Acceso FP

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4 de julio de 2024

  1. Dosier Ciclos Formativos FP en la Comunidad Valenciana
     
  2. FP Comunitat Valenciana 
     
  3. Títulos/Ciclos por familia profesional por todofp.es
     
  4. TABLA PERIÓDICA FP 2024 (Información de 26 familias profesionales y 177 Titulaciones/Ciclos) por Tecnifor
     
  5. Orientación Camp de Morvedre
     
  6. Certificados de profesionalidad por Labora

MODELOS EXAMENES CV

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Gracias a Europass

Acceso a Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior

Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional.

ACCESO A FP

https://www.boe.es/boe/dias/2023/07/22/pdfs/BOE-A-2023-16889.pdf

Artículo 111. Admisión en ciclos formativos de grado medio.
1. La admisión se organizará y resolverá por las administraciones educativas, atendiendo a las diferentes vías de acceso a los ciclos formativos de grado medio, mediante el establecimiento de reservas de plazas y su gestión conforme a los siguientes criterios:
a) Entre el 75 % y el 85 % de las plazas para el alumnado que tenga el título de graduado en ESO o Técnico Básico de Formación Profesional. Se priorizarán los estudiantes que han finalizado estos estudios durante los tres últimos años naturales. (En la CV 40% titulados en ESO y 40% Básica)
b) Entre el 10 % y el 20 % de las plazas para las personas que hayan superado un curso de formación específico o una prueba de acceso.(En la CV 15% por prueba)
c) Entre el 5 % y el 10 % de las plazas para las personas que hayan superado uno o varios grados C integrados en el ciclo formativo, y requieran cursar los módulos profesionales que les permitan completar el Grado D. Estas plazas forman parte del cómputo de oferta de plazas únicamente a efectos de desdoble de los módulos profesionales objeto de matriculación, pero no del cómputo total de plazas ofertadas.
d) Hasta un 10 % para las personas que tengan un título de Técnico o de Técnico Superior. En el caso de no cubrirse la reserva en alguna de las opciones, las administraciones determinarán la distribución de vacantes entre el resto de los cupos. (En la CV 5% por titulados técnicos o técnicos superiores)
2. En el caso de que hubiera más solicitudes que plazas ofertadas, las administraciones educativas precisarán los criterios de admisión dentro de cada cupo de BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 174 Sábado 22 de julio de 2023 Sec. I. Pág. 106331 cve: BOE-A-2023-16889 Verificable en https://www.boe.es reserva previsto en el apartado anterior, que se aplicarán por cada centro de formación profesional, respetando como criterio prioritario la nota media obtenida por cada persona solicitante. A estos efectos, en el caso del cupo de reserva a) del apartado anterior, la nota media se calculará utilizando la media aritmética de las materias que figuren en el expediente académico de 3.º y 4.º de la ESO o de los ámbitos, los módulos profesionales y proyecto incluidos en el ciclo formativo de grado básico. La traslación de las calificaciones numéricas se realizará con dos decimales por redondeo. Cuando no exista calificación numérica se realizará atendiendo al siguiente criterio: «Insuficiente (IN)», 3; «Suficiente (SU)» 5; «Bien (BI)», 6; «Notable (NT)»,7,5; y «Sobresaliente (SB)», 9. En caso de empate, las administraciones regularán los criterios de ordenación.
3. De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 75.4 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, las administraciones educativas establecerán un porcentaje de plazas reservadas para personas con discapacidad, que no podrá ser inferior al cinco por ciento de la oferta de plazas.

Artículo 115. Admisión a ciclos formativos de grado superior.
1. El proceso de admisión para cursar ciclos formativos de grado superior de formación profesional en centros sostenidos con fondos públicos deberá organizarse y resolverse por las administraciones educativas. Dado que existen diferentes vías de acceso a los ciclos formativos de grado superior, las administraciones educativas resolverán, atendiendo a las diferentes vías de acceso a los ciclos formativos de grado superior, mediante el establecimiento de reservas de plazas y su gestión conforme a los siguientes criterios:
a) Entre el 75 % y el 85 % de las plazas al alumnado que tenga el título de Técnico de Formación Profesional o el título de Bachiller, otorgando prioridad a los estudiantes que han finalizado estos estudios durante los tres últimos cursos académicos. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 174 Sábado 22 de julio de 2023 Sec. I. Pág. 106333 cve: BOE-A-2023-16889 Verificable en https://www.boe.es (En la CV 45% titulados en Bachillerato y 40% por titulados técnicos)
b) Entre el 10 % y el 20 % de las plazas al alumnado que haya superado un curso de formación específico o una prueba de acceso(En la CV 10% por prueba)
c) El 10 % de las plazas para las personas que hayan superado uno o varios grados C integrados en el ciclo formativo, y requieran cursar módulos que les permitan completar el Grado D. Las plazas forman parte del cómputo de oferta de plazas únicamente a efectos de desdoble de los módulos profesionales objeto de matriculación, pero no del cómputo total de plazas ofertadas.
d) Hasta un 10 % para las personas que tengan un título de Técnico Superior  (En la CV 5% por titulados técnicos superiores)

  Tabla Periódica de FP

Información gracias a Antorio @tecnifor

Enlaces FP symbaloo

Regulación de las pruebas acceso ciclos en la CV

 ORDEN 16/2016, de 20 de mayo, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se regulan las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio y grado superior correspondientes a la Formación Profesional del sistema educativo en el ámbito de gestión de la Comunitat Valenciana. [2016/3675]

Para el Acceso a Ciclos Formativos de Grado Superior, será:

a) Parte común, que tiene como objetivo apreciar la madurez e idoneidad de los candidatos para seguir con éxito los estudios de Formación Profesional de grado superior, así como su capacidad de razonamiento y de expresión escrita. Constará de cuatro apartados:

a1) Lengua y Literatura (Castellana o Valenciana)           

a2) Lengua Extranjera (Inglés)                                        

a3) Matemáticas                                                           

a4) Tratamiento de la Información y Competencia Digital     

b) Parte específica, que tiene como objetivo valorar las capacidades de base referentes al campo profesional de que se trate y versará sobre los conocimientos básicos de las materias de Bachillerato que faciliten la conexión con cada ciclo formativo de grado superior.

Existirán tres opciones, según el ciclo al que se desee acceder, y, en cada una de ellas, el candidato elegirá dos de las tres materias que lo forman. Las opciones serán:

A) Humanidades y Ciencias Sociales, cuyas materias serán Historia, Economía y Geografía.

B) Tecnología, cuyas materias serán Dibujo Técnico, Tecnología Industrial, y Física y Química.

C) Ciencias, cuyas materias serán Física, Biología y Ciencias de la Tierra, y Química.

8.3. Estarán exentos de la realización de la parte específica de la prueba o, en su caso, del apartado que corresponda:

c) Quienes estén en posesión de un certificado de profesionalidad correspondiente a una cualificación profesional de, al menos, nivel 2 de una familia profesional de las establecidas para la opción por la que se presenta.

d) Quienes tengan una experiencia laboral de, al menos, el equivalente a un año a jornada completa en el campo profesional de una familia profesional de las establecidas para la opción por la que se presenta

Los ciclos a los que permiten el acceso cada una de estas opciones se publicarán mediante resolución al comienzo de cada curso escolar.

Toda la información del documento de la Orden en PDF seleccionando => Documento

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Para la tramitación todavía no está actualizado el enlace ni publicada la convocatoria aunque se accede aquí

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