado D. Las plazas forman parte del cómputo de oferta de plazas únicamente a efectos de desdoble de los módulos profesionales objeto de matriculación, pero no del cómputo total de plazas ofertadas.
d) Hasta un 10 % para las personas que tengan un título de Técnico Superior (En la CV 5% por titulados técnicos superiores)
Tabla Periódica de FP
Información gracias a Antorio @tecnifor
Regulación de las pruebas acceso ciclos en la CV

ORDEN 16/2016, de 20 de mayo, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se regulan las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio y grado superior correspondientes a la Formación Profesional del sistema educativo en el ámbito de gestión de la Comunitat Valenciana. [2016/3675]
Para el Acceso a Ciclos Formativos de Grado Superior, será:
a) Parte común, que tiene como objetivo apreciar la madurez e idoneidad de los candidatos para seguir con éxito los estudios de Formación Profesional de grado superior, así como su capacidad de razonamiento y de expresión escrita. Constará de cuatro apartados:
a1) Lengua y Literatura (Castellana o Valenciana)
a2) Lengua Extranjera (Inglés)
a3) Matemáticas
a4) Tratamiento de la Información y Competencia Digital
b) Parte específica, que tiene como objetivo valorar las capacidades de base referentes al campo profesional de que se trate y versará sobre los conocimientos básicos de las materias de Bachillerato que faciliten la conexión con cada ciclo formativo de grado superior.
Existirán tres opciones, según el ciclo al que se desee acceder, y, en cada una de ellas, el candidato elegirá dos de las tres materias que lo forman. Las opciones serán:
A) Humanidades y Ciencias Sociales, cuyas materias serán Historia, Economía y Geografía.
B) Tecnología, cuyas materias serán Dibujo Técnico, Tecnología Industrial, y Física y Química.
C) Ciencias, cuyas materias serán Física, Biología y Ciencias de la Tierra, y Química.
8.3. Estarán exentos de la realización de la parte específica de la prueba o, en su caso, del apartado que corresponda:
c) Quienes estén en posesión de un certificado de profesionalidad correspondiente a una cualificación profesional de, al menos, nivel 2 de una familia profesional de las establecidas para la opción por la que se presenta.
d) Quienes tengan una experiencia laboral de, al menos, el equivalente a un año a jornada completa en el campo profesional de una familia profesional de las establecidas para la opción por la que se presenta
Los ciclos a los que permiten el acceso cada una de estas opciones se publicarán mediante resolución al comienzo de cada curso escolar.
Toda la información del documento de la Orden en PDF seleccionando => Documento
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Para la tramitación todavía no está actualizado el enlace ni publicada la convocatoria aunque se accede aquí
COMPETENCIA PROFESIONAL
El procedimiento permanente de acreditación de unidades de competencia profesional está exento de cualquier pago de tasas hasta, al menos, el 31 de diciembre de 2025.
Toda la información https://ceice.gva.es/es/web/cualificaciones-profesionales/informacio-per-a-la-ciutadania

